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ELEMENTOS DE SEGURIDAD *

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    Argentina FERRETERIA INDUSTRIAL INDUPAT Elementos de seguridad Doctor Cayelli 24 Col.
    0 Comodoro Rivadia, Chubut
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    Argentina GOMA 2000 Elementos de seguridad industrial J.F. Seguí 1339 Col.
    2000 Rosario, Santa Fe
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    Argentina PSI Elementos de seguridad industrial Italia 2235 Col.
    0 Rosario, Santa Fe
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    Argentina SEGUMAT Elementos de seguridad industrial, Elementos para seguridad industrial Carhué 2031/33 Col.
    1440 Buenos Aires, Bs. As.
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    Argentina SEGURIDAD ROMA Elementos de seguridad craneana, Elementos de seguridad visual México 6307 Col.
    1765 I. Casanova, Bs. As.
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    Argentina Establecimientos Metalúrgicos RVC ELEMENTOS DE SEGURIDAD EN MAQUINARIA INDUSTRIAL Calle 150 Nº 1547 (B1653 GIG) Col.Villa Ballester
    0 Buenos Aires, Buenos Aires
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    Argentina Endress Hauser Argentina Elementos de seguridad y servicio post - venta Av. Franklin D. Roosevelt 5318 Col.Ciudad Autonoma de Buenos Aire
    1431 Argentina, Buenos Aires
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    México Productos Tecnoquimicos Dorubiel Rosales analizadores de elementos Profesa No. 77 Col.Santa Mónica
    54057 Tlanepantla, Edo. de Méx.
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    México Metalúrgica Colla elementos separadores, elementos generadores de presion, elementos aportadores de solido, Elementos separadores para inyectoras Lago Meru 70 Depto. 301 Col.Granada
    0 D.F, Mexico
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    México Citroaromas y Sabores Del Centro elementos dispersados Calle Magnolia Andador 4 No.6 Col.Fracc. Los Morales
    54800 México, Edo. de Méx.
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    México Eurohydraulics elementos filtrantes, elementos logicos Leopoldo Blackaller No. 150 Col.Ampl. San Pedro Xalpa
    02710 México, D.F.
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    México Ingenieria en Lubricación y Sist. Auto. elementos de reemplazo, elementos filtrantes Viveros de Asís No. 30 Interior C Col.Viveros de la Loma
    54080 Tlanepantla, Edo. de Méx.
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    México Clarimex Elementos Filtrantes Calle Dos No.18 Col.San Lorenzo
    54030 México, Edo. de Méx.
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    Italia Industria Macchine Automatiche punzones en 2 dos elementos Via 1 Maggio 14 Col.Ozano Emilia (bologna)
    05 Italiia, Italia
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    Argentina Distribuidora del Plata Elementos de Limpieza Barrio Camareno- Libertador San Martiín entre Rios Col.na
    3103 na, na
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    3573 sello termoencogible 250000 Unidad
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    México tamaulipas soporte tecnico
    4226 bicarbonato amonio 1 TM
    Anual
    Colombia CUNDINAMARCA COORDINADOR DE CALIDAD
    4452 VALVULAS DE SEGURIDAD 100 Unidad
    Anual
    México JALISCO GERENTE GENERAL NECESITO INFORMACION Y COTIZACION DE VALVULAS DE SEGURIDAD DE 20KG/CM2 PARA TANQUE ...
    5084 Terpeno de Naranja 0 TM
    Anual
    México México Gerente de Producto
    5978 Isobutil Xantato Sodio 24 TM
    Anual
    Chile Chile Asesor en Emergencia Se rquiere información para establecer Plnes de Emergencias y Protección Contra Incendio ...
    6095 Cintas de seguridad 20000 Unidad
    Anual
    Ecuador SOLTERO DEPARTAMENTO TÉCNICO Y POST-SERVICIOS Buscamos proveedor
    6711 VALVULA DE SEGURIDAD DE 102 MM TIPO MULTIPORT 1 Unidad
    Anual
    México MICHOACAN ENcargada de ventas NECESITO TAMBIEN UN INDICADOR DE NIVEL. MANÓMETRO TERMOMETRO, ESTOS 2 ULTIMOS PARA UN TANQUE ...
    7971 PRECINTOS PLASTICO DE SEGURIDAD 300 Unidad
    Anual
    México DISTRITO FEDERAL ASISTENTE DE DIRECCION
    8143 nonilfenol etoxilado 6 M 20 TM
    Anual
    Ecuador Pichincha JEFE CONTROL DE CALIDAD Favor enviar hoja técnica y hoja de seguridad del producto
    8204 aceite dielectrico 9 TM
    Anual
    Venezuela bolivar presidente

