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ILUSTRACIÓN GIS PASTEL Y ÖLEO *

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    México iwebdesign Ilustración Gis Pastel y öleo, Ilustración Lápiz Medellín No.27-19 Col.Roma Norte
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    México Image Unlimited Ilustración Camino Real a Cholula No.6674-20 Col.Sta. Cruz Guadalupe
    72170 San Andrés Cholula, Puebla
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    Guatemala TECNOLOGÍA EN EMPAQUE DOMO / PASTEL 14 CALLE FINAL INTERIOR Col.EL ZAPOTE
    8840 Guatemala, Guatemala
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    México Baleros y Accesorios Aguirre Guante Pastel Fray Bartolome de las Casas No. 217-A Col.Roble Norte
    66450 San Nicolas de los Garza, N.L.
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    México Sintéticos de México Cajas para Pastel, Cajas para Pastel Azafrán No. 514 Col.Granjas México
    8400 DF, D.F.
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    México Dawn Mixco Internacional Bases para pastel, Mezclas para pastel Col.
    00000 Naucalpan, Edo. de Méx.
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    México MOLINO HERNANDO DE VILLAFAÑE Harina para pastel Km. 2.5 Zona Industrial Col.
    81250 Guasave, Sinaloa
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    México Xito Domos para pastel y gelatina, Domos para pastel barra Estanco No.4 Col.Atizapán de Zaragoza
    52940 Cuidad de México, Distrito Federal
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    México Pintucom Pintura vinilica color verde pastel Calzada Santo Tomas No. 111 Col.Santo Tomas
    2020 DF, D.F.
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    México Prisma Envase Envase dogwood giselle Bolivar 760 Col.Alamos
    3400 DF, D.F.
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    México Productos Químicos y Soluciones Acesulfame-k para aplicación en pastelería, Fosfato disódico ligante en base para pasteles, Goma guar para uso en mezclas para pasteles Puerto Alegre 107 Col.Miramar
    45060 Guadalajara, Jalisco
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    México Multivac México empaque de pasteles Av. Santa Fe No. 170 Ofic. 044 Col.Santa Fe
    1210 México, D.F.
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    México Agave Azul Producer Eldulzante para pasteles Av Las Torres No 225 Col.San Jerónimo
    37148 León, Guanajuato
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    México America Alimentos Polvo de manzana para preparar pasteles Prolongación La Calma No. 154 Col.Agricola
    45236 Zapopan, Jal.
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    México Akzo Nobel Chemicals Gisolvine Morelos 49 Km 20.700 Carr. México-Texcoco Col.Tecamachalco
    56500 Los Reyes La Paz, Edo. de Méx.
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    2243 Gelatina alimentaria en hojas 500000 TM
    Anual
    Otro director Comercial Estamos interesado en la importacion de gelatina en hojas - Proponer calidad y precios ...
    6195 Harinas 12000 kg
    Anual
    México DF Gerente Requerimos harinas preparadas de diferentes sabores y tipos de pastel como son brownies, ...
    9621 envasar al vacio 10000 kg
    Anual
    México españa gerente
    11614 pectina 10 kg
    Anual
    México leon cocinero
    11687 Cajas para pasteles 500 Unidad
    Anual
    México S.L.P subgerente
    11817 Harinas Preparadas ( varios) 30 BTU
    Anual
    México D.F. propietario
    13097 cajas para pays, pasteles 1000 Unidad
    Anual
    México Morelos Dueño
    14479 desmoldante 24000 kg
    Anual
    Ecuador QUITO GERENTE GENERAL fabrico un delmoldante a base de cera carnauba y aceite. Mi costo es de 1.20 dólares/kilo
    14500 desmoldantes para latas de pan y moldes de pastelería 24000 TM
    Anual
    Colombia Gerente General fabrico desmoldante a base de cera carnauba y aceite vegetal. Necesito uno de más bajo costo. Mi ...
    14812 aditivos para pasteles 2000 Unidad
    Anual
    México Sonora Jefe de compras

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    México Gist-Brocades Industrial Pharmaceutical Antoine Lavoisier 22 Col.Parque Industrial Cuamantla
    54730 Cuautitlán Izcalli, Edo. de Méx.
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    México Fersinsa Gist Brocades Calzada de las Bombas 128-2 Col.Exhacienda de Coapa
    14300 DF, D.F.
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    25-Agosto-2006
    Quieres bajar de peso... ¿y?
      
