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DOMOS *

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    México Cosmo Acril Diseños Publicitarios DOMOS San Isauro no. 20 Col.Santa Ursula Coapa
    4600 Ciudad de México, D.F.
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    México Aluminio extruido Extral Domos España No. 409 Col.San Nicolás Tolentino
    09850 , D.F.
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    0 Zona Industrial de Herrera, Santo Domingo
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    México Todo Facil Domos Av. Revolución 104 Nte. Col.Buenos Aires
    0 Monterrey, Nuevo León
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    1824 Provincia de Buenos Aires,
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    México A Tiempo domos moviles Col.
    D.F, Mexico
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    Argentina Uretec Domos radar y sonar. Rawson 999.Lamadrid 3068 Libertad 270 Col.-
    0 Argentina, Buenos Aires
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    México Xito Domos para pastel y gelatina, Domos para pastel barra Estanco No.4 Col.Atizapán de Zaragoza
    52940 Cuidad de México, Distrito Federal
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    México Grupo W Domos con acrílico de alto impacto Añil 465 Local 3 Col.Granjas México
    8400 DF, DF
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    Argentina Petrogreen Indicadores de nivel para domos de calderas Concepcion Arenal 3732 Col.Ciudad Autonoma de Buenos Aire
    1427 Argentina, Buenos Aires
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    México mexico empleado
    26509 cajas plasticas 30 Unidad
    Anual
    México MEXICO, D. F. GERENTE DE COMPRAS Solicito cajas de 125lt almenos, para transportar de manera segura alimentos delicados ...
    28531 silicona ss 100 TM
    Anual
    México querétaro proietario
    30163 lamina de unicel 500 Unidad
    Anual
    México MEXICO GERENTE
    43014 pelicula de plastico 600 Rollos
    Mensual
    México jalisco Direccion general
    43659 poliestireno 3000 kg
    Mensual
    México jalisco direccion general pelicula

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    México Grupo Industrial Monclova Falda del Cerro de La Gloria S/N Col.Monclova
    25700 Monclova, Coah.
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    13-Febrero-2006
    Un caso entre decenas...Cuba
      

         Tipo: Demandas y procesos legales, Gobierno
         Fuente:  Intélite

    El hotel María Isabel Sheraton no es la única empresa radicada en México que ha sufrido los embates del Departamento de Tesoro del EU: al menos 12 compañías mexicanas y subsidiarias estadounidenses ubicadas en el país han sido sancionadas o afectadas en los últimos años por comerciar con Cuba... Y en todos los casos terminaron por doblar las manos, sin que México haya aplicado legislación alguna para evitarlo.

    • De acuerdo con el Informe sobre el bloqueo 2005, que el gobierno de Cuba entregó en octubre al secretario de la ONU Kofi Annan, el Departamento del Tesoro de EU multó con un millón 262 mil dólares a 77 compañías, instituciones bancarias y ONG de diversas partes del mundo por supuestas violaciones a las "leyes del bloqueo" en contra de la isla.

    • El informe cita los siguientes casos relativos a México: "Alpha Pharmaceutical Inc; ICN Farmacéutica; Laboratorios Grossman, radicadas en Panamá y México; Trinity Industries de México".

    Otros actores:

    VAFE

    Indelpro

    SEISA

    KIDDE de México

    CCL Container

    Instituto Nacional de Turismo de Cuba

    Pedro Gellers, vocero del Movimiento Solidaridad por Cuba

    Boutros Ghali, ex secretario general de la ONU

    Mexpetrol

    Pemex

    Cubapetróleo

    Guillermo Camacho

    Banco Mexicano de Comercio Exterior

    Fidel Castro

    Cementos El Muriel

    TLCAN

    Cemex

    Vitro

    Javier Garza Calderón, presidente de Grupo Domos

    Sherritt International Corp

    STET

    Sol Meliá

    Etecsa

    George W. Bush

    Fed

    Libia

    Irán

    Yugoslavia

    OFAC

    Pharmacia

    Amersham

    General Electric

    International Flavor and Fragances

    Coracan

    Radiometer

    Medicuba

    Cendant Corporation

    Ebookers

    Gran Caribe

     

    16-Agosto-2005
    Limita a Pemex almacenar gas
      
         Industria: Petróleo y Energía, Petroquímica
         Tipo: Gobierno
         Fuente:  Reforma

    La capacidad de Pemex para almacenar el gas es limitada, pues sólo puede tenerlo en sus ductos, cuya capacidad es de entre 6,700 y 7,600 millones de pies cúbicos de gas, es decir, el equivalente a día y medio de la producción.