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    México Elementos de Control COMONFORT 106-D Col.BARRIO SAN LUCAS
    09000 MEXICO, DISTRITO FEDERAL
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    México Mundo de la Seguridad Ernesto P. Uruchurto No. 66-C Col.Olivar del Conde
    01408 México, D.F.
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    Venezuela Químicos de Seguridad Torre Phelps, Plaza Venezuela, Piso 21, Oficina A. Col.
    Caracas.,
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    México As Cinturones de Seguridad Calle 16 Av. 6 y 10 Col.Parque Industrial
    84200 Agua Prieta, Son.
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    México Seguridad Industrial GC Jesus Rocha No.111 Interior 1 Col.Olivar del Conde
    0 df, df
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    México Articulos de Seguridad y Protección Retorno 53 No. 3 Col.Avante coyoacan
    04460 México, D.F.
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    México Martz Seguridad Industrial Col.desconocido
    00000 México, México
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    México Reactivos y Seguridad Industrial Col.
    0 Tamaulipas, Tampico
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    México Sistemas de Seguridad Industrial ND Col.ND
    0 MEXICO, MÉXICO
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    México Mopi Protección y Seguridad Industrial na Col.na
    000na México, D.F.
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    Material Medico Hospitalario Descartable 13603 Estados Unidos Florida 1e+07 Unidad Food & Drug Administration Approved 0.03 Somos fabricantes de descartables Medicos. Nuestras jeringas mantienen Certificaciones ...
    ROPA PARA SEGURIDAD Y PROTECCION RADIOLOGICA 11302 México COAH 10000 Unidad Norma oficial mexicana 1800 SOMOS FABRICANTES Y ASESORES ESPECIALIZADOS EN RADIACION ,FABRICAMOS TAMBIEN A ESPECIFICACION ...

       
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    05-Septiembre-2006
    Ashland cierra venta de APAC a Oldcastle Materials
      
         Fuente:  PRNewswire-FirstCall

    Air Products anunció que John E. McGlade, actualmente V.P. responsable de operaciones químicas de Air Products, ha sido nombrado presidente y COO, efectivo el primero de octubre del 2006. Mark L. Bye, actualmente V.P. responsable de las operaciones de equipo y gases de la compañía, ha decidido dejar Air Products para desarrollar otras oportunidades.

    Air Products también realineará su estructura organizacional siguiendo los planes previamente anunciados para vender sus operaciones de aminas y polímeros de emulsión.

    Debido a esto, Air Products anunció que planea vender el negocio de aminas a Taminco (Gant, Bélgica), un productor de metilaminas y derivados. Los términos no fueron divulgados. Los negocios restantes de Air Products serán agrupados en cuatro divisiones: Energía, Industrias de Proceso y Equipo; Gases mercantiles; Materiales de Electrónica y de desempeño; y Cuidado de la Salud. Las cuatro unidades reportarán a McGlade, junto con las operaciones globales; ambiental, salud, seguridad y calidad; y dirección regional.

     

    05-Septiembre-2006
    Air Products reestructura su dirección y vende negocio de aminas a Taminco
      
         Fuente:  QuimiNet

    Air Products anunció que John E. McGlade, actualmente V.P. responsable de operaciones químicas de Air Products, ha sido nombrado presidente y COO, efectivo el primero de octubre del 2006. Mark L. Bye, actualmente V.P. responsable de las operaciones de equipo y gases de la compañía, ha decidido dejar Air Products para desarrollar otras oportunidades.

    Air Products también realineará su estructura organizacional siguiendo los planes previamente anunciados para vender sus operaciones de aminas y polímeros de emulsión.

