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ILUSTRACIÓN GIS PASTEL Y ÖLEO *

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Proveedores de:Ilustración Gis Pastel y öleo 

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    México iwebdesign Ilustración Gis Pastel y öleo, Ilustración Óleo Medellín No.27-19 Col.Roma Norte
    06700 Distrito Federal, D.F.
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    México Start Service GIS Poniente 112 No. 457 Col.Panamericana
    07770 D.F, Mèxico
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    México USG Mexico Gis Paseo de Tamarindos 400-B Piso 1 Col.Bosques de las Lomas
    5120 México, d.f.
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    México FERRETODO MEXICO GIS BLANCO, BOTELLA DE REPUESTO CON GIS PARA TIRALÍNEAS. TRUPER VIA MORELOS NO. 302 Col.TULPETLAC
    55400 MEXICO, ESTADO DE MEXICO
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    México Areva Subestaciones Gis 115/420 kv. Lago Victoria No. 74 Col.Granada
    11520 México, D.F.
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    México Geberit de México Gis sistema de instalación delante de la pared na Col.na
    0 D.F., México
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    México Image Unlimited Ilustración Camino Real a Cholula No.6674-20 Col.Sta. Cruz Guadalupe
    72170 San Andrés Cholula, Puebla
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    México Beimac Impresion Digital Ilustración digital Ahuejote 493 Col.Sto. Domingo Coyoacán
    32160 D.F, D.F.
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    México Graphein Bufete Creativo Ilustración tradicional, Ilustración digital Av. Sta. Úrsula No. 233-I Col.Pedregal de Sta. Úrsula
    4600 México, D.F.
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    Argentina ArgentSeal etiquetas papel ilustraciòn Gral. Nazar 373 Col.Tablada
    1766 Buenos Aires, Buenos Aires
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    Chile PINTURAS SIPA Óleo Av. Pedro Aguirre Cerda 5683 Col.Cerrillos
    0 Santiago,
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    Brasil Flor de Lis Cosmeticos Óleo de ricino nd Col.nd
    11212 nd, nd
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    Brasil Comarplast Oleo de soya hidrogenado, Oleo de palma hidrogneado, Óleo de soja hidrogenado, Óleo de palma hidrogenado Paulo Silveria costa 91 Col.Jardim Marabá
    04775-200 São Paulo, São Paulo
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    México Pinceles Razziel pinceles para oleo, pinceles para oleo joaquin de la vega mz 10 lt. 2 Col.el rosario
    09930 MEXICO DF, DF
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    Perú Pinturas Anypsa Peru Esmaltes oleo mate ND Col.ND
    0 Perú, Lima
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    2243 Gelatina alimentaria en hojas 500000 Toneladas
    Anual
    Otro director Comercial Estamos interesado en la importacion de gelatina en hojas - Proponer calidad y precios ...
    4885 tubos de plástico 50000 Piezas
    Anual
    México D.F DUEÑO
    6195 Harinas 12000 Kilogramos
    Anual
    México DF Gerente Requerimos harinas preparadas de diferentes sabores y tipos de pastel como son brownies, ...
    9022 óleo rícino 50 Kilogramos
    Anual
    Brasil Brasil Sócio-Proprietário
    9621 envasar al vacio 10000 Kilogramos
    Anual
    México españa gerente
    10258 acido sulfurico 0 Toneladas
    Anual
    México TLAXCALA DUEÑO REQUIERO INFORMACION SOBRE DISTRIBUCION, CANTIDADES EN LAS QUE SE VENDE, FORMA DE PAGO Y NORMAS ...
    11614 pectina 10 Kilogramos
    Anual
    México leon cocinero
    11687 Cajas para pasteles 500 Piezas
    Anual
    México S.L.P subgerente
    11817 Harinas Preparadas ( varios) 30 BTU
    Anual
    México D.F. propietario
    13097 cajas para pays, pasteles 1000 Piezas
    Anual
    México Morelos Dueño

