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MEMBRANAS AMBIENTAL *

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    México Material y Química Membranas Ambiental, Membranas Microbiología NA Col.NA
    00000 México, D.F.
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    México Flash Chemicals de México Membranas Ambiental, Membranas Microbiología Av. Teniente Coronel del Razo 16 Col.Los Cipreses Coyoacán
    04830 D.F., D.F.
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    México COMIMSA Ingeniería ambiental riesgo ambiental, Ingeniería ambiental Blvd. Oceanía No.190 Col.Fraccionamiento Saltillo 400
    25290 Saltillo, Coah.
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    México Chemical Clean Ambiental 25 - Aromatizante ambiental, Aromatizante ambiental RODOLFO GAONA #108 Col.Plaza de Toros
    37450 León, Guanajuato
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    México Millipore Membranas, Membranas de transferencia Immobilon-P, Membranas y dispensador EZ-Pak, Sistemas para Pruebas de Integridad de Membranas Ings. Militares No. 85 PB Col.Argentina Poniente
    11230 México, D.F.
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    México Global BPS Membranas na Col.na
    0 na, na
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    México Materiales Geosinteticos Vase Membranas Desierto de Los Leones no. 117 int 102-A Col.Las Aguilas
    01710 Ciudad de México, D.F.
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    Colombia Profinas, S.A. Membranas, Membranas de Filtración Carrera 40 # 14-09 Col.Urbanización Acopi
    ---- Yumbo , Valle del Cauca
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    México NOVAGRAPHICS Membranas ND Col.ND
    0 Jalisco, Guadalajara
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    México Aquadyn de México Membranas R/O, Consultoria y cursos de capacitación Membranas (MF/UF/NF/RO) Av. Mariano Otero no. 2220-2 Col.Ciudad del Sol
    45050 Zapopan, Jal.
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    México FILTROS Y PURIFICADORES DE AGUA membranas CAMARON 18 Col.DEL MAR
    13270 CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL
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    Argentina COSMOGAT Membranas ND Col.ND
    0 Argentina, Argentina
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    Argentina GAMAFIL Membranas, Membranas estériles Gral. Lonardi 1422 PB Col.Beccar
    1643 Beccar, Buenos Aires
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    México Hule Moldeado y Especializado MEMBRANAS, MEMBRANAS Calle Oaxaca No. 1 Local 2 Col.San Pablo de las Salinas
    54930 Tultitlán, Estado de México
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    México H2O Soluciones integrales para sistemas Membranas, Membranas Aquiles Serdán Lte.7 Mza.127 Col.Miguel Hidalgo
    55490 Ecatepec, Estado de México
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    1428 bifloruro de amonio 150 Kilogramos
    Anual
    México dueño queremos saber si el bifloruro de amonio sirve para la limpieza de membranas y de ...
    4166 Limpieza membranas 200 Kilogramos
    Anual
    Ecuador Pichincha Gerente General Para membranas de una planta desalinisadora
    4307 filtros de cuarzo 25 Piezas
    Anual
    México NUEVO LEON GERENTE
    4471 modificador asfalto 0 Toneladas
    Anual
    México Puebla Jefe Comercialización Modificador de Asflto en la elaboracion de Membranas de Imperemabilización.
    4534 atático de polipropileno 100000 Kilogramos
    Anual
    México Puebla Jefe Comercialización Favor de informar su venden o comercializan el producto Actactgico de Polipropileno
    4599 membranas filtrantes 1 Toneladas
    Anual
    Bolivia La Paz Gerente Administrativo
    5404 membranas ultrafiltracion 15 Piezas
    Anual
    México México Ventas
    7715 gases para monitoreo ambiental 1 Toneladas
    Anual
    Colombia tolima director Universidad empresa Equipos para monitoreo de gases de chimenea en industria. medicion de NOx,CO2,SO2,CO,O2,CxHy. ...
    7856 Quimico Preservantes y Limpiadores de membranas de equipos de osmosis inversa 200 Kilogramos
    Anual
    Ecuador PICHINCHA GERENTE GENERAL Los quimicos se utilizaran en la limpieza de membranas de plantas desalinisadoras
    8111 tratamiento de tierras contaminadas con hidrocarburo y eq. analizadores de la composición 100 Toneladas
    Anual
    México D.F. GERENTE DE PROYECTOS REQUIERO INFORMACION SOBRE PRODUCTOS PARA TRATAMIENTO DE LODOS Y SUELOS CONTAMINADOS POR HIDROCARBUROS ...