    Debido a esto, Air Products anunció que planea vender el negocio de aminas a Taminco (Gant, Bélgica), un productor de metilaminas y derivados. Los términos no fueron divulgados. Los negocios restantes de Air Products serán agrupados en cuatro divisiones: Energía, Industrias de Proceso y Equipo; Gases mercantiles; Materiales de Electrónica y de desempeño; y Cuidado de la Salud. Las cuatro unidades reportarán a McGlade, junto con las operaciones globales; ambiental, salud, seguridad y calidad; y dirección regional.

     

    29-Agosto-2006
    Eastman en el Seminario Técnico de la Industria de Adhesivos
      
         Fuente:  Boletin de Prensa Eastman Chemical Company

    En el marco del Seminario Técnico de la Industria de Adhesivos, en la que Eastman Chemical Company, en coordinación con Chemcentral y Kraton, se convocarón a productores mexicanos a generar intercambios al respecto de las propiedades que deben combinarse en la producción de formulaciones adherentes eficientes.

    En la inauguración de estas conferencias, el Lic. Leopoldo Aristoy, Director de Chemcentral de México y el Ing. Manuel Hernández, Director de Ventas y Representante en Latinoamérica de Eastman Chemical Company , agradecieron a los asistentes su participación en este seminario organizado por las compañías líderes en el mercado y señalaron: “estos encuentros están diseñados para proporcionarles la mejor y más actualizada información que les permita mejorar la calidad y eficiencia de sus formulaciones adhesivas; con ello, continuaremos creciendo en competitividad”.

    Gary R. Robe, Representante Técnico Principal de la División de Adhesivos de Eastman Chemical Company, inició las exposiciones describiendo las dos causas que intervienen en el funcionamiento de un adhesivo: la viscoelasticidad que facilita el contacto profundo entre el adhesivo y el sustrato por un lado, y por otro, los esfuerzos intermoleculares que producen el enlace.

    Apuntó que mientras los adhesivos líquidos fluyen antes de la solidificación por enfriamiento, evaporación del solvente o reacción química, los adhesivos sensibles a presión se conforman a las irregularidades de la superficie para humectarla. Los asistentes mostraron especial interés en el Análisis Dinámico Mecánico como un método eficiente para recabar información sobre la manera en que responden los materiales a los esfuerzos intermoleculares sometidos a diversas temperaturas y así se determine el balance viscoelástico del sistema y se proceda a seleccionar el taquificante adecuado y su concentración óptima para cada superficie.

    “La industria adhesiva está creciendo en México, pero además, mi experiencia me indica que hay mucha capacidad para desarrollar nuevas formulaciones localmente; el año pasado, con las restricciones en el suministro de isopreno y otras materias primas, las industrias mexicanas fueron muy diligentes en encontrar cómo sustituir elementos para alcanzar los mejores resultados con aquello que tenían disponible”, agregó Gary R. Robe.

    Los fabricantes más importantes de adhesivos en México que asistieron a este seminario coincidieron en señalar que la integración de esfuerzos de empresas complementarias para ofrecer alternativas de producción está rindiendo importantes frutos en productividad y conocimiento del mercado. “Son experiencias que nos enriquecen a todos; nos llevamos buenas ideas sobre cómo abastecernos para generar mejores utilidades”.

    Por parte de Kraton, la conferencista Lydia Salazar, Asociada Técnica Senior comentó: “estoy muy impresionada por la manera en la que los industriales piensan mejorar sus productos y diferenciarlos de la competencia; el realizar este tipo de eventos desarrolla mejores relaciones comerciales, permite el contacto directo con los clientes y ayuda a los participantes a entender nuestros productos y su uso”.

     

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    28-08-2006
    ¿Cómo preservar la calidad y seguridad de los alimentos?
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia, Farmacéutica | Productos y Servicios relacionados: Material y Equipo de Laboratorio

    ¿Cómo preservar la calidad y seguridad de los alimentos?

    Los alimentos, en general son perecederos, por lo que deben ser manejados de manera especial. La principal causa de deterioro que sufren los alimentos, es el ataque por diferentes tipos de microorganismos (bacterias, levaduras y mohos).

    Esto incide en la economía de los fabricantes, distribuidores y consumidores, debido al deterioro de materias primas y productos elaborados antes de su comercialización, después de su adquisición y antes de su consumo.