    • Cada día Pemex produce 4,750 millones pies cúbicos de gas natural, que junto con otros combustibles es almacenado en los ductos de la paraestatal.

    • En cambio, países como EU, Canadá y otros europeos cuentan con sistemas más sofisticados, como domos acuáticos, cavernas salinas, yacimientos abandonados y plantas que congelan el gas hasta comprimir su tamaño 600 veces, lo que les permite conservar el combustible varios días.

    • México no tiene instalaciones para almacenar gas y debe "empacar" sus gasoductos, es decir, comprimir el gas a niveles que no implican riesgos pero sí pueden representar un problema para manejar las variaciones de la oferta y la demanda, afirmó Dionisio Pérez-Jácome, presidente de la CRE.

    • Marcelo Chauvet, presidente de la consultora energética Emotion afirmó que aunque la compresión de ductos no significa un amenaza operativa, sí representa un problema para el manejo de los combustibles.

    • La CRE ha otorgado cinco permisos de almacenamiento de Gas Natural Licuado a empresas privadas que traerían el combustibles de Australia, Bolivia, Perú o Rusia, pero sólo tres están en marcha, y los restantes aún están en análisis.

    • "Esas terminales de regasificación están contempladas como proyectos de almacenamiento, aunque su capacidad es pequeña, de entre tres y cuatro días, pero encuentran su justificación en escenarios de alta demanda con incapacidad de ser satisfecha por la producción nacional", explicó Chauvet. (Reportera: Karla Rodríguez)

     

    01-Octubre-2002
    En Monterrey siguen a la baja los precios de oficinas
      
         Fuente:  Intélite
    El mercado inmobiliario en Monterrey está en medio de una crisis que ha provocado la reducción de hasta 40% en precios en los últimos 18 meses, afirmó Adrián García Iza, director de HQ Global Workplaces, arrendadora con 250 oficinas ubicadas en San Pedro Garza García, Nuevo León, que si bien cuenta con 80% de ocupación ha visto caer sus rentas de diez mil pesos mensuales hasta cuatro mil pesos, señaló. 

    • Jorge Piña, director de la Cámara de la Propiedad Urbana y Bienes Raíces, indicó que los empresarios más afectados son los que manejan contratos a corto plazo, ya que el resto resistió la debacle del 2001 porque desde un año atrás habían asegurado sus precios.
    • Grupo Domos, a través de Compañía CEO Regus, se coloca como una de las principales arrendadoras de oficinas en Monterrey, y ambas se vieron beneficiadas cuando los locatarios del Cintermex tuvieron que dejar sus locales durante los días de la Conferencia Internacional sobre Financiación para el Desarrollo de la ONU, realizada en dicho complejo. 

     

     

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    23-12-2005
    Residuos Peligrosos
    Fuente: QuimiNet | | Productos y Servicios relacionados: Ambiental

    RESIDUOS PELIGROSOS

    La contaminación producida por la generación de residuos peligrosos industriales y domésticos constituye la debilidad de una civilización que ha promovido el crecimiento económico y la industrialización como prototipos de la modernización y del progreso económico. Este mal llamado desarrollo se ha realizado a costa de la extracción y destrucción acelerada de ecosistemas y recursos naturales, con una gran ineficiencia energética, y con el uso excesivo de materiales peligrosos y sustancias tóxicas en procesos productivos que generan consecuentemente un enorme volumen de residuos peligrosos.

    Un residuo peligroso es considerado aquel desecho que en función de sus características de corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad, inflamabilidad y patogenicidad, puede presentar un riesgo a la salud pública o causar efectos adversos al ambiente.

    De acuerdo a la nueva Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos en el artículo 5, fracción XXXII, se define a un residuo peligroso como: aquellos que posean alguna de las características de corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad, inflamabilidad, o que contengan agentes infecciosos (características CRETIB) que les confieran peligrosidad, así como envases, recipientes, embalajes y suelos que hayan sido contaminados cuando se transfieran a otro sitio, de conformidad con lo que se establece en esta Ley

    Para aclarar más la definición de residuo peligroso, se anexan las definiciones de las caracteristicas que un material debe de cumplir para ser considerado como residuo peligroso.