         Industria: Alimenticia, Cuidado personal, Sector salud
         Tipo: Asuntos sociales y de ONGs, Educación, Industria en general
         Fuente:  Intélite

    Es imprescindible que a la hora de decidir  adelgazar te informes debidamente; lo ideal sería que acudieras con un nutriólogo; después, sólo se requiere voluntad.

    • Existe una gran cantidad de mitos acerca de los mejores métodos para desharcerse de los kilos sobrantes. El Universal muestra algunos dudas frecuentes que pueden llevar a la confusión.

    • Cabe señalar que una casa es cierta: perder peso requiere de sacrificios y no se vislumbra todavía un camino fácil e instantáneo para lograrlo.

    • Mientras se encuentra, vale la pena ver qué hay de cierto o de falso en algunas consejos que circulan ahí al respecto.

    • Todas las investigaciones sobre el tema demuestran que si te saltas comidas podría desencadenar una sobrecompensación y una mayor ingestión de alimentos en la siguiente comida.

    • Cuando no se come nada durante unas cuatro horas, el estómago está relativamente vacío; por tanto, presenta el aspecto de un globo desinflado de alrededor de 50 mililitros de capacidad.

    • Sin embargo, una vez lleno, se expande y puede albergar hasta cuatro litros de comida y bebida. Ayunar, entonces, no reduce el tamaño del estómago. Tan pronto como uno empieza a comer y beber de nuevo, aumenta de volumen.

    • A pesar de la creencia generalizada de que la actividad física regular incrementa el hambre, las pruebas demuestran que esa afirmación es falsa y que el ejercicio sí ayuda en la pérdida y control del peso.

    • El que un alimento no la tenga grasa no significa que no sea alto en calorías. Los nuevos pasteles, galletas y productos lácteos con bajo contenido de grasas que ocupan las estanterías de los supermercados, de cualquier forma suministran calorías por medio de los carbohidratos.

     

    03-Agosto-2006
    SS autoriza dos fármacos a Pfizer
      
         Industria: Artículos médicos, Farmacéutica, Sector salud
         Tipo: Nuevos productos
         Fuente:  Intélite

    Pfizer, el gigante farmacéutico que dirige aquí Jorge Bracero, tiene una lista de nuevos medicamentos en puerta con muy buenas expectativas. Por lo pronto, la Ssa que comanda Julio Frenk acaba de dar luz verde a la introducción al mercado mexicano de Factive-5 (mesilato de gemifloxacino), un producto para el tratamiento de afecciones crónicas de las vías respiratorias

    • El otro producto es Sutent 28 (Sunitinib), indicado para atender cáncer renal y tumores conocidos como Estroma Gastrointestinal (GIST).

     

    02-Agosto-2006
    Dulces placeres para diabéticos
      
         Industria: Alimenticia, Cuidado personal, Sector salud
         Tipo: Nuevos productos, Asuntos sociales y de ONGs
         Fuente:  Intélite

    Los diabéticos jamás imaginaron poder comer pasteles, endulzantes (sustitutos de azúcar), chicles, flanes, mermeladas, chocolates, mazapanes, miel, y aumentar su consumo de tortillas, frituras (chicharrones y papitas enchiladas), café, galletas, salsas, tostadas, jarabes, sustitutos de sal y hasta vinos de mesa.