    Una solución efectiva para que los alimentos se mantengan en buen estado y sean de consumo permanente es mediante el uso de técnicas de conservación. El frío es el procedimiento más seguro de conservación. La congelación previene y detiene la formación de microorganismos, conservando los alimentos en buen estado durante largo tiempo.

    El proceso de congelación fue utilizado comercialmente por primera vez en 1842, pero la conservación de alimentos a gran escala por congelación comenzó a finales del siglo XIX con la aparición de la refrigeración mecánica.

    La congelación conserva los alimentos impidiendo la multiplicación de los microorganismos, retrasando el deterioro y prolongando su seguridad. En si, la congelación consiste en someter los alimentos a la acción de bajas temperaturas, para reducir o eliminar la actividad microbiana y enzimática. Durante el período de conservación, la temperatura se mantiene uniforme de acuerdo con las exigencias y tolerancias permitidas para cada producto.

    La industria de la alimentación ha desarrollado cada vez más las técnicas de congelación para una gran variedad de alimentos: frutas, verduras, carnes, pescados y alimentos precocinados de muy diversos tipos. Con el fin de detener la vida orgánica, los alimentos se someten a un enfriamiento muy rápido, a temperaturas de -30ºC (en congeladores industriales llega hasta -40ºC), con el fin de que no se lleguen a formar macrocristales de hielo que romperían la estructura y apariencia del alimento.

    Con frecuencia y de forma eficiente, los alimentos envasados al vacío pueden conservarse durante meses en cámaras de congelación a temperaturas de -18 a -20ºC, manteniendo su aspecto, valor nutritivo y contenido vitamínico.

    DYMTEC, Instalaciones Frigoríficas Integrales, es una empresa con amplía experiencia en soluciones para el sector de frío industrial, trabajando para industrias como la alimenticia, farmacéutica, laboratorios de análisis y todo lo que tenga que ver con el frío industrial.

    Dentro de los productos destacados que ofrece DYMTEC, se encuentran las cámaras de congelación, que seguramente le serán de gran ayuda para mantener los alimentos en excelentes condiciones, ofreciendo asesoría y consultoría para cámaras de congelación.

    Haga clic aquí para llenar el formato de contacto y obtener más información sobre las cámaras de congelación.

    Si desea conocer más de DYMTEC, y sus productos especializados en frío industrial, visite su showroom aquí.

     

    15-02-2006
    La congelación de los alimentos para preservar su calidad y seguridad
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia |

    La congelación de los alimentos para preservar su calidad y seguridad


    Desde la introducción de los alimentos congelados en los años treinta, cada vez se encuentra en los supermercados una mayor variedad de estos productos, desde verduras y hierbas congeladas hasta comidas precocinadas o fabulosos helados. En este artículo, Food Today analiza el proceso de congelación, su papel en la conservación de los alimentos, y el carácter práctico y variado de los productos congelados.

    La utilización del frío para conservar los alimentos data de la prehistoria; ya entonces, se usaba nieve y hielo para conservar las presas cazadas. Se dice que Sir Francis Bacon contrajo una neumonía, que acabaría con su vida, tras intentar congelar pollos rellenándolos de nieve. Sin embargo, hubo que esperar hasta los años treinta para asistir a la comercialización de los primeros alimentos congelados, que fue posible gracias al descubrimiento de un método de congelación rápida.

    ¿Por qué la congelación conserva los alimentos y los mantiene seguros?
    La congelación retrasa el deterioro de los alimentos y prolonga su seguridad evitando que los microorganismos se desarrollen y ralentizando la actividad enzimática que hace que los alimentos se echen a perder. Cuando el agua de los alimentos se congela, se convierte en cristales de hielo y deja de estar a disposición de los microorganismos que la necesitan para su desarrollo. No obstante, la mayoría de los microorganismos (a excepción de los parásitos) siguen viviendo durante la congelación, así pues, es preciso manipular los alimentos con cuidado tanto antes como después de ésta.