    Corrosividad : De acuerdo a la NOM-052-SEMARNAT-1993, un residuo es corrosivo si presenta cualquiera de las siguientes propiedades:

    • En estado líquido o en solución acuosa presenta un pH sobre la escala menor o igual a 2 o mayor o igual a 12.5
    • En estado líquido o en solución acuosa y a una temperatura de 55°C es capaz de corroer el acero al carbón (SAE 1020), a una velocidad de 6.35 milímetros o más

    Reactividad : De acuerdo a la NOM-052-SEMARNAT-1993, un residuo es reactivo si presenta una de las siguientes propiedades:

    • Bajo condiciones normales (25°C y 1 atmósfera), se combina o polimeriza violentamente sin detonación
    • En condiciones normales (25°C y 1 atmósfera) cuando se pone en contacto con agua en relación (residuo-agua) de 5:1, 5:3, 5:5 reacciona violentamente formando gases, vapores o humos
    • Bajo condiciones normales cuando se ponen en contacto con soluciones de pH; ácido (HCI 1.0 N) y básico (NaOH 1.0 N), en relación (residuo-solución) de 5:1, 5:3, 5:5 reacciona violentamente formando gases, vapores o humos.
    • Posee en su constitución cianuros o sulfuros que cuando se exponen a condiciones de pH entre 2.0 y 12.5 pueden generar gases, vapores o humos toxicos en cantidades a 250 mg de HCN/kg de residuo o 500 mg de H2 S/kg de residuo.
    • Es capaz de producir radicales libres

    Explosividad : De acuerdo a la NOM-052-SEMARNAT-1993, se considera que un residuo es explosivo si presenta una de las siguientes propiedades:

    • Tiene una constante de explosividad igual o mayor a la del dinitrobenceno
    • Es capaz de producir una reacción o descomposición detonante o explosiva a 25ºC y 1.03 kg/cm2 de presión

    Toxicidad : De acuerdo a la NOM-052-SEMARNAT-1993, un residuo es tóxico cuando se somete a la prueba de extracción para toxicidad conforme a la norma oficial mexicana NOM-053-SEMARNAT-1993, el lixiviado de la muestra representativa que contenga cualquiera de los constituyentes listados en las tablas 5, 6 y 7 (anexo 5 de la NOM-052-SEMARNAT-1993), en concentraciones mayores a los límites señalados en dichas tablas.

    Inflamabilidad : De acuerdo a la NOM-052-SEMARNAT-1993, un residuo es inflamable si presenta cualquiera de las siguientes propiedades:

    • En solución acuosa contiene más de 24% de alcohol en volumen
    • Es líquido y tiene un punto de inflamación inferior a 60°C
    • No es líquido pero es capaz de provocar fuego por fricción, absorición de humedad o cambiós químicos espontáneos (a 25°C y a 1.03 kg/cm2)
    • Se trata de gases comprimidos inflamables o agentes que estimulan la combustión

    Biológico Infeccioso: De acuerdo a la NOM-052-SEMARNAT-1993, un residuo con características biológico infecciosas cuando presenta cualquiera de las siguientespropiedades:

    • Cuando un residuo contien bacterias, virus u otros microorganismos con capacidad de infección
    • Cuando contiene toxinas producidas por microorganismos que causen efectos nocivos a seres vivos

    Estos incluyen materiales de curación que contienen microbios o gérmenes y que han entreado en contacto o que provienen del cuerpo de seres humanos, animales infectados o enfermos (por ejemplo: sangre y algunos fluidos corporales, cadáveres y órganos extripados en operaciones), asi mismo incluyen cultivos de microbios usados con fines de investiación y objetos punzocortantes /incluyendo agujas de jeringas, material de vidrio roto y objetos contaminados).

    La producción de residuos peligrosos industriales es el resultado del uso intensivo de sustancias tóxicas y materiales peligrosos en los procesos productivos. La emisión de contaminantes al aire, de residuos en las aguas de descarga, de residuos sólidos y la exposición de trabajadores a sustancias peligrosas, son manifestaciones variadas de esta misma raíz. Incluso, una vez acabada la vida útil de un producto, este puede transformarse en un residuo peligroso debido al tipo de material del que está hecho.