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    México Membranas y Soluciones Azorín 1645 Col.Jardín Español
    64820 Monterrey, Nuevo León
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    México Aeropago de Investigacion Ambiental Multidisciplinario .. Col...
    .. .., San Luis Potosí
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    México Soluciones de Ingenieria Ambiental y Ser Ciencias 91 Col.Palmas
    57440 Nezahualcoyotl, Estado de México
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    México PROTECTORA AMBIENTAL Y ECOLOGICA DE MEXI SIETE NORTE 202-1B 2-A Col.CIUDAD INDUSTRIAL NUEVA TIJUAN
    22505 TIJUANA, B.C.
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    México AMBIENTAL MEXICANA TRANSPORTADORA DE RES AV.VALLARTA NO.6503-7 ZONA1 Col.CENTRO COMERCIAL CONCENTRO
    45010 ZAPOPAN, JAL.
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    México Ingeniería de Control Ambiental y Saneam 14 Oriente 4014 Col.Améroca Sur
    0 Puebla, Puebla
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    México Bioseguridad Ambiental .. Col...
    .. .., ..
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    México EK Ambiental San Luis Tlatilco No. 48-A Col.Parque Industrial Naucalpan
    53430 Naucalpan, Edo. de Méx.
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    México red ambiental Col.
    ,
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    México Mir Ambiental Dr. Vera No. 100-A Col.Los Doctores
    64710 Monterrey, N.L.
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    04-Febrero-2002
    Desarrolla México modelo de auditoría ambiental
      
         Fuente:  Intélite
    México cerrará sus fronteras a los productos de importación que no cumplan con sus normas de calidad y protección ambiental y exigirá a sus socios comerciales el reconocimiento de la normatividad mexicana para lo que en principio se conocerá como el "sello verde" de protección ecológica, anunció el titular de la Profepa José Campillo García.  

    • EU, Israel o los integrantes de la Comunidad Europea exigen el cumplimiento de normas ambientales, por ejemplo la de protección a los delfines, o de calidad en los casos de la lana y el algodón, México también impondrá estándares para ser respetados por todos aquellos productos que quieran ingresar al mercado nacional.
    • Canifarma) para la incorporación de micro, pequeñas y medianas empresas al programa de auditoría ambiental, el funcionario explicó que con los denominados "sellos verdes" se busca además contener el crecimiento de productos extranjeros "piratas" o insumos de contrabando que no cumplen con las normas de protección ambiental.
    • Luis Fernando Hernández Lezama explicó que con los convenios de auditoría ambiental se busca desarrollar un modelo de certificación para ser aceptado internacionalmente como reconocimiento al cumplimiento de buenas prácticas ambientales y sanitarias, que a su vez se traduzcan en beneficios laborales y económicos para las empresas.  

    PROFEPA Y CANIFARMA FIRMAN CONVENIO DE PROTECCIÓN AMBIENTAL (Nov 9Ps)

     

    06-Agosto-2001
    La Ssa estudia problemas de salud ambiental
      
         Fuente:  Intélite
    En México se elaborará un diagnóstico nacional de problemas de salud ambiental, como intoxicaciones por exposición a químicos, con el fin de identificar por regiones los principales tóxicos y contaminantes que afectan a la población, anunció Víctor Borja Aburto, director de Análisis de Riesgos de la general de Salud Ambiental de la Secretaría de Salud

     

    10-Septiembre-2002
    Aseguran que se manipuló el plan de contingencia ambiental
      
         Fuente:  Intélite
    El presidente del Movimiento Ecologista Mexicano Alfonso Ciprés denunció que el plan de contingencia ambiental que implementó el GDF es una farsa y un pretexto para que la ciudadanía vote en favor del plebiscito sobre la construcción de los segundos pisos; informó que hay pruebas que revelan que muy frecuentemente los niveles de contaminación se disparan y no como ocurrió este 19 de septiembre.

     

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    07-02-2008
    Las bombas de membranas (diafragmas)
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Petroquímica, Química | Productos y Servicios relacionados: Maquinaria y equipo industrial

    Las bombas de membranas (diafragmas)

    ¿Qué son las bombas de membranas?

    Este tipo de bombas desplazan el líquido por medio de diafragmas de un material flexible y resistente. Estas bombas son económicas. La mayoría de ellas tienen un motor de corriente continua con escobillas que también deben cambiarse periódicamente (aproximadamente cada cinco años).