    ¿Qué efecto tiene la congelación en el contenido nutricional de los alimentos?
    La congelación tiene un efecto mínimo en el contenido nutricional de los alimentos. Algunas frutas y verduras se escaldan (introduciéndolas en agua hirviendo durante un corto periodo de tiempo) antes de congelarlas para desactivar las enzimas y levaduras que podrían seguir causando daños, incluso en el congelador. Este método puede provocar la pérdida de parte de la vitamina C (del 15 al 20%). A pesar de esta pérdida, las verduras y frutas se congelan en condiciones inmejorables poco después de ser cosechadas y generalmente presentan mejores cualidades nutritivas que sus equivalentes "frescas". En ocasiones, los productos cosechados tardan días en ser seleccionados, transportados y distribuidos a los comercios. Durante este tiempo, los alimentos pueden perder progresivamente vitaminas y minerales. Las bayas y las verduras verdes pueden perder hasta un 15% de su contenido de vitamina C al día si se almacenan a temperatura ambiente.

    En el caso de la carne de ave o res y el pescado congelados, prácticamente no se pierden vitaminas ni minerales debido a que la congelación no afecta ni a las proteínas, ni a las vitaminas A y D, ni a los minerales que ellos contienen. Durante su descongelación, se produce una pérdida de líquido que contiene vitaminas y sales minerales hidrosolubles, que se perderán al cocinar el producto a no ser que se aproveche dicho líquido.

    ¿Existe algún alimento que no debería congelarse?
    La congelación puede dañar a algunos alimentos debido a que la formación de cristales de hielo rompe las membranas celulares. Este hecho no tiene efectos negativos en términos de seguridad (de hecho, también mueren células bacterianas), sin embargo, el alimento queda menos crujiente o firme. Entre los alimentos que no resisten a la congelación se encuentran las verduras para ensaladas, los champiñones y las bayas.

    Los alimentos con mayor contenido de grasa, como la nata y algunas salsas, tienden a cortarse cuando se congelan.

    La congelación comercial es más rápida, gracias a lo cual los cristales de hielo que se forman son más pequeños. De esta forma, se reduce el daño ocasionado a las membranas celulares y se preserva aún más la calidad.

    ¿Durante cuánto tiempo podemos conservar los alimentos en el congelador?
    Los alimentos pueden permanecer en un congelador doméstico entre 3 y 12 meses con toda seguridad y sin que su calidad se vea afectada. El tiempo varía dependiendo del alimento en cuestión; es conveniente seguir las indicaciones de la etiqueta del producto.

    CONSEJOS PARA CONGELAR

    • Los congeladores deben estar siempre a -18°C o menos.
    • A diferencia de los frigoríficos, los congeladores funcionan mejor cuando están llenos y sin mucho espacio entre los alimentos.
    • Es importante proteger los alimentos para evitar quemaduras de congelación utilizando bolsitas especiales y recipientes de plástico.
    • No introduzca alimentos calientes en el congelador ya que aumentaría la temperatura del congelador afectando negativamente a otros alimentos. Deje enfriar los alimentos antes de congelarlos.
    • Asegúrese de que los alimentos congelados se hayan descongelado por completo antes de cocinarlos. Los alimentos que se han congelado y descongelado nunca deben volver a congelarse.

    Si desea contactar a empresas proveedoras de equipos para congelación de alimentos haga click aquí

    Fuente: www.eufic.org

     

     

     

    01-05-2005
    NOM-019-STPS-2004 CONSTITUCION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Plásticos |

    Esta Norma entra en vigor el día 5 de marzo de 2005,

    CARLOS MARÍA ABASCAL CARRANZA , Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 16 y 40, fracciones I  y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 512, 523, fracción I, 524 y 527 último párrafo de la Ley Federal del Trabajo; 3º, fracción  XI, 38, fracción II, 40, fracción VII, 41, 43 al 47 y 52 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal  sobre Metrología y Normalización; 3º, 4º, 123 al 126 y 130  del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo; 3º, 5º y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y

    CONSIDERANDO

    Que con fecha 22 de octubre de 1997 fue publicado en el Diario Oficial de Federación  el Acuerdo por el que se modifica en forma integral la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-1993, Relativa a la constitución, registro y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, para quedar como sigue: Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-1993, Constitución y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo;

    Que esta Dependencia a mi cargo, con fundamento en el artículo cuarto transitorio, primer párrafo del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 1997, ha considerado necesario realizar diversas modificaciones a la referida Norma Oficial Mexicana, las cuales tienen como finalidad adecuarla a las disposiciones establecidas en el ordenamiento reglamentario mencionado;