    Por lo anterior, un residuo peligroso no necesariamente es un riesgo, si se maneja de forma segura y adecuada para prevenir algunas de las condiciones descritas previamente. El que un residuo sea peligroso no significa necesariamente que provoque daños al ambiente, los ecosistemas o a la salud, porque para que esto ocurra es necesario que se encuentre en una forma “disponible” que permita que se difunda en el ambiente alterando la calidad del aire, suelos y agua, así como que entre en contacto con los organismos acuáticos o terrestres y con los seres humanos.

    Los residuos peligrosos se generan prácticamente en todas las actividades humanas, inclusive en el hogar. Aunque en el caso de los residuos químicos peligrosos, son los establecimientos industriales, comerciales y de servicios los que generan los mayores volúmenes, mientras que los residuos biológicos-infecciososo, se generan en mayor cantidad fuera de los establecimientos médicos o laboratorios, por el gran número de desechos contaminados que producen los individuos infectados o enfermos en sus hogares o en donde abandonen materiales que hayan entrado en contacto con su sangre.

    En el caso de los residuos químicos peligrosos, como lo indica la siguiente figura, se generan en la fase final del ciclo de vida de los materiales peligrosos, cuando quienes los poseen los desechan porque ya no tienen interés en seguirlos aprovechando. Es decir, se generan al desechar productos de consumo que contienen materiales peligrosos, al eliminar envases contaminados con ellos; al desperdiciar materiales peligrosos que se usan como insumos de procesos productivos (industriales, comerciales o de servicios) o al generar subproductos o desechos peligrosos no deseados en esos procesos.

    Ciclo de vida de los residuos peligrosos

    Las disposiciones regulatorias (leyes, reglamentos y normas), establecen pautas de conducta a evitar y medidas a seguir para lograr un manejo seguro a fin de prevenir riesgos, a la vez que fijan límites de exposición o alternativas de tratamiento y disposición final para reducir su volumen y peligrosidad.

    Complementan las medidas regulatorias, los manuales, las guías, lineamientos, procedimientos y métodos de buenas prácticas de manejo de los residuos peligrosos, así como la divulgación de información, la educación y la capacitación de quienes los manejan.

    Anteriormente se tenía la siguiente legislación de los Residuos Peligrosos en México (1988):

    • Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), reformada por primera vezen 1966
    • Reglamento en Materia de Residuos Peligrosos
    • Siete Normas Técnicas Ecológicas, para su clasificación, caracterización y confinamiento (convertidas en Normas Oficiales Mexicanas en 1993)

    A partir del 2003, es aplicacble una nueva legislación:

    • Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos
    • Ley de Residuos del Distrito Federal
    • Ley de Prevención y Gestión Integral de Residuos del Estado de Querétaro
    • Ley de Prevención y Gestión Integral de Residuos del Estado de Veracruz
    • Ley de Manejo Integral de Residuos del Estado de Guanajuato y sus municipios

    La normatividad aplicable en materia de residuos peligrosos, se muestra a continuación:

    NOM-052-SEMARNAT-1993

    Antes NOM-052-ECOL-1993

    Características de los residuos peligrosos, el listado de los mismos y los límites que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente.

    NOM-053-SEMARNAT-1993

    Antes NOM-053-ECOL-1993

    Procedimiento para llevar a cabo la prueba de extracción para determinar los constituyentes que hacen a un residuo peligroso por su toxicidad al ambiente.

    NOM-054-SEMARNAT-1993

    Antes NOM-054-ECOL-1993

    Procedimiento para determinar la incompatibilidad entre dos o más residuos considerados como peligrosos por la norma oficial mexicana NOM-052-ECOL-1993.

    NOM-055-SEMARNAT-2003

    Que establece los requisitos que deben reunir los sitios destinados al confinamiento controlado de residuos peligrosos excepto de los radiactivos.

    NOM-056-SEMARNAT-1993

    Antes NOM-056-ECOL-1993

    Requisitos para el diseño y construcción de las obras complementarias de un confinamiento controlado de residuos peligrosos.

    NOM-057-SEMARNAT-1993

    Antes NOM-057-ECOL-1993

    Requisitos que deben observarse en el diseño, construcción y operación de celdas de un confinamiento controlado para residuos peligrosos.

    NOM-058-SEMARNAT-1993

    Antes NOM-058-ECOL-1993

    Requisitos para la operación de un confinamiento controlado de residuos peligrosos.

    NOM-083-SEMARNAT-2003

    Especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial.

    NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002

    Protección ambiental-salud ambiental-residuos peligrosos biológico-infecciosos-clasificación y especificaciones de manejo.