    Características generales de las bombas de membranas

    En la gran variedad de las bombas de membranas encontramos las siguientes características:

    • Existen modelos sumergibles y no sumergibles.
    • Estas bombas son capaces de manejar inclusive materiales críticos de una manera confiable y segura.
    • Trabajo libre de aceite y funcionan sin obstáculos.
    • Funcionamiento en seco.
    • Antideflagrante.
    • Caudal y altura de elevación regulables.
    • Regulación final de velocidad y de presión.
    • Mantenimiento simple y rápido.

    Clasificación de las bombas de membranas

    Existen tres tipos principales de las bombas de membranas.

    Primer tipo de las bombas de membranas

    Las bombas de doble membrana garantizan la máxima seguridad en todas las aplicaciones industriales donde es necesario recurrir a bombas accionadas con aire comprimido o líquido hidráulico.


    Ensamble de una bomba de membranas

     

    1. Cambiador automático coaxial
    2. Cuerpo bomba
    3. Membrana
    4. Colector
    5. Esfera
    6. Membrana

    Segundo tipo de las bombas de membranas

    Tiene un dispositivo electromecánico para generar el movimiento. Este método dobla la membrana con una acción mecánica simple, y un lado de la membrana está abierto al aire.

    Tercer tipo de las bombas de membranas

    Cuenta con una o más membranas sin sellar con el líquido que se bombeará en ambos lados. Las membranas se doblan otra vez, haciendo cambiar el volumen.

    Principales ventajas de las bombas de membranas

    Estas bombas no necesitan un motor eléctrico para su funcionamiento y operan únicamente por aire comprimido.

    • No tienen sellos mecánicos ni partes rotatorias.
    • Diseño sencillo y robusto.
    • No requieren de controles complejos.
    • Cuentan con la particularidad de poder construirse en una amplia gama de materiales, para que sean química y térmicamente compatibles con el producto a bombear.
     

    Aplicaciones y usos de las bombas de membranas

    Gracias a su diseño pueden trabajar en muchas industrias y aplicaciones diferentes, en las que destacan:

    • Aguas residuales.
    • Fangos.
    • Industrias alimenticias.
    • Concentrados de frutas.
    • Derivados del petróleo.
    • Industrias de papel.
    • Plantas de proceso.
    • Industrias químicas.
    • Reactivos.

    Principio de funcionamiento de las bombas de membranas

    El funcionamiento de las bombas de membrana está basado fundamentalmente en la acción conjunta de cuatro elementos:

    • Un par de membranas.
    • Un eje que los une.
    • Una válvula distribuidora de aire.
    • Cuatro válvulas de esfera.
     

    El movimiento alternativo de las membranas genera la succión y la impulsión del producto a través de las válvulas. Este movimiento es producido por aire comprimido, el cual es distribuido a una membrana u otro por la válvula de aire.

    Las diferentes etapas de trabajo de una bomba de membrana

    Proveedores de bombas de membranas

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    17-02-2003
    Modificaciones a la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002 Protección Ambiental–Salud Ambiental–Resi
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Artículos médicos, Farmacéutica, Sector salud | Productos y Servicios relacionados: Ambiental, Material y Equipo de Laboratorio

    Modificaciones a la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002 Protección Ambiental – Salud Ambiental – Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos

    Elaborada en forma conjunta por las Secretarías de Salud (SSA) y de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), la Norma Oficial Mexicana NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002, Protección Ambiental – Salud Ambiental – Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos – Clasificación y Especificaciones de Manejo, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de febrero del 2003 y sustituye a la NOM-087-ECOL-1995.

    Los residuos biológico-infecciosos se consideran como residuos peligrosos y como tal se debe establecer un plan integral para su manejo, almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final.

    Las principales modificaciones efectuadas a la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002 son:

    •  Criterios para considerar un residuo como Peligroso Biológico-Infeccioso.

    •  Nueva clasificación de los Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos.

    •  Cantidad de sangre o fluido corporal en los Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos.

    •  Niveles de los establecimientos generadores.

    •  Período de almacenamiento temporarl de los RPBI's en los establecimientos generadores.

    •  Atribución a la Secretaría de Salud, para la vigilancia de la norma.