    Que con fecha 29 de julio de 2003, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 46, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social presentó ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Anteproyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM‑019‑STPS‑1993, y que el citado Comité lo consideró correcto y acordó que se publicara como proyecto en el Diario Oficial de la Federación;

    Que con objeto de cumplir con lo dispuesto en los artículos 69-E y 69-H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el Anteproyecto correspondiente fue sometido a la consideración de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, la que dictaminó favorablemente en relación al mismo;

    Que con fecha 27 de mayo de 2004, en cumplimiento del Acuerdo del Comité y de lo previsto en el artículo 47, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM‑019‑STPS‑1993, Constitución y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, para quedar como NOM-019-STPS-2003, Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, a efecto de que, dentro de los siguientes 60 días naturales a dicha publicación los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo;

    Que habiendo recibido comentarios de cinco promoventes, el Comité referido procedió a su estudio y resolvió oportunamente sobre los mismos, publicando esta Dependencia las respuestas respectivas en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2004  en cumplimiento a lo previsto por el artículo 47, fracción III, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización;

    Que derivado de la incorporación de los comentarios presentados al proyecto de NOM-019-STPS-2003, Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, así como de la revisión final del propio proyecto, se realizaron diversas modificaciones con el propósito de dar congruencia jurídica y certeza en cuanto a las disposiciones que aplican para las comisiones de seguridad e higiene, tomando en consideración desde luego, los principios de mejora regulatoria y simplificación administrativa, y

    Que en atención a las anteriores consideraciones y toda vez que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo otorgó la aprobación respectiva, se expide la siguiente:

    NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-019-STPS-2004, CONSTITUCIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO.

    Índice

    1. Objetivo
    2. Campo de aplicación
    3. Definiciones
    4. Obligaciones del patrón
    5. Obligaciones de los trabajadores
    6. Constitución
    7. Organización
    8. Funcionamiento
    9. Asuntos no previstos
    10. Procedimiento para la evaluación de la conformidad

    Apéndice A.  Datos mínimos que debe contener el acta de constitución de la comisión
    Apéndice B.  Datos mínimos que debe contener el acta de verificación
    Apéndice C. Dictamen de verificación de la NOM-019-STPS-2004, Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo

    11. Vigilancia
    12. Concordancia con normas internacionales
    13. Bibliografía

    Transitorio

    Guía de referencia. Información mínima para la investigación de causas de accidentes y enfermedades de trabajo

    1. Objetivo

    Establecer los lineamientos para la constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.

    2. Campo de aplicación

    La presente Norma rige en el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo.

    3. Definiciones

    Para efectos de la presente Norma se establecen las siguientes definiciones:

    a)  Accidente de trabajo: es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste;

    b)  Actos inseguros: son las acciones realizadas por el trabajador, que omite o viola el método o medidas aceptadas como seguras;

    c)  Autoridad del trabajo; Autoridad laboral: son las unidades administrativas competentes de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, que realizan funciones de inspección en materia de seguridad e higiene de trabajo, y las correspondientes de las entidades federativas y del Distrito Federal que actúen en auxilio de ellas;

    d)  Actividades peligrosas: es el conjunto de tareas derivadas de los procesos de trabajo, que generan condiciones inseguras y sobre exposición a los agentes físicos, químicos o biológicos, capaces de provocar daño a la salud de los trabajadores o al centro de trabajo;

    e)  Centro de trabajo: todo aquel lugar, cualquiera que sea su denominación, en el que se realicen actividades de producción, de comercialización o de prestación de servicios, o en el que laboren personas que estén sujetas a una relación de trabajo;

    f)  Condiciones inseguras: son las situaciones o circunstancias peligrosas que derivan de los elementos que conforman el medio ambiente laboral y pueden hacer posible la ocurrencia de un accidente, enfermedad de trabajo o daño material;

    g)  Condiciones peligrosas: son aquellas que pueden provocar un incidente, accidente o una enfermedad de trabajo;

    h)  Enfermedad del trabajo: es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. Serán consideradas, en todo caso, enfermedades de trabajo, las consignadas en la Tabla del artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo;

    i)  Incidente: acontecimiento no deseado que ocasiona o puede ocasionar daños al proceso, maquinaria, equipo y/o a las instalaciones del centro de trabajo, pero que en circunstancias diferentes, podría haber derivado en lesiones para las personas y que requiere ser investigado para considerarlo en la adopción de medidas preventivas;

    j)  Ley: Ley Federal del Trabajo;

    k)  Reglamento: Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo;

    l)  Riesgos de trabajo: son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo de su trabajo;

    m)  Sindicato: el sindicato titular del contrato colectivo de trabajo o administrador del contrato ley, y

    n)  Verificación: la constatación ocular y documental del cumplimiento del Reglamento y de las normas de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo.