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    México Grupo Internacional de Suministros Circulos No. 105 Col.Conjunto Industrial
    66001 Arco Vial García, N.L.
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    México Fersinsa Gist Brocades Calzada de las Bombas 128-2 Col.Exhacienda de Coapa
    14300 DF, D.F.
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    México GASTRONOMIA AVANZADA PASTELERIAS ORIENTE 237 NO. 161 Col.AGRICOLA ORIENTAL
    08500 MEXICO, D.F.
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    México Proteinas Energeticos y Oleos Antonio Gonzalez Mendoza # 1 Col.Viveros de Xalostoc
    55340 Estado de México, Estado de Mexico
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    México Oleofinos Mexicanos Francisco Montejano Palacios No.25 Col.La Venta del Astillero
    45220 Zapopan, Jalisco
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    España PASTELERÍA ROLDÁN Pol. Ind. Amargacena, Nave 9 Mod. 10 Col.
    14013 Córdoba, Córdoba
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    México Gist-Brocades Industrial Pharmaceutical Antoine Lavoisier 22 Col.Parque Industrial Cuamantla
    54730 Cuautitlán Izcalli, Edo. de Méx.
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    México Pastelerias San Honore Iguala No. 1612 Col.Nuevo Repueblo
    64700 Monterrey, Nuevo Leon
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    México Industrias Oleoquímicas Calle Venado #9 Col.Parque Ind. Tenango
    52300 Tenango del Valle, Edo. de Méx.
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    Argentina OLEODINAMICOS C. Castillo 3142 Col.
    0 Buenos Aires, Bs. As.
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    01-Enero-2001
    Shell encuentra óleo en la Bacia de Campos
      
         Fuente:  Intélite
    La Shell Brasil reveló que encontró indicios de petróleo en la Bacia de Campos, a 129 kilómetros del litoral de Espíritu Santo, en una profundidad de 1,924 metros. En una nota oficial, la empresa informó que ese fue el segundo de los cinco pozos en ser perforados en el bloque de exploración BC-10.

     

    23-Marzo-2005
    En el gas natural, trasnacionales se reparten el pastel geográfico
      
         Industria: Petróleo y Energía, Petroquímica
         Tipo: Reportes de resultados y acciones, Situación del mercado, Tratados comerciales
         Fuente:  La Jornada

    En la industria del gas natural la red de distribución de dicho combustible es copia fiel de lo que acontece en el sistema bancario que opera en el país: de mexicano sólo tiene el nombre, y en ambos casos casi la totalidad de los consorcios que conforman los dos sectores son extranjeros.

    • Bajo la misma figura con la que opera la Asociación de Bancos de México (ABM), la Asociación Mexicana de Gas Natural congrega a las cinco trasnacionales energéticas, y algunas empresas más, que se reparten el azucarado pastel del carburante en las 14 rebanadas geográficas de distribución en las que ha sido seccionada la república, con sus casi dos millones de clientes cautivos.

    • De las 14 rebanadas, la española Gas Natural SDG se quedó con cinco y con tres cada una la francobelga Tractebel-Suez, Gaz de France y la estadounidense Sempra Energy. Solitaria en el mercado sonorense aparece la también estadounidense KN Energy, vestida de Gas Natural del Noroeste.

    • Sempra Energy quedo con las zonas geográficas de Chihuahua, Mexicali y La Laguna-Durango en las que opera por medio de la empresa Ecogas. La española Gas Natural SDG explota una de las rebanadas más gruesas de la zona geográfica del Valle de México y las de Monterrey, Toluca, Bajío Norte y Bajío. 

    • En este reparte no podría faltar la trasnacional Tractebel, que forma parte del Grupo Suez, que opera Guadalajara, Querétaro, Río Panuco y Altamira.

    • Como en el Fobaproa, en el asunto del gas natural también se cuecen habas: En mayo de 2002 se denunció que "Héctor Olea, ex presidente de la Comisión Reguladora de Energía es ahora uno de los principales funcionarios de Tractebel, empresa que también compró los derechos de Enron para construir una planta generadora de electricidad en Monterrey; no sólo actuó en contra de la ley al aceptar un cargo en esta compañía, cuando todavía no habían transcurrido seis meses de haber dejado de ser funcionario público, sino que también aceptó otro cargo en Tractemex, empresa del mismo grupo fraco-belga.

    • Esto es un rápido vistazo a la res de distribución de gas natural en el país, una suerte de "experimento", muy lucrativo, para avanzar en la privatización del sector energético nacional, que cada vez tiene menos de mexicano.

    • Es necesario que los desesperados consumidores sepan a quién le reclaman (más allá del gobierno federal y la Comisión Reguladora de Energía) por las elevadas tarifas, pésimo servicio, recurrentes explosiones y falta de mantenimiento de las empresas "mexicanas" que distribuyen gas natural en el país.