    (CLAVE ANTERIOR NOM-087-ECOL-SSA1-2002)

    NOM-098-SEMARNAT-2002

    Protección ambiental – incineración de residuos, especificaciones de operación y límites de emisión de contaminantes.

    NOM-133-SEMARNAT-2000

    Antes NOM-133-ECOL-2000

    Protección Ambiental – Bifenilos Policrorados (BPCS), especificaciones de manejo.

    (MODIFICACIÓN D.O.F. 05-MARZO-2003) .

    NOM-141-SEMARNAT-2003

    Que establece los requisitos para la caracterización del sitio, proyecto, construcción, operación y postoperación de presas de jales.

    NOM-145-SEMARNAT-2003

    Confinamiento de residuos en cavidades construidas por disolución en domos salinos geológicamente estables.

    En la NOM-052-SEMARNAT-1993, se plantea que además de las características CRETIB, se tomará como base para determinar la peligrosidad de los residuos, el que éstos se encuentren comprendidos en los listados que se incluyen en sus anexos y que permiten su clasificación de acuerdo con su origen o composición, tal y como sigue:

    • Giro industrial y proceso (Tabla 1, Anexo 2 de la NOM-052-SEMARNAT-1993)
    • Fuente no específica (Tabla 2, Anexo 3 de la NOM-052-SEMARNAT-1993)
    • Materias primas que se consideran peligrosas en la producción de pinturas (Tabla 3, Anexo 4 de la NOM-052-SEMARNAT-1993);
    • Residuos y bolsas o envases de materias primas que se consideran peligrosas en la producción de pinturas (Anexo 4 de la NOM-052-SEMARNAT-1993).

    Para conocer la lista completa de los residuos peligrosos, revisar la NOM 052-SEMARNAT –1993.

    Fuentes e información complementaria:
    http://www.semarnat.gob.mx/dgmic/rpaar/rp/definicion/definicion.shtml
    http://www.jccm.es/medioambiente/calamb/respel/
    http://www.basel.int/text/textspan.html
    http://www.laneta.apc.org/emis/sustanci/residuos/respel.htm
    http://www.laneta.apc.org/emis/sustanci/residuos/control.htm
    http://www.laneta.apc.org/emis/docs/deseli.htm
    http://www.cinvestav.mx/publicaciones/avayper/mayjun/RESIDUOS.pdf
    http://www.prodiversitas.bioetica.org/doc76.htm
    http://www.ambiente-ecologico.com/ediciones/2003/086_01.2003/086_Investigacion_Cepis.php3
    Norma Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-1993

     

    06-01-2006
    Listado de Normas Oficiales Mexicanas
    Fuente: QuimiNet | | Productos y Servicios relacionados: Ambiental, Calidad y certificación, Seguridad Industrial y Protección Personal

    Listado de Normas Oficiales Mexicanas

    Contenido:

    Normas Oficiales Mexicanas en Materia de:

    - Descargas de Aguas Residuales

    - Contaminación Atmosférica

    a) Medición de Concentraciones

    b) Emisión de Fuentes Fijas

    c) Emisión de Fuentes Móviles

    - Residuos Sólidos Peligrosos, Sólidos Municipales y Biológico Infecciosos

    - Flora y Fauna

    - Suelos

    - Contaminación por Ruido

    - Impacto Ambiental

    - Comisión Nacional del Agua

    - Pesca (en peligro de extinción)

    - Elaboración Conjunta con otras Secretarías

    - Lodos y Biosólidos

    - Metodologías

     

    DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES

    D.O.F.

    NOM-001-SEMARNAT-1996

    (Antes NOM-001-ECOL-1996)

    LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE CONTAMINANTES EN LAS DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES EN AGUAS Y BIENES NACIONALES.

    06/ENE/97

    NOM-002-SEMARNAT-1996

    (Antes NOM-002-ECOL-1996)

    LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE CONTAMINANTES EN LAS DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES A LOS SISTEMAS DE ALCANTARILLADO URBANO O MUNICIPAL.

    03/JUN/98

    NOM-003-SEMARNAT-1997

    (Antes NOM-003-ECOL-1997)

    LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE CONTAMINANTES PARA LAS AGUAS RESIDUALES TRATADAS QUE SE REUSEN EN SERVICIOS AL PÚBLICO.

    21/SEP/98

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    CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA

     

    MEDICIÓN DE CONCENTRACIONES

    D.O.F.