    I. Los lugares que ofrecen atención médica y los centros de investigación, son considerados establecimientos generadores de materiales contaminados por agentes biológico-infecciosos. Estos desechos se denominan Residuos Peligrosos Biológico-Infecciosos (RPBI's) , su manejo y disposición inadecuados, representa un riesgo para la salud del personal que labora en estos sitios, así como para la salud de la población aledaña, ocasionando además, el deterioro del medio ambiente. Los microorganismos patógenos, virus, parásitos y priones (estructuras proteicas) son ejemplos de agentes biológico-infecciosos. Para que un microorganismo sea capaz de producir enfermedad, es decir, que sea un Agente Biológico-Infeccisos , debe ocurrir lo siguiente: tener una concentración suficiente (inóculo), estar en un ambiente propicio (supervivencia), en presencia de una vía de entrada en un hospedero susceptible.

    II. En la nueva clasificación, los RPBI's son:

    1. La sangre y sus componentes únicamente en estado líquido.
    2. Los cultivos de agentes biológico-infecciososs generados en:

    •  Los procedimientos de diagnóstico e investigación.

    •  La producción y el control de agentes biológico-infecciosos.

    1. Los utensilios desechables usados para contener, transferir, inocular y mezclar cultivos de agentes biológico-infecciosos.
    2. Los tejidos, órganos y partes que se extripan o remueven durante las autopsias, las cirugías o algún otro tipo de intervención quirúrgica que no estén conservados en solución formol .
    3. Las muestras biológicas empleadas en los análisis clínicos (excepto las muestras de orina y de excremento), y aquellas usadas en los análisis patológicos.
    4. En los centros de investigación, los cadáveres y las partes de los animales que fueron inoculados con agentes entero patógenos .
    5. Los residuos no anatómicos:

    •  Los recipientes desechables que contengan sangre líquida .

    •  Los materiales desechables que contengan fluidos y secreciones corporales, provenientes de los pacientes de quienes sospeche o exista un diagnóstico de una enfermedad infecto-contagiosa como la tuberculosis.

    •  Los materiales de curación empapados de sangre líquida o de cualquier otra secreción o líquido corporal.

    •  Los materiales absorbentes utilizados en las jaulas de los animales que hayan sido expuestos a agentes entero patógenos .

    1. Los materiales punzo cortantes desechables como las hojas de bisturí, las agujas de sutura y los estiletes de catéter. El material de vidrio de laboratorio , que se haya roto al momento de ser manipulado, se deberá desinfectar o esterilizar y ya no se considerará como RPBI's, por lo que se podrá disponer posteriormente como residuo municipal .

    III. Para que un material de curación se considere como un RPBI's, debe ser desechable y estar gotenado, chorreando o escurriendo sangre o cualquier líquido corporal contemplado en la norma.

    IV. Niveles de los Establecimientos Generadores

    NIVEL I

    NIVEL II

    NIVEL III

    Establecimientos de atención médica hasta con cinco camas e instituciones de investigación con excepción de los señalados en el Nivel III.

    Unidades hospitalarias de seis hasta 60 camas.

    Unidades hospitalarias de más de 60 camas.

    Laboratorios clínicos y bancos de sangre que realicen análisis de uno a 50 muestras al día.

    Laboratorios clínicos y bancos de sangre que realicen análisis de 51 a 200 muestras al día.

    Centros de producción e investigación experimental en enfermedades infecciosas.

    Unidades hospitalarias psiquiátricas.

    Bioterios que se dediquen a la investigación con agentes biológico-infecciosos.

    Laboratorios clínicos y bancos de sangre que realicen análisis a más de 200 muestras al día.

    Centros de toma de muestras para análisis clínicos.

    Establecimientos que generen de 25 a 100 kilogramos al mes de RPBI's.

    Establecimientos que generen más de 100 kilogramos al mes de RPBI's.

    V. Período de almacenamiento temporal de los RPBI's en los establecimientos generadores.

    NIVEL I

    NIVEL II

    NIVEL III

    Como máximo 30 días de almacenamiento temporal.

    Como máxico 15 días de almacenamiento temporal.

    Como máximo siete días de almacenamiento temporal.

    NO REQUIERE DE ÁREA ESPECÍFICA PARA EL ALMACENAMIENTO TEMPORAL.

    SI REQUIERE DE ÁREA ESPECÍFICA PARA EL ALMACENAMIENTO TEMPORAL.

    SI REQUIERE DE ÁREA ESPECÍFICA PARA EL ALMACENAMIENTO TEMPORAL.

    Se podrán ubicar los contenedores específicos para los RPBI's* en el lugar más apropiado dentro de sus instalaciones, de manera tal que no obstruyan las vías de acceso.

    Deberá cumplir con las especificaciones establecidad en la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002, para el área de almacenamiento temporal.

    Deberá cumplir con las especificaciones establecidad en la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002, para el área de almacenamiento temporal.