     

    04-Diciembre-2000
    Industria del juguete, pastel mal repartido
      
         Fuente:  Intélite
    A veces perdemos de vista el cambio que se ha generado en la industria mexicana en los últimos años. Con la apertura iniciada en el segundo lustro de los 80, cuando se habló del GATT y la apertura, luego con el acuerdo comercial con EU y Canadá, y por último con la difícil experiencia de los últimos años hay industrias que se han visto en malas situaciones

    • juguete. Se estima que el 70% de las ventas totales de esta industria se genera en esta época. Tan sólo el Día de Reyes la industria del juguete logra sacar de sus almacenes el 40% de lo que es su producción anual.
    • por 1,300 mdd, lo que representa un crecimiento del 8.3% respecto del año anterior. Pero esta industria ha debido remontar la crisis y soportar una fuerte astringencia financiera.
    • 92% de la industria juguetera esta compuesto por pequeñas y medianas empresas, pues el impacto de la carencia de créditos es alto. De ahí que las empresas nacionales han perdido terreno en cuanto a su importancia en el mercado.
    • 40% de las ventas. Y debido a las carencias de apoyo el mercado externo apenas representa el 3% de su producción, principalmente de canicas y pelotas.
    • compiten con las grandes multinacionales que en consecuencia poco a poco se han venido adueñando del mercado como Mattel, Lego y Nintendo que representan más del 50% de las ventas en el sector nacional.
    • gran despliegue mercadológico, así como de desarrollo de nuevos productos. Por ejemplo, en cuanto a muñecas el producto Barbie de Mattel representa un gran rubro de ventas, lo que sumado a la importación de muñecas de China, pues han borrado del mapa al producto mexicano.
    • nacional sólo mantiene la supremacía en pelotas, canicas, coches y los juegos de mesa, como el Turista, Uno, Ajedrez. De las nacionales sólo Mi Alegría se ha preocupado por encaminar los niños a la ciencia con juegos de biología o química.
    • preferencia por los juguetes industrializados de importación, de los cuales 40% llega al mercado por las tiendas de autoservicio, el 30% por las tiendas departamentales, el 20% a través de los grandes mayoristas y 10% por puntos exclusivos.
    • competir en una condición desigual.
     

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    24-05-2006
    ¿Qué son los desmoldantes para alimentos?
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia |

    ¿Qué son los desmoldantes para alimentos?

    Los desmoldantes para alimentos se utilizan específicamente en la fabricaciones de panes y biscochos, para evitar la adherencia del producto con los moldes y las charolas

    En general los desmoldantes fungen como antiadherentes para evitar que los productos de panadería se peguen en los moldes.

    Paniplus, empresa mexicana líder en la distribución de productos para panificación ofrece entre sus productos el DEMOLPAN, producto que se presenta en cubeta de polietileno de alta densidad con 18 Kg. de contenido neto o tambores metálicos y bolsa interior de polietileno, con 180 Kg. de contenido neto.

    En el siguiente cuadro se aprecian las características, beneficios y valor obtenido del uso de antiadherentes para panificación:

    El DEMOLPAN, dada su viscosidad, puede ser aplicado manualmente, con brocha o "muñeca", o mecánicamente con engrasadoras. El molde y la brocha deben estar secos antes de su aplicación.

    Características

    Beneficios

    Valor

    Compuesto desmoldeante

    De aplicación rápida y sencilla

    Ahorro de tiempo

    Altamente efectivo

    No es necesario usar harina en los moldes

    Mejor presentación

    Manejo más higiénico que las grasas

    Mantiene los moldes limpios y libres de residuos

    Ahorros en costos de limpieza

    No produce humo

    Evita el cochambre en moldes y charolas

    Ahorros en costos de mantenimiento de moldes

    Líquido de baja viscosidad

    Una película fina es suficiente

    Más económico que el uso de otras grasas

    Con olor y sabor neutros

    No le da al pan ningún olor ni sabor

    Mejor calidad del producto terminado

    Certificado Kosher

    Reconocimiento como producto seguro y limpio

    Mayor aceptación

    Sólo es necesario aplicar una película fina de DEMOLPAN MULTIUSOS sobre la superficie de las charolas o moldes y la cantidad dependerá de la forma y superficie de éstos. Por ejemplo:

    Tipo de molde Consumo mínimo
    Charola de 45 x 60 cm. 3 gr. por charola.
    Molde de panqué de 12 x 22 x 7 cm. 1 gr. por molde.
    Molde redondo de pastel de 17 x 4 cm. 1 gr. por molde.
    Molde redondo de pastel de 25 x 7 cm. 2 gr. por molde.
    Molde de mantecada de 7 x 4 x 3.5 cm. 0.25 gr. por cavidad.