    NOM-034-SEMARNAT-1993

    (Antes NOM-034-ECOL-1993)

    MÉTODOS DE MEDICIÓN PARA DETERMINAR LA CONCENTRACIÓN DE MONÓXIDO DE CARBONO EN EL AIRE AMBIENTE Y LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA CALIBRACIÓN DE LOS EQUIPOS DE MEDICIÓN.

    18/OCT/93

    NOM-035-SEMARNAT-1993

    (Antes NOM-035-ECOL-1993)

    MÉTODOS DE MEDICIÓN PARA DETERMINAR LA CONCENTRACIÓN DE PARTÍCULAS SUSPENDIDAS TOTALES EN EL AIRE AMBIENTE Y EL PROCEDIMIENTO PARA LA CALIBRACIÓN DE LOS EQUIPOS DE MEDICIÓN.

    18/OCT/93

    NOM-036-SEMARNAT-1993

    (Antes NOM-036-ECOL-1993)

    MÉTODOS DE MEDICIÓN PARA DETERMINAR LA CONCENTRACIÓN DE OZONO EN EL AIRE AMBIENTE Y LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA CALIBRACIÓN DE LOS EQUIPOS DE MEDICIÓN.

    18/OCT/93

    NOM-037-SEMARNAT-1993

    (Antes NOM-037-ECOL-1993)

    MÉTODOS DE MEDICIÓN PARA DETERMINAR LA CONCENTRACIÓN DE BIÓXIDO DE NITRÓGENO EN EL AIRE AMBIENTE Y LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA CALIBRACIÓN DE LOS EQUIPOS DE MEDICIÓN.

    18/OCT/93

    NOM-038-SEMARNAT-1993

    (Antes NOM-038-ECOL-1993)

    MÉTODOS DE MEDICIÓN PARA DETERMINAR LA CONCENTRACIÓN DE BIÓXIDO DE AZUFRE EN EL AIRE AMBIENTE Y LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA CALIBRACIÓN DE LOS EQUIPOS DE MEDICIÓN.

    18/OCT/93

    EMISIONES DE FUENTES FIJAS

    D.O.F.

    NOM-039-SEMARNAT-1993

    (Antes NOM-039-ECOL-1993)

    NIVELES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIÓN A LA ATMÓSFERA DE BIÓXIDO Y TRIÓXIDO DE AZUFRE Y NEBLINAS DE ÁCIDO SULFÚRICO, EN PLANTAS PRODUCTORAS DE ÁCIDO SULFÚRICO.

    22/OCT/93

    NOM-040-SEMARNAT-2002

    (Antes NOM-040-ECOL-2002)

    PROTECCIÓN AMBIENTAL-FABRICACIÓN DE CEMENTO HIDRÁULICO-NIVELES MÁXIMOS DE EMISIÓN A LA ATMÓSFERA.

    18/DIC/02

    NOM-043-SEMARNAT-1993

    (Antes NOM-043-ECOL-1993)

    NIVELES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIÓN A LA ATMÓSFERA DE PARTÍCULAS SÓLIDAS PROVENIENTES DE FUENTES FIJAS.

    22/OCT/93

    NOM-046-SEMARNAT-1993

    (Antes NOM-046-ECOL-1993)

    NIVELES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIÓN A LA ATMÓSFERA DE BIÓXIDO DE AZUFRE, NEBLINAS DE TRIÓXIDO DE AZUFRE Y ÁCIDO SULFÚRICO, PROVENIENTES DE PROCESOS DE PRODUCCIÓN DE ÁCIDO DODECILBENCENSULFÓNICO EN FUENTES FIJAS.

    22/OCT/93

    NOM-051-SEMARNAT-1993

    (Antes NOM-051-ECOL-1993)

    MÁXIMO PERMISIBLE EN PESO DE AZUFRE, EN EL COMBUSTIBLE LÍQUIDO, GASÓLEO INDUSTRIAL QUE SE CONSUMA POR LAS FUENTES FIJAS EN LA ZONA METROPOLITANA DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

    22/OCT/93

    NOM-075-SEMARNAT-1995

    (Antes NOM-075-ECOL-1995)

    NIVELES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIÓN A LA ATMÓSFERA DE COMPUESTOS ORGÁNICOS VOLÁTILES PROVENIENTES DEL PROCESO DE LOS SEPARADORES AGUA-ACEITE DE LAS REFINERÍAS DE PETRÓLEO.