    4. Obligaciones del patrón

    4.1  Mostrar a la autoridad del trabajo, cuando ésta así lo solicite, los documentos que la presente Norma le obligue a elaborar o poseer.

    4.2  Participar en la constitución, organización y funcionamiento de la comisión.

    4.3  Vigilar el funcionamiento de la comisión.

    4.4  Proporcionar a los integrantes de la comisión la capacitación y adiestramiento en materia de seguridad e higiene necesarios para el adecuado ejercicio de sus funciones, de acuerdo con un programa que para tal efecto se establezca y donde se incluya al menos: nombre del tema, nombre del participante, nombre y firma de quien autoriza, fecha en que se realizará, y si es el caso, firma del instructor. Esta capacitación y adiestramiento debe otorgarse por lo menos una vez por año.

    4.5  Atender las recomendaciones sobre las medidas preventivas de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo que le señale la comisión, de acuerdo a las actas de verificación que ésta levante y a las que se deriven de la investigación de las causas de los riesgos de trabajo.

    4.6  Dar facilidades y permisos necesarios a los integrantes de la comisión para el desempeño de sus funciones.

    4.7  Proporcionar a la comisión, la información que le solicite sobre los procesos de trabajo, las materias primas y sustancias utilizadas en los mismos, los incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo, así como el resultado de las investigaciones practicadas con motivo de los riesgos de trabajo.

    4.8  Si no hubiera sindicato, requerir a los trabajadores para que nombren a sus representantes en la comisión.

    4.9  Difundir, fijar y mantener en lugar(es) visible(s) del centro de trabajo la relación actualizada de los integrantes de la comisión, precisando el puesto, turno y área de trabajo de cada uno de ellos, así como los resultados de las investigaciones de las causas de los riesgos de trabajo ocurridos y las medidas preventivas dictadas a fin de evitar su recurrencia.

    5. Obligaciones de los trabajadores

    5.1  Designar a los representantes que integrarán la comisión, a través del sindicato, seleccionándolos formalmente mediante consulta entre los trabajadores del centro de trabajo. A falta de sindicato, la mayoría de los trabajadores realizarán la designación respectiva.

    5.2  Participar como miembros de la comisión, cuando sean designados y apoyar el funcionamiento de la misma proporcionándole información sobre condiciones peligrosas y actos inseguros que existan en el centro de trabajo y la requerida para la investigación de las causas de accidentes y enfermedades de trabajo.

    5.3  Atender las recomendaciones sobre las medidas preventivas de seguridad e higiene en el trabajo que les señale la comisión, de acuerdo a las actas de verificación que ésta levante conforme a la normatividad y experiencias técnicas en la materia.

    5.4  Asistir a cursos, talleres, diplomados o cualquier otro medio de capacitación o adiestramiento que en materia de salud, seguridad e higiene se imparta, de conformidad con el programa que al efecto se establezca de manera conjunta por quienes integran la comisión.

    6. Constitución

    6.1  Las comisiones deben integrarse en los centros de trabajo en un plazo no mayor de treinta días hábiles, a partir de la fecha de iniciación de actividades, y éstas deben contar con su acta de constitución en aquellos centros de trabajo que ya se encuentren laborando y mostrarla a la autoridad laboral cuando se los requiera.

    6.2  El patrón debe formalizar la constitución de la comisión en sesión con los miembros que se hayan seleccionado y con la representación del sindicato, si lo hubiera. En esta sesión se levantará el acta de integración correspondiente que debe contener como mínimo la información que se enuncia en el Apéndice A. Esta acta debe ser exhibida cuando la autoridad laboral así lo requiera.