    Conozca el Perfil, Productos, Dirección y Teléfono de Paniplus.

    O bien, haga contacto directo con Paniplus para solicitar mayor información sobre sus desmoldantes para alimentos.

     

    31-10-2007
    Todo sobre el Zea mays o Maíz
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Agro, Alimenticia, Artículos para el Hogar |

    Todo sobre el Zea mays o Maíz

    Origen del maíz

    Zea mays es una gramínea anual originaria de América e introducida en Europa en el siglo XVI. Pertenece a la clase Liliopsida, y la subclase Commelinidae, la orden Cyperales, y la familia Poaceae (o Gramíneas).

    Zea es de origen griego, derivada de zeo (vivir). Es conocida con el nombre común de maíz, derivado de la palabra taína mahís con que los indios del Caribe llamaban a esta planta. Dependiendo de la región, Zea mays recibe también nombres como oroña, danza, zara, millo, mijo o panizo.

    El nombre proviene de las Antillas, pero en México, de donde es incuestionablemente originario, los nahuas lo denominaron milpa (a la planta), centli (a la mazorca) o tlaolli (al grano).

    Propiedades del maíz

    El maíz es rico en vitamina A, B, E; también hierro, magnesio fósforo, potasio, carbohidratos, fibra, grasas poliinsaturadas y ácidos grasos. Es recomendado su consumo a personas con intolerancia al gluten. Es un agente moderador de la tiroides, ayuda a reducir los niveles de colesterol LDL.

    Sus propiedades se pierden muy fácil al cocinarlo o someterlo al fuego durante largo tiempo. El maíz es anticancerígeno. Contiene químicos que previenen el cáncer; cuida del corazón y protege de la caries. Su aceite ayuda a disminuir los niveles altos de colesterol malo.

    Aplicaciones del maíz

    Del maíz pueden obtenerse una infinidad de alimentos, como: tortilla, tostadas, garnachas, memelas, picadas, enfrijoladas, enchiladas, chalupas, quesadillas, peneques, esquites, chilmole, panuchos, tacos y tlacoyos, sin embargo también puede ser utilizado para elaborar diversos dulces como son: el pinole, gorditas de maíz, gorditas de maíz crudo corundas, etc. También hay una amplia gama de bebidas realizadas a base de maíz.

    Actualmente, es el cereal con mayor volumen de producción en el mundo, superando al trigo y el arroz.

    En el Perú el maíz se come verde en choclo y tostado se llama ancausho y es muy rico. Del maíz se hace cancha, mote, chochoca, sopas, guisos, humitas, tamales, pastel de choclo, choclo con queso, y variedad de formas según el conocimiento y el ingenio; la caña tiene un jugo muy dulce y con todas las hojas sirve de forraje para los animales. Según las costumbres sirve de ofrenda para algunos santos en las fiestas patronales. Del maíz nada se pierde. 

    Taxonomía del maíz

    A continuación se da el nombre taxonómico de algunas de las miles de especies de maíz.

    • Zea alba Miller
    • Zea amylacea Sturtevant
    • Zea amylesaccharata Sturtevant
    • Zea cryptosperma Bonafous
    • Zea curagua
    • Zea erythrolepis
    • Zea glumacea Larrañaga
    • Zea indentata Sturtevant
    • Zea indurata Sturtevant
    • Zea japonica van Houtte
    • Zea macrosperma Klotzsch
    • Zea mucronata Vilmorin
    • Zea rostrata Bonafous
    • Zea saccharata Sturtevant
    • Mays vulgaris Seringe
    • Mays zea Gaert.
    • Thalysia mays Kuntze
    • Zea americana Mill.
    • Zea segetalis Salisb.
    • Zea tunicata (St-Hilaire) Sturtevant
    • Zea vulgaris Miller
    • Zea calama "Choclo Calameño"
    • Cari(L)

    Junto con el trigo y el arroz, el maíz es uno de los cereales más cultivados del mundo.

    Proveedores de maíz

    Para buscar proveedores o empresas que venden maíz, solicitar una cotización o precio de maíz o más información, visite nuestro buscador de la industria.