    • En la Asociación Mexicana de Diabetes de la Ciudad de México, AC, se pueden encontrar algunos productos para diabéticos, todos con su tabla nutrimental para los consumidores. Además, mediante un donativo se puede recibir ayuda en educación en diabetes, asesoría en nutrición y planes de alimentación y talleres de cocina saludable, entre otros.

    • Ahora existen muchos productos que pueden ser consumidos por diabéticos, los cuales representan una gran oportunidad y una maravilla para satisfacer el antojo, existen chocolates, merengues, pasteles, helados, caramelos y mazapanes, aseguró Gisela Ayala Téllez, gerente editorial y de comunicación de la Federación Mexicana de Diabetes (FMD).

     

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    24-05-2006
    ¿Qué son los desmoldantes para alimentos?
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia |

    ¿Qué son los desmoldantes para alimentos?

    Los desmoldantes para alimentos se utilizan específicamente en la fabricaciones de panes y biscochos, para evitar la adherencia del producto con los moldes y las charolas

    En general los desmoldantes fungen como antiadherentes para evitar que los productos de panadería se peguen en los moldes.


    Paniplus, empresa mexicana líder en la distribución de productos para panificación ofrece entre sus productos el DEMOLPAN, producto que se presenta en cubeta de polietileno de alta densidad con 18 Kg. de contenido neto o tambores metálicos y bolsa interior de polietileno, con 180 Kg. de contenido neto.

    En el siguiente cuadro se aprecian las características, beneficios y valor obtenido del uso de antiadherentes para panificación:

    Características Beneficios Valor

    Compuesto desmoldeante

    De aplicación rápida y sencilla

    Ahorro de tiempo

    Altamente efectivo

    No es necesario usar harina en los moldes

    Mejor presentación

    Manejo más higiénico que las grasas

    Mantiene los moldes limpios y libres de residuos

    Ahorros en costos de limpieza

    No produce humo

    Evita el cochambre en moldes y charolas

    Ahorros en costos de mantenimiento de moldes

    Líquido de baja viscosidad

    Una película fina es suficiente

    Más económico que el uso de otras grasas

    Con olor y sabor neutros

    No le da al pan ningún olor ni sabor

    Mejor calidad del producto terminado

    Certificado Kosher

    Reconocimiento como producto seguro y limpio

    Mayor aceptación

    El DEMOLPAN, dada su viscosidad, puede ser aplicado manualmente, con brocha o "muñeca", o mecánicamente con engrasadoras. El molde y la brocha deben estar secos antes de su aplicación.

    Sólo es necesario aplicar una película fina de DEMOLPAN MULTIUSOS sobre la superficie de las charolas o moldes y la cantidad dependerá de la forma y superficie de éstos. Por ejemplo:

    Tipo de molde Consumo mínimo
    Charola de 45 x 60 cm. 3 gr. por charola.
    Molde de panqué de 12 x 22 x 7 cm. 1 gr. por molde.
    Molde redondo de pastel de 17 x 4 cm. 1 gr. por molde.
    Molde redondo de pastel de 25 x 7 cm. 2 gr. por molde.
    Molde de mantecada de 7 x 4 x 3.5 cm. 0.25 gr. por cavidad.

     

    Si desea conocer más de Paniplus y sus productos haga click aquí

    Para contactarnos haga click aquí

     

     

    01-01-2006
    Requisitos Regulatorios Para el Mercadeo de Cosméticos en los Estados Unidos de Norte América
    Por: FDA / Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Cosmética, Farmacéutica |

    Requisitos Regulatorios Para el Mercadeo de Cosméticos en los Estados Unidos de Norte América

    Los cosméticos vendidos o distribuidos en los Estados Unidos, manufacturados en el país o importados, deben estar de acuerdo con las estipulaciones de la Ley Federal de Drogas, Alimentos y Cosméticos (FD&C Act), la Ley Justa de Empaquetado y Rotulación, (Fair Packaging and Labeling Act (FPLA), y las regulaciones publicadas bajo la autoridad de estas leyes.