    6.3  De la integración.

    6.3.1 Integrar una comisión de seguridad e higiene por cada centro de trabajo.

    6.3.1.1 La comisión de seguridad e higiene debe integrarse de la siguiente manera:

    a)  en el caso de que el centro de trabajo cuente con menos de 15 trabajadores, la comisión de seguridad e higiene debe estar integrada por un trabajador y por el patrón o su representante, y asumirán las funciones y responsabilidades establecidas en la presente Norma;

    b)  para el caso de que el centro de trabajo cuente con 15 trabajadores o más, la comisión de seguridad e higiene debe estar integrada, invariablemente, por un coordinador y un secretario, así como por los vocales que acuerden el patrón o sus representantes, y el sindicato o el representante de los trabajadores cuando no exista la figura sindical, asumiendo las funciones y responsabilidades establecidas en esta norma.

    Nota.- además de la comisión de seguridad e higiene que refiere el inciso b), las empresas podrán organizarse internamente, considerando el número de trabajadores, la rama industrial, el grado de riesgo y la región geográfica, para lo cual establecerán las funciones y responsabilidades que acuerden el patrón o sus representantes y el sindicato o el representante de los trabajadores cuando no exista la figura sindical, para el cumplimiento de esta Norma.

    6.4  La representación de los trabajadores debe estar conformada por aquéllos que desempeñen sus labores directamente en el centro de trabajo y que, preferentemente, tengan conocimientos o experiencia en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo.

    7. Organización

    7.1  La comisión se organizará en los términos que señala el apartado 6.3.1.1. En caso de no existir sindicato, podrán designar el número de vocales que acuerden ambas representaciones.

    Para cumplir con las funciones que señala esta Norma, el coordinador, el secretario y los vocales recibirán capacitación, conforme a lo previsto en el Reglamento.

    7.1.1 El coordinador será responsable de:

    a)  Presidir las reuniones de trabajo de la comisión;

    b)  Dirigir y coordinar el funcionamiento de la comisión;

    c)  Integrar en el acta de verificación de la comisión, la propuesta de medidas para la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo que emitan los miembros de ella, constatando que estén sustentadas en la normatividad en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo;

    d)  Promover la participación responsable de los integrantes de la comisión y constatar que cada uno de ellos cumpla con las tareas asignadas;

    e)  Presentar al patrón la programación anual de las verificaciones, a fin de integrarlas en el programa de seguridad e higiene de la empresa o en la relación de actividades a cumplir, conforme a lo establecido en el artículo 130 del Reglamento;

    f)  Vigilar que se realicen las investigaciones de las causas de accidentes de trabajo para su análisis e integrar las conclusiones en el acta de verificación, la cual será turnada al secretario;

    g)  Elaborar al término de la verificación, conjuntamente con el secretario, el acta de verificación de la comisión, misma que será validada mediante la firma de todos los que hayan participado en la misma y entregarla al patrón de inmediato;

    h)  Participar conjuntamente con el secretario en las inspecciones de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo que practique la autoridad laboral en el centro de trabajo;

    i)  Coadyuvar con el  patrón en asesorar a los vocales y al personal de los centros de trabajo, para la detección de condiciones peligrosas presentes en su medio ambiente laboral;

    j)  Solicitar, previo acuerdo de la comisión, la sustitución de sus integrantes;

    k)  Proponer al patrón, los temas de capacitación necesarios para mejorar el desempeño de la comisión de seguridad e higiene en el trabajo.

    7.1.2 El secretario será responsable de:

    a)  Mantener bajo custodia copia del acta de constitución, y de la evidencia documental que se genere por la sustitución o cambio de algún integrante, así como de la capacitación de los integrantes de la propia comisión;

    b)  Convocar a los integrantes de la comisión para efectuar las verificaciones programadas;

    c)  Organizar y apoyar el desarrollo de las reuniones de trabajo de la comisión, de acuerdo con el coordinador;

    d)  Integrar al acta de verificación de la comisión, la relación de las violaciones a la normatividad y condiciones peligrosas encontradas en la verificación;

    e)  Integrar al acta de verificación las recomendaciones para la prevención, eliminación o reducción de condiciones peligrosas o actos inseguros que aseguren la integridad de los trabajadores y la protección del medio ambiente de trabajo e instalaciones, con fundamento en la normatividad aplicable y en experiencias operativas en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo;

    f)  Integrar al acta de verificación, los resultados de las investigaciones d