    A continuación le presentamos a Comercializadora de granos COMAÍZ, proveedor de maíz:

    COMAÍZ es una empresa dedicada a la distribución de granos de arroz, cebada, fríjol, maíz, sorgo y trigo.

    Conozca el Perfil, Productos, Dirección y Teléfono de COMAÍZ.

    O bien, haga contacto directo con COMAÍZ para solicitar mayor información sobre maíz.

     

    01-01-2006
    Requisitos Regulatorios Para el Mercadeo de Cosméticos en los Estados Unidos de Norte América
    Por: FDA / Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Cosmética, Farmacéutica |

    Requisitos Regulatorios Para el Mercadeo de Cosméticos en los Estados Unidos de Norte América

    Los cosméticos vendidos o distribuidos en los Estados Unidos, manufacturados en el país o importados, deben estar de acuerdo con las estipulaciones de la Ley Federal de Drogas, Alimentos y Cosméticos (FD&C Act), la Ley Justa de Empaquetado y Rotulación, (Fair Packaging and Labeling Act (FPLA), y las regulaciones publicadas bajo la autoridad de estas leyes.

    Las regulaciones publicadas por la Administración de Drogas y Alimentos (FDA) están codificadas en el Título 21 del Código de Regulaciones Federales (21 CFR). Las regulaciones pertinentes a los cosméticos están indicadas en el 21 CFR, partes 700 a 740 (21 CFR 700 to 740). Las regulaciones sobre colores añadidos a los cosméticos se encuentran en el 21 CFR 73, 74 y 82. Copias de los volúmenes del 21 CFR que contienen estas regulaciones pueden obtenerse a precio corriente del Superintendente de Documentos, U.S. Government Printing Office, Washington DC 20402, teléfono (202) 783-3238.

    La ley Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos (FD&C Act) define los cosméticos como artículos para ser aplicados en el cuerpo humano para limpiar, embellecer, aumentar el atractivo físico o alterar la apariencia sin afectar la estructura del cuerpo o sus funciones. Incluidos en esta definición hay productos como las cremas para la piel, lociones, perfumes, lápices para los labios, esmaltes para las uñas, preparaciones para el maquillaje de la cara y los ojos, champúes para el lavado del cabello, ondulados permanentes, tinturas de colores para el pelo, dentífricos, desodorantes y cualquier otro material deseado como ingrediente de un producto cosmético. Productos de jabón que consisten principalmente de una sal alcalina de un ácido graso, que en su etiqueta no hacen ninguna afirmación fuera de la de limpiar el cuerpo humano, bajo la ley, no son considerados como cosméticos.

    Cosméticos que También son Drogas

    Los productos que son cosméticos y a la vez se usan para tratar o prevenir una enfermedad, o que de alguna manera afectan la estructura o las funciones del cuerpo humano, son considerados como drogas y deben cumplir, no solamente con las estipulaciones de los cosméticos, sino también con las de las drogas. Ejemplos de algunos de ellos, son los dentífricos anticaries, (e.g., cremas dentales con fluoruro) cremas con hormonas, preparaciones para protegerse contra las quemaduras de los rayos solares, antisudorales que a la vez son desodorantes y champúes para el cabello que al mismo tiempo combaten la caspa.

    Los cosméticos más comunes que también son drogas, se venden sin receta médica o sobre el mostrador. Muchas son drogas nuevas cuya seguridad y efectividad hubo de ser comprobada por la agencia antes de ser puesta al mercado. Una droga nueva es una que generalmente no es reconocida por los expertos como segura y efectiva bajo las condiciones del uso deseado, o que ha sido reconocida pero no usada hasta tal punto o tiempo bajo ciertas condiciones.

    Las condiciones regulatorias para drogas son más extensas que las condiciones para los cosméticos. Por ejemplo, el Acto Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos exige que los manufactureros de drogas se registren con la FDA cada año y actualicen sus listas de todas las drogas manufacturadas dos veces por año. Véase 21 CFR 207. Además las drogas deben ser manufacturadas de acuerdo a las buenas prácticas y regulaciones acostumbradas y codificadas en 21 CFR 210 y 211.

    Cosméticos Adulterados o Falsamente Marcados

    El Acto Federal de Alimentos Drogas y Cosméticos prohíbe la distribución de cosméticos que han sido adulterados o falsamente marcados. Un cosmético se considera adulterado o falsamente marcado si contiene una substancia que pueda convertir el producto en algo peligroso o perjudicial para los consumidores bajo condiciones de uso normal; si el producto contiene una substancia sucia, podrida o en estado de putrefacción; si el envase está hecho de una substancia peligrosa; si ha sido manufacturado o mantenido bajo condiciones antihigiénicas, en donde haya podido contaminarse con suciedad, convirtiéndose en un peligro para los consumidores; o si no es una tintura para el cabello que contiene un colorante añadido de un color no permitido.