    *Los contenedores pueden ser plásticos o metálicos, con señalamiento del símbolo universal de RPBI's y no mezclarlos con la basura municipal.

    VI. Atribución a la Secretaría de Salud.

    Corresponde a la Secretaría de Salud regular y vigilar el equipamiento, instalación y funcionamiento de los servicios médicos que son los principales generadores de los RPBI's, por ello participa complementariamente con la SEMARNAT en la regulación y vigilancia de la norma, para lo cual se estableció en el cuerpo de la misma, la disposición de crear las Bases de Colaboración que firmarán ambas dependencias y que serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación, en las que se especificarán los puntos de la norma que vigilarán cada una de ellas.

    Para consultar la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002, haga click aquí.

    Si desea conocer empresas especializadas en el manejo, tratamiento y disposición de residuos peligrosos, haga click aquí.

    Cortesía de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios

     

    23-12-2005
    Evaluación de impacto ambiental
    Evaluación de Impacto Ambiental

    La Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), es uno de los instrumentos de la política ambiental con aplicación específica e incidencia directa en las actividades productivas, que permite plantear opciones de desarrollo que sean compatibles con la preservación del medio ambiente y la conservación de los recursos naturales. A lo largo de las dos últimas décadas ha logrado constituirse en una de las herramientas esenciales para prevenir, mitigar y restaurar los daños al medio ambiente y a los recursos renovables del país y ha evolucionado con el propósito de garantizar un enfoque preventivo que ofrezca certeza pública acerca de la viabilidad ambiental de diversos proyectos de desarrollo.

    La evaluación del impacto ambiental tiene sus bases jurídicas en las disposiciones que al respecto establece la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), la cual considera como instrumentos de la política ambiental a los siguientes:

    · Planeación ambiental
    · Ordenamiento ecológico del territorio
    · Instrumentos económicos
    · Regulación ambiental de los asentamientos humanos
    · Evaluación del impacto ambiental
    · Normas oficiales mexicanas en materia ambiental
    · Autoregulación y auditorías ambientales
    · Investigación y educación ecológicas

    La LGEEPA define en su artículo 3° al impacto ambiental como la "modificación del ambiente ocasionada por la acción del hombre o la naturaleza". Por otra parte la misma ley apunta en su artículo 28 que "es el procedimiento a través del cual la Secretaría (del Medio Ambiente y Recursos Naturales) establece las condiciones a que se sujetará la realización de obras y actividades que puedan causar desequilibrio ecológico o rebasar los límites y condiciones establecidos en las disposiciones aplicables para proteger el ambiente y preservar y restaurar los ecosistemas, a fin de evitar o reducir al mínimo sus efectos negativos sobre el ambiente".

    La EIA está dirigida a efectuar análisis detallados de diversos proyectos de desarrollo y del sitio donde se pretenden realizar, con el propósito de identificar y cuantificar los impactos ambientales que puede ocasionar su ejecución. De esta manera es posible establecer la factibilidad ambiental del proyecto (análisis costo beneficio ambiental) y, en su caso, determinar las condiciones para su ejecución y las medidas de prevención y mitigación de los impactos ambientales que será necesario tomar para evitar o reducir al mínimo los efectos negativos sobre el ambiente.

    Entre las principales características de la EIA, están las siguientes:

    · Es un instrumento que tiene un carácter prevetnivo
    · Se aplica e obras o actividades humanas
    · Su objetivo es prevenir los efectos negativos sobre la salud humana y el medio ambiente que pudieran derivarse del desarrollo de una obra o actividad
    · Basa su efectividad en un análisis prospectivo-predictivo
    · Establece regulaciones a las obras o actividades sujetas a evaluación
    · Es un procedimiento integrador de diversas disciplinas científicas

    Aunque este instrumento de la política ambiental es realtivamente nuevo, con el tiempo ha sufrido modificaciones de índole técnica, administrativa, jurídica y conceptual. También ha ido cambiando en forma sustancial su importancia dentro del esquema general de protección de los recursos naturales de México, lo cual se refleja en la estructura de los organismos que han sido responsables de aplicarlo. En la actualidad la Dirección de Impacto Ambiental adscrita a la Dirección General de Ordenamiento Ecológico e Impacto Ambiental, del Instituto Nacional de Ecología es la dependencia de la administración pública federal responsable de la ejecución de la EIA.

    Es necesario destacar que este instrumento no funciona de manera aislada. Por el contrario, está sujeto a las disposiciones que se derivan de la LGEEPA a través de otros instrumentos de la política ambiental, como puede ser la planeación ambiental, el ordenamiento ecológico del territorio o las normas oficiales mexicanas en materia ambiental.