    26/DIC/95

     

    NOM-085-SEMARNAT-1994

    (Antes NOM-085-ECOL-1994)

    FUENTES FIJAS QUE UTILIZAN COMBUSTIBLES FÓSILES SÓLIDOS, LÍQUIDOS O GASEOSOS O CUALQUIERA DE SUS COMBINACIONES. NIVELES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIÓN A LA ATMÓSFERA DE HUMOS, PARTÍCULAS SUSPENDIDAS TOTALES, BIÓXIDO DE AZUFRE Y ÓXIDOS DE NITRÓGENO. REQUISITOS Y CONDICIONES PARA LA OPERACIÓN DE LOS EQUIPOS DE CALENTAMIENTO INDIRECTO POR COMBUSTIÓN, ASÍ COMO NIVELES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIÓN DE BIÓXIDO DE AZUFRE EN LOS EQUIPOS DE CALENTAMIENTO DIRECTO POR COMBUSTIÓN.

    02/DIC/94

    NOM-086-SEMARNAT-1994

    (Antes NOM-086-ECOL-1994)

    ESPECIFICACIONES SOBRE PROTECCIÓN AMBIENTAL QUE DEBEN REUNIR LOS COMBUSTIBLES FÓSILES LÍQUIDOS Y GASEOSOS QUE SE USAN EN FUENTES FIJAS Y MÓVILES.

    02/DIC/94

    NOM-092-SEMARNAT-1995

    (Antes NOM-092-ECOL-1995)

    REQUISITOS, ESPECIFICACIONES Y PARÁMETROS PARA LA INSTALACIÓN DE SISTEMAS DE RECUPERACIÓN DE VAPORES DE GASOLINA EN ESTACIONES DE SERVICIO Y DE AUTOCONSUMO UBICADAS EN EL VALLE DE MÉXICO.

    06/SEP/95

    NOM-093-SEMARNAT-1995

    (Antes NOM-093-ECOL-19959

    MÉTODO DE PRUEBA PARA DETERMINAR LA EFICIENCIA DE LABORATORIO DE LOS SISTEMAS DE RECUPERACIÓN DE VAPORES DE GASOLINA EN ESTACIONES DE SERVICIO Y DE AUTOCONSUMO.

    06/SEP/95

    NOM-097-SEMARNAT-1995

    (Antes NOM-097-ECOL-1995)

    LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIÓN A LA ATMÓSFERA DE MATERIAL PARTICULADO Y ÓXIDOS DE NITRÓGENO EN LOS PROCESOS DE FABRICACIÓN DE VIDRIO EN EL PAÍS.

    01/FEB/96

    NOM-105-SEMARNAT-1996

    (Antes NOM-105-ECOL-1996)

    NIVELES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIONES A LA ATMÓSFERA DE PARTÍCULAS SÓLIDAS TOTALES Y COMPUESTOS DE AZUFRE REDUCIDO TOTAL PROVENIENTES DE LOS PROCESOS DE RECUPERACIÓN DE QUÍMICOS DE LAS PLANTAS DE FABRICACIÓN DE CELULOSA.

    02/ABR/98

    NOM-121-SEMARNAT-1997

    (Antes NOM-121-ECOL-1997)

    LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES DE EMISIÓN A LA ATMÓSFERA DE COMPUESTOS ORGÁNICOS VOLÁTILES (COVs) PROVENIENTES DE LAS OPERACIONES DE RECUBRIMIENTO DE CARROCERÍAS NUEVAS EN PLANTA DE AUTOMÓVILES, UNIDADES DE USO MÚLTIPLE, DE PASAJEROS Y UTILITARIOS; CARGA Y CAMIONES LIGEROS, ASÍ COMO EL MÉTODO PARA CALCULAR SUS EMISIONES.

    14/JUL/98

    NOM-123-SEMARNAT-1998

    (Antes NOM-123-ECOL-1998)

    CONTENIDO MÁXIMO PERMISIBLE DE COMPUESTOS ORGÁNICOS VOLÁTILES (COV's), EN LA FABRICACIÓN DE PINTURAS DE SECADO AL AIRE BASE DISOLVENTE PARA USO DOMÉSTICO Y LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA DETERMINACIÓN DEL CONTENIDO DE LOS MISMOS EN PINTURAS Y RECUBRIMIENTOS.

    14/JUN/99

    NOM-137-SEMARNAT-2003