    Tinturas de alquitrán para el cabello con una advertencia prescrita por la ley en la etiqueta, ilustraciones y una "prueba de emplasto" para determinar la sensibilidad alérgica, están libres de la estipulación de adulteración, aún si causan irritación en la piel o de otra manera son perjudiciales para el cuerpo humano. Las tinturas para las pestañas y las cejas no están incluidas en esta exención. Todas las tinturas en los productos para el teñido de pestañas y cejas, deben ser aprobados por la FDA para tales usos.

    Un cosmético se considera falsamente marcado cuando su etiqueta o rótulo es falso o engañoso, no tiene la información requerida o está incompleta, o si el recipiente o envase ha sido manufacturado o llenado de manera fraudulenta.

    La Seguridad de los Cosméticos

    Aunque el Acto Federal de Drogas, Alimentos y Cosméticos no exige a los manufactureros de cosméticos ni sus distribuidores prueba de la seguridad de sus productos, la FDA recomienda enfáticamente a los primeros, llevar a cabo pruebas toxicológicas y de otra índole, apropiadas para comprobar la seguridad de sus cosméticos. Si la seguridad de un cosmético no es adecuadamente comprobada, el producto será considerado como falsamente marcado y puede ser sujeto a medidas regulatorias, a menos que su rótulo exhiba la siguiente manifestación de alarma: "Advertencia - La seguridad de este producto no ha sido determinada. Véase 21 CFR 740.10.

    Con la excepción de colorantes añadidos y unos pocos ingredientes prohibidos, los manufactureros de cosméticos pueden, bajo responsabilidad personal, usar esencialmente cualquier materia o substancia cruda como ingrediente de un cosmético y lanzar el producto al mercado sin aprobación alguna. La ley exige que los colorantes añadidos a alimentos, drogas y cosméticos deben ser verificados y aprobados por la FDA en cuanto a seguridad, según sea su uso en el futuro. Un cosmético con un colorante añadido que no pertenezca a la lista y no ha sido aprobado por la FDA para un uso definido, es considerado alterado y sujeto a acción reguladora. La lista de los aditivos aprobados para el uso de los cosméticos está en el 21 CFR 73, 74 y 82.

    El uso de los siguientes ingredientes en los cosméticos es restringido o prohibido: bitional, compuestos de mercurio, cloruro de vinilo, salicilanilides halogenados, complejos de zirconio en cosméticos de aerosol, cloroformo, cloruro de metileno, propulsantes de clorofluorocarburo y exaclorofeno. Véase 21 CFR 700.11 a 700.23 y 250.250. La agencia también considera como cosméticos adulterados, productos para las uñas que contengan metilo metacrilato monóme o aquellos con más de 5% de formaldehido. Aunque no prohibido por ley o la regulación, los manufactureros de productos de fragancias cosméticas voluntariamente han acordado no usar, o por lo menos limitar, el uso máximo de niveles de ciertos ingredientes escogidos que son causa de despigmentación y reacciones alérgicas irritantes, neurotóxicas o fototóxicas.

    Registro Voluntario

    Aunque el Acto Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos no exige a las firmas de cosméticos que registren con la FDA los establecimientos de manufactura ni las formulaciones, o hace asequible datos sobre seguridad o cualquier otra información, antes de que un producto salga al mercado en los Estados Unidos, los manufactureros y distribuidores de cosméticos pueden rendir esta información voluntariamente. El registro voluntario de una firma o producto y la asignación de un número de registro por la agencia, no significa que ha sido aprobado por la FDA . Cualquier uso del número de un registro en la rotulación debe estar acompañado de una carta de renuncia muy clara como lo prescribe la regulación. Véase 21 CFR 710, 720 y 730.