    Las actividades, proyectos, programas y/o emprendimientos deben presentar junto con el Manifiesto de Impacto Ambiental (MIA), el Estudio Técnico de Impacto Ambiental, firmado por un profesional inscrito en el rubro referido a los consultores y profesionales en Auditorias y Estudios Ambientales, quien es responsable por la veracidad de lo expresado en dicho estudio. En los casos de estudios Técnicos de Impacto Ambiental realizados con la participación de una empresa consultora, los mismos deben estar firmados por el responsable técnico y legal de la misma, quien asume la responsabilidad de la veracidad de la documentación presentada.

    La EIA es aplicable a proyectos, planes urbanísticos y planes y programas de infraestructuras físicas. Se valora los efectos directos e indirectos de cada propuesta sobre los sistemas naturales y sociales-ciudadanos, la fauna, flora, suelo, aire, agua, clima, paisaje y la estructura y función de los ecosistemas posiblemente afectados.

    Se estiman los efectos sobre los bienes materiales, el patrimonio cultural, las relaciones sociales y las condiciones de bienestar común, como ruidos, vibraciones, olores y emisiones luminosas, y la de cualquier otra incidencia ambiental relevante derivada del desarrollo de dicha acción.

    Se elabora un dictamen sobre efectos y las consecuencias de opciones estratégicas. También sobre el impacto de derivaciones previsibles sin necesidad de plan o proyecto porsterior sometido a evaluación. El MIA, debe establecer las condiciones específicas para la prevención ambiental de las actuaciones posteriores.

    Los proyectos que deberán someterse a una EIA, será cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso, a través de una decisión motivada y pública. Esta decisión deberá estar basada en función de la naturaleza del proyecto, su ubicación y las características del potencial impacto.

    Deberán someterse a una EIA los proyectos, públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en los sectores comprendidos dentro de los siguientes grupos:

    · Agricultura, silvicultura, acuicultura y ganadería: Repoblaciones forestales, transformación de usos del suelo, concentraciones parcelarias, instalaciones ganaderas y de acuicultura.
    · Industria extractiva: Explotaciones a cielo abierto de yacimientos minerales y demás recursos geológicos, minería subterránea, dragados y extracción de petróleo.
    · Industria energética: Refinerías de petróleo bruto, centrales térmicas y nucleares, instalaciones para la producción de electricidad, vapor y agua caliente, tuberías para el transporte de gas y petróleo, parques eólicos.
    · Industria siderúrgica y del mineral: Producción y elaboración de metales (amianto, hierro, acero, fabricación de materiales plásticos de cemento y vidrio y productos cerámicos).
    · Industria química, petroquímica, textil y papelera: Incluye curtidos de pieles y cuero, pasta de papel y cartón, tratamiento de celulosa, etcétera.
    · Industrias de productos alimenticios: Incluye las instalaciones para el sacrificio de animales.
    · Proyectos de infraestructuras: Carreteras, con modificaciones y ampliaciones, ferrocarriles de largo recorrido, aeropuertos, puertos comerciales, pesqueros y deportivos, obras costeras destinadas a combatir la erosión y obras que pueden alterar la costa: diques, espigones, pantalanes.
    · Proyectos de ingeniería hidráulica y de gestión del agua: Presas, extracción de aguas subterráneas, trasvases, acueductos de larga distancia, plantas de tratamiento de aguas residuales.
    · Proyectos de tratamiento y gestión de residuos: Instalaciones de tratamiento o eliminación de residuos peligrosos, instalaciones de eliminación de residuos no peligrosos mediante incineración o tratamiento químico y vertederos que reciban más de 10 toneladas por día o que tengan una capacidad de más de 25.000 toneladas, excluidos los vertederos de inertes y de materiales de construcción.
    · Otros proyectos como instalaciones de energía hidroeléctrica, aeródromos, urbanizaciones y complejos hoteleros, pistas de esquí, remontes y teleféricos, parques temáticos y vertederos de residuos no peligrosos, de inertes y de materiales de construcción

    Fuentes:

    http://www.ine.gob.mx/ueajei/publicaciones/consultaPublicacion.html?id_pub=255
    http://www.ine.gob.mx/enautica/download_colmex/cap5.pdf
    http://www.buenosaires.gov.ar/areas/med_ambiente/pol_ambiental/evaluacion.php?menu_id=10753

     

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