    Las regulaciones publicadas por la Administración de Drogas y Alimentos (FDA) están codificadas en el Título 21 del Código de Regulaciones Federales (21 CFR). Las regulaciones pertinentes a los cosméticos están indicadas en el 21 CFR, partes 700 a 740 (21 CFR 700 to 740). Las regulaciones sobre colores añadidos a los cosméticos se encuentran en el 21 CFR 73, 74 y 82. Copias de los volúmenes del 21 CFR que contienen estas regulaciones pueden obtenerse a precio corriente del Superintendente de Documentos, U.S. Government Printing Office, Washington DC 20402, teléfono (202) 783-3238.

    La ley Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos (FD&C Act) define los cosméticos como artículos para ser aplicados en el cuerpo humano para limpiar, embellecer, aumentar el atractivo físico o alterar la apariencia sin afectar la estructura del cuerpo o sus funciones. Incluidos en esta definición hay productos como las cremas para la piel, lociones, perfumes, lápices para los labios, esmaltes para las uñas, preparaciones para el maquillaje de la cara y los ojos, champúes para el lavado del cabello, ondulados permanentes, tinturas de colores para el pelo, dentífricos, desodorantes y cualquier otro material deseado como ingrediente de un producto cosmético. Productos de jabón que consisten principalmente de una sal alcalina de un ácido graso, que en su etiqueta no hacen ninguna afirmación fuera de la de limpiar el cuerpo humano, bajo la ley, no son considerados como cosméticos.

    Cosméticos que También son Drogas

    Los productos que son cosméticos y a la vez se usan para tratar o prevenir una enfermedad, o que de alguna manera afectan la estructura o las funciones del cuerpo humano, son considerados como drogas y deben cumplir, no solamente con las estipulaciones de los cosméticos, sino también con las de las drogas. Ejemplos de algunos de ellos, son los dentífricos anticaries, (e.g., cremas dentales con fluoruro) cremas con hormonas, preparaciones para protegerse contra las quemaduras de los rayos solares, antisudorales que a la vez son desodorantes y champúes para el cabello que al mismo tiempo combaten la caspa.

    Los cosméticos más comunes que también son drogas, se venden sin receta médica o sobre el mostrador. Muchas son drogas nuevas cuya seguridad y efectividad hubo de ser comprobada por la agencia antes de ser puesta al mercado. Una droga nueva es una que generalmente no es reconocida por los expertos como segura y efectiva bajo las condiciones del uso deseado, o que ha sido reconocida pero no usada hasta tal punto o tiempo bajo ciertas condiciones.

    Las condiciones regulatorias para drogas son más extensas que las condiciones para los cosméticos. Por ejemplo, el Acto Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos exige que los manufactureros de drogas se registren con la FDA cada año y actualicen sus listas de todas las drogas manufacturadas dos veces por año. Véase 21 CFR 207. Además las drogas deben ser manufacturadas de acuerdo a las buenas prácticas y regulaciones acostumbradas y codificadas en 21 CFR 210 y 211.

    Cosméticos Adulterados o Falsamente Marcados

    El Acto Federal de Alimentos Drogas y Cosméticos prohíbe la distribución de cosméticos que han sido adulterados o falsamente marcados. Un cosmético se considera adulterado o falsamente marcado si contiene una substancia que pueda convertir el producto en algo peligroso o perjudicial para los consumidores bajo condiciones de uso normal; si el producto contiene una substancia sucia, podrida o en estado de putrefacción; si el envase está hecho de una substancia peligrosa; si ha sido manufacturado o mantenido bajo condiciones antihigiénicas, en donde haya podido contaminarse con suciedad, convirtiéndose en un peligro para los consumidores; o si no es una tintura para el cabello que contiene un colorante añadido de un color no permitido.

    Tinturas de alquitrán para el cabello con una advertencia prescrita por la ley en la etiqueta, ilustraciones y una "prueba de emplasto" para determinar la sensibilidad alérgica, están libres de la estipulación de adulteración, aún si causan irritación en la piel o de otra manera son perjudiciales para el cuerpo humano. Las tinturas para las pestañas y las cejas no están incluidas en esta exención. Todas las tinturas en los productos para el teñido de pestañas y cejas, deben ser aprobados por la FDA para tales usos.

    Un cosmético se considera falsamente marcado cuando su etiqueta o rótulo es falso o engañoso, no tiene la información requerida o está incompleta, o si el recipiente o envase ha sido manufacturado o llenado de manera fraudulenta.

    La Seguridad de los Cosméticos

    Aunque el Acto Federal de Drogas, Alimentos y Cosméticos no exige a los manufactureros de cosméticos ni sus distribuidores prueba de la seguridad de sus productos, la FDA recomienda enfáticamente a los primeros, llevar a cabo pruebas toxicológicas y de otra índole, apropiadas para comprobar la seguridad de sus cosméticos. Si la seguridad de un cosmético no es adecuadamente comprobada, el producto será considerado como falsamente marcado y puede ser sujeto a medidas regulatorias, a menos que su rótulo exhiba la siguiente manifestación de alarma: "Advertencia - La seguridad de este producto no ha sido determinada. Véase 21 CFR 740.10.

    Con la excepción de colorantes añadidos y unos pocos ingredientes prohibidos, los manufactureros de cosméticos pueden, bajo responsabilidad personal, usar esencialmente cualquier materia o substancia cruda como ingrediente de un cosmético y lanzar el producto al mercado sin aprobación alguna. La ley exige que los colorantes añadidos a alimentos, drogas y cosméticos deben ser verificados y aprobados por la FDA en cuanto a seguridad, según sea su uso en el futuro. Un cosmético con un colorante añadido que no pertenezca a la lista y no ha sido aprobado por la FDA para un uso definido, es considerado alterado y sujeto a acción reguladora. La lista de los aditivos aprobados para el uso de los cosméticos está en el 21 CFR 73, 74 y 82.

    El uso de los siguientes ingredientes en los cosméticos es restringido o prohibido: bitional, compuestos de mercurio, cloruro de vinilo, salicilanilides halogenados, complejos de zirconio en cosméticos de aerosol, cloroformo, cloruro de metileno, propulsantes de clorofluorocarburo y exaclorofeno. Véase 21 CFR 700.11 a 700.23 y 250.250. La agencia también considera como cosméticos adulterados, productos para las uñas que contengan metilo metacrilato monóme o aquellos con más de 5% de formaldehido. Aunque no prohibido por ley o la regulación, los manufactureros de productos de fragancias cosméticas voluntariamente han acordado no usar, o por lo menos limitar, el uso máximo de niveles de ciertos ingredientes escogidos que son causa de despigmentación y reacciones alérgicas irritantes, neurotóxicas o fototóxicas.

    Registro Voluntario

    Aunque el Acto Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos no exige a las firmas de cosméticos que registren con la FDA los establecimientos de manufactura ni las formulaciones, o hace asequible datos sobre seguridad o cualquier otra información, antes de que un producto salga al mercado en los Estados Unidos, los manufactureros y distribuidores de cosméticos pueden rendir esta información voluntariamente. El registro voluntario de una firma o producto y la asignación de un número de registro por la agencia, no significa que ha sido aprobado por la FDA . Cualquier uso del número de un registro en la rotulación debe estar acompañado de una carta de renuncia muy clara como lo prescribe la regulación. Véase 21 CFR 710, 720 y 730.

    Rotulación de Cosméticos

    Los cosméticos distribuidos en los Estados Unidos deben cumplir las regulaciones de la rotulación publicadas por la FDA, bajo la autoridad del FD&C Act y el FPLA. La rotulación significa todos los rótulos, etiquetas, material escrito, impreso, ilustrado en el empaque o acompañando un producto. Las afirmaciones exigidas bajo la autoridad del Acto FD&C deben aparecer en la parte interior lo mismo que en cualquier envase exterior o envoltura del producto. Los requisitos del FPLA, por ejemplo, la rotulación acerca de los ingredientes y la declaración de la cantidad neta del contenido en el panel principal, solamente corresponden a la etiqueta del envase exterior. Las demandas del rotulado están codificadas en el 21 CFR 701 y 740. Cosméticos llevando información falsa o engañosa o de cualquier manera no siendo rotulados de acuerdo con los requisitos, pueden ser catalogados como marcados falsamente y sujetos a acción reguladora.

    El panel principal de exhibición, por ejemplo, es la parte del rótulo seguramente más exhibida o examinada bajo circunstancias normales de venta, (21 CFR 701.10) y generalmente lleva el nombre del producto. Este panel debe identificar describiendo por el nombre o por una ilustración, la naturaleza o uso del producto y ofrecer una descripción precisa de la cantidad neta del contenido del cosmético en el paquete en términos de peso, unidad de medida, o una combinación de unidad de medida y peso. La declaración debe ser clara y precisa, tal como lo ordena la regulación.

    La cantidad neta de contenidos de un cosmético sólido, semisólido o viscoso, debe ser en términos de libras y onzas y una afirmación de medida líquida debe ser en los términos del galón norteamericano (U.S. gallon) de 231 pulgadas cúbicas, cuarto, pinta y subdivisiones de onza fluida de ahí en adelante. Si la cantidad neta del contenido sobrepasa una libra o una onza, debe ser expresada en onzas, seguida de un paréntesis ( ) por una declaración de la unidad entera más larga (por ejemplo, libras y onzas o cuartos y pintas y onzas). La cantidad neta del contenido, puede además manifestarse in términos del sistema métrico de pesos y medidas.

    El nombre y dirección de la firma distribuyendo el producto, debe figurar en un panel de información del rótulo (21 CFR 701.12. La dirección debe ser completa con nombre de la calle, ciudad, estado y código postal (zip code). Si la firma aparece en la lista de una ciudad corriente o directorio telefónico, la dirección de la calle puede ser omitida. Si el distribuidor no es el manufacturero o empacador, esta información debe figurar en el rótulo por medio de la frase "Manufacturado por ..." o "Distribuido por ..." o un lenguaje similar.

    La Ley de Tarifas o Legislación Arancelaria de 1930 (19 U.S.C. 1304) exige que todos los artículos importados mencionen en el rótulo, el nombre del país de origen en el idioma inglés. (Véase también 19 CFR 134)

    Todo el lenguaje y afirmaciones requeridas por las regulaciones deben ser presentadas en el idioma inglés y deben ser colocadas en los rótulos con claridad y prominencia, de manera que sean fácilmente vistos y comprendidos por los consumidores, bajo las acostumbradas condiciones de compra. (21 CFR 701.2).

    Declaración de Ingredientes

    Los cosméticos producidos o distribuidos al por menor a consumidores para su cuidado personal, deben llevar una declaración de ingredientes (21 CFR 701.3). Los cosméticos no distribuidos comúnmente en ventas al por menor, por ejemplo, preparaciones para el cabello o productos de maquillaje usados por profesionales en los consumidores en sus establecimientos, o limpiadores de la piel obtenibles por la clientela en sus sitios de empleo, están exentos de este requisito, siempre y cuando los productos no sean vendidos también en establecimientos profesionales, o lugares de trabajo para su consumo en el hogar.

    La presentación de los ingredientes debe ser prominente, clara de manera fácil de ver y leer al comprarla. Puede aparecer en uno de los paneles de información del envase exterior, por ejemplo, en un panel de información del cartón plegadizo, caja o envoltorio si el envase inmediato está empacado así. Si no ha sido empacado en un envase exterior, debe aparecer en un panel de información del frasco, tubo o botella conteniendo el producto. La presentación de los ingredientes también puede aparecer en una etiqueta, cinta o tarjeta firmemente adherida al envase exterior. Las letras no deben medir menos de 1/16 pulgada de altura (21 CFR 701.3 (b). Si el total de la superficie disponible para lleval el rotulado es menos de 12 pulgadas cuadradas, las letras no pueden ser menos de 1/32 de pulgada en altura, (21 CFR 701.3 (p) ). La rotulación de ingredientes fuera del empaque es permitido cuando el cosmético ha sido mantenido en anaqueles o charoles, o herméticamente empacado en un cartón plegadizo cuya superficie de empaque es menor de 12 pulgadas cuadradas (21 CFR 701.3 (i) ).

    Los ingredientes deben ser explicados en orden descendiente de importancia. Colorantes añadidos (21 VFR 701.3 (f) (3) e ingredientes presentes al uno por ciento o menos (21 CFR 701.3 (f) (2) ) pueden ser mencionados después de los ingredientes presentes, en concentraciones excediendo el uno por ciento sin tener en cuenta el predominio. Los ingredientes deben ser identificados por los nombres establecidos o adoptados por regulación (21 CFR 701.3 (c); aquellos aceptados por la FDA como exentos de información pública pueden ser mencionados como "y otros ingredientes" (21 CFR 701.3 (a) ).

    Los cosméticos que a la vez son drogas deben identificar primero los ingredientes medicinales (si es más de uno), como "ingredientes activos" antes de enumerar los ingredientes de los cosméticos (21 CFR 701.3 (d) )

    Advertencias en el Rótulo

    Cosméticos potencialmente peligrosos para los consumidores cuando son erróneamente usados deben exhibir advertencias apropiadas en el rótulo o etiqueta, a más de las instrucciones de seguridad para su uso. Las advertencias deben ser vistosas y aparecer en lugar prominente. Algunas cosméticos requieren advertencias y sugieren cautela en la manera prescrita por las regulaciones (21 CFR 740). Cosméticos en empaques a presión (aerosol) rociadores de desodorantes femeninos y ampollas para hacer burbujas de jabón para los bebés, son ejemplos de productos que deben llevar este tipo de advertencias.

    Paquetes a Prueba de Violación

    Productos para la higiene oral (enjuagues refrescantes para la boca) y todos los productos cosméticos vaginales (duchas, tabletas) deben ser empaquetados a prueba de violación al ser vendidos al por menor. Un paquete es considerado a prueba de violencia cuando tiene un indicador o barrera de entrada (una cinta selladora, un cartón sellado, tubo, bolsa o recipiente aerosol), el cual al ser fracturado a la fuerza, alerta al consumidor que una violación ha ocurrido. El indicador deberá tener un diseño claro e inconfundible (tapa rompible, ampolla plástica) o apariencia (palabra, viñeta o ilustración) para imposibilitar la substitución. El distintivo a prueba de violación puede envolver el producto inmediato, el envase exterior o ambos. El paquete también debe mostrar en forma prominente una advertencia alertando al consumidor acerca del distintivo. Esta advertencia debe permanecer sin daño alguno aunque el distintivo sea destrozado o removido. Véase 21 CFR 700.25.

    Autoridad Para el Cumplimiento de la Ley

    Para el cumplimiento de la ley, la FDA puede llevar a cabo exámenes e investigaciones, inspeccionar establecimientos en donde los productos han sido manufacturados o retenidos y embargar cosméticos adulterados (perjudiciales), falsamente marcados (incorrectamente, engañosamente rotulados o envasados). A productos extranjeros adulterados o falsamente marcados, les será rehusada la entrada a los Estados Unidos. Para prevenir futuros cargamentos de productos adulterados o falsamente marcados, la agencia tiene el derecho de solicitar de una corte de distrito federal, una orden de restricción contra