    Rotulación de Cosméticos

    Los cosméticos distribuidos en los Estados Unidos deben cumplir las regulaciones de la rotulación publicadas por la FDA, bajo la autoridad del FD&C Act y el FPLA. La rotulación significa todos los rótulos, etiquetas, material escrito, impreso, ilustrado en el empaque o acompañando un producto. Las afirmaciones exigidas bajo la autoridad del Acto FD&C deben aparecer en la parte interior lo mismo que en cualquier envase exterior o envoltura del producto. Los requisitos del FPLA, por ejemplo, la rotulación acerca de los ingredientes y la declaración de la cantidad neta del contenido en el panel principal, solamente corresponden a la etiqueta del envase exterior. Las demandas del rotulado están codificadas en el 21 CFR 701 y 740. Cosméticos llevando información falsa o engañosa o de cualquier manera no siendo rotulados de acuerdo con los requisitos, pueden ser catalogados como marcados falsamente y sujetos a acción reguladora.

    El panel principal de exhibición, por ejemplo, es la parte del rótulo seguramente más exhibida o examinada bajo circunstancias normales de venta, (21 CFR 701.10) y generalmente lleva el nombre del producto. Este panel debe identificar describiendo por el nombre o por una ilustración, la naturaleza o uso del producto y ofrecer una descripción precisa de la cantidad neta del contenido del cosmético en el paquete en términos de peso, unidad de medida, o una combinación de unidad de medida y peso. La declaración debe ser clara y precisa, tal como lo ordena la regulación.

    La cantidad neta de contenidos de un cosmético sólido, semisólido o viscoso, debe ser en términos de libras y onzas y una afirmación de medida líquida debe ser en los términos del galón norteamericano (U.S. gallon) de 231 pulgadas cúbicas, cuarto, pinta y subdivisiones de onza fluida de ahí en adelante. Si la cantidad neta del contenido sobrepasa una libra o una onza, debe ser expresada en onzas, seguida de un paréntesis ( ) por una declaración de la unidad entera más larga (por ejemplo, libras y onzas o cuartos y pintas y onzas). La cantidad neta del contenido, puede además manifestarse in términos del sistema métrico de pesos y medidas.

    El nombre y dirección de la firma distribuyendo el producto, debe figurar en un panel de información del rótulo (21 CFR 701.12. La dirección debe ser completa con nombre de la calle, ciudad, estado y código postal (zip code). Si la firma aparece en la lista de una ciudad corriente o directorio telefónico, la dirección de la calle puede ser omitida. Si el distribuidor no es el manufacturero o empacador, esta información debe figurar en el rótulo por medio de la frase "Manufacturado por ..." o "Distribuido por ..." o un lenguaje similar.

    La Ley de Tarifas o Legislación Arancelaria de 1930 (19 U.S.C. 1304) exige que todos los artículos importados mencionen en el rótulo, el nombre del país de origen en el idioma inglés. (Véase también 19 CFR 134)

    Todo el lenguaje y afirmaciones requeridas por las regulaciones deben ser presentadas en el idioma inglés y deben ser colocadas en los rótulos con claridad y prominencia, de manera que sean fácilmente vistos y comprendidos por los consumidores, bajo las acostumbradas condiciones de compra. (21 CFR 701.2).

    Declaración de Ingredientes

    Los cosméticos producidos o distribuidos al por menor a consumidores para su cuidado personal, deben llevar una declaración de ingredientes (21 CFR 701.3). Los cosméticos no distribuidos comúnmente en ventas al por menor, por ejemplo, preparaciones para el cabello o productos de maquillaje usados por profesionales en los consumidores en sus establecimientos, o limpiadores de la piel obtenibles por la clientela en sus sitios de empleo, están exentos de este requisito, siempre y cuando los productos no sean vendidos también en establecimientos profesionales, o lugares de trabajo para su consumo en el hogar.

    La presentación de los ingredientes debe ser prominente, clara de manera fácil de ver y leer al comprarla. Puede aparecer en uno de los paneles de información del envase exterior, por ejemplo, en un panel de información del cartón plegadizo, caja o envoltorio si el envase inmediato está empacado así. Si no ha sido empacado en un envase exterior, debe aparecer en un panel de información del frasco, tubo o botella conteniendo el producto. La presentación de los ingredientes también puede aparecer en una etiqueta, cinta o tarjeta firmemente adherida al envase exterior. Las letras no deben medir menos de 1/16 pulgada de altura (21 CFR 701.3 (b). Si el total de la superficie disponible para lleval el rotulado es menos de 12 pulgadas cuadradas, las letras no pueden ser menos de 1/32 de pulgada en altura, (21 CFR 701.3 (p) ). La rotulación de ingredientes fuera del empaque es permitido cuando el cosmético ha sido mantenido en anaqueles o charoles, o herméticamente empacado en un cartón plegadizo cuya superficie de empaque es menor de 12 pulgadas cuadradas (21 CFR 701.3 (i) ).

    Los ingredientes deben ser explicados en orden descendiente de importancia. Colorantes añadidos (21 VFR 701.3 (f) (3) e ingredientes presentes al uno por ciento o menos (21 CFR 701.3 (f) (2) ) pueden ser mencionados después de los ingredientes presentes, en concentraciones excediendo el uno por ciento sin tener en cuenta el predominio. Los ingredientes deben ser identificados por los nombres establecidos o adoptados por regulación (21 CFR 701.3 (c); aquellos aceptados por la FDA como exentos de información pública pueden ser mencionados como "y otros ingredientes" (21 CFR 701.3 (a) ).

    Los cosméticos que a la vez son drogas deben identificar primero los ingredientes medicinales (si es más de uno), como "ingredientes activos" antes de enumerar los ingredientes de los cosméticos (21 CFR 701.3 (d) )

    Advertencias en el Rótulo

    Cosméticos potencialmente peligrosos para los consumidores cuando son erróneamente usados deben exhibir advertencias apropiadas en el rótulo o etiqueta, a más de las instrucciones de seguridad para su uso. Las advertencias deben ser vistosas y aparecer en lugar prominente. Algunas cosméticos requieren advertencias y sugieren cautela en la manera prescrita por las regulaciones (21 CFR 740). Cosméticos en empaques a presión (aerosol) rociadores de desodorantes femeninos y ampollas para hacer burbujas de jabón para los bebés, son ejemplos de productos que deben llevar este tipo de advertencias.

    Paquetes a Prueba de Violación

    Productos para la higiene oral (enjuagues refrescantes para la boca) y todos los productos cosméticos vaginales (duchas, tabletas) deben ser empaquetados a prueba de violación al ser vendidos al por menor. Un paquete es considerado a prueba de violencia cuando tiene un indicador o barrera de entrada (una cinta selladora, un cartón sellado, tubo, bolsa o recipiente aerosol), el cual al ser fracturado a la fuerza, alerta al consumidor que una violación ha ocurrido. El indicador deberá tener un diseño claro e inconfundible (tapa rompible, ampolla plástica) o apariencia (palabra, viñeta o ilustración) para imposibilitar la substitución. El distintivo a prueba de violación puede envolver el producto inmediato, el envase exterior o ambos. El paquete también debe mostrar en forma prominente una advertencia alertando al consumidor acerca del distintivo. Esta advertencia debe permanecer sin daño alguno aunque el distintivo sea destrozado o removido. Véase 21 CFR 700.25.

    Autoridad Para el Cumplimiento de la Ley

    Para el cumplimiento de la ley, la FDA puede llevar a cabo exámenes e investigaciones, inspeccionar establecimientos en donde los productos han sido manufacturados o retenidos y embargar cosméticos adulterados (perjudiciales), falsamente marcados (incorrectamente, engañosamente rotulados o envasados). A productos extranjeros adulterados o falsamente marcados, les será rehusada la entrada a los Estados Unidos. Para prevenir futuros cargamentos de productos adulterados o falsamente marcados, la agencia tiene el derecho de solicitar de una corte de distrito federal, una orden de restricción contra el manufacturero o distribuidor del cosmético violador. Además, la FDA también puede iniciar acción criminal contra una persona violando la ley. Ejemplos de productos detenidos son preparaciones para las uñas conteniendo metilo metacrilato o formaldehido, algunos productos para teñir cejas y pestañas conteniendo combinaciones prohibidas de tintes de carbón-alquitrán y productos contaminados con microorganismos peligrosos.

    Información adicional relacionada con los requisitos para el mercadeo de cosméticos debe ser dirigida a la Administración de Drogas y Alimentos, División de Colores y Cosméticos (HFF-440) 200 C Street SW, Washington, DC 20204. Preguntas con respecto a los requisitos para el mercadeo de productos que a la vez son cosméticos y drogas, también deben ser dirigidas a: Division of Drug Labeling, OTC Compliance Branch (HFN-312), 5600 Fishers Lane, Rockville, MD 20857.

    Información obtenida de

    Administración de Drogas y Alimentos de los Estados Unidos
    Centro de Seguridad de Alimentos y Nutrición Aplicada
    IAS* Folleto: 1992
    http://www.cfsan.fda.gov/~mow/scos-hdb.html

     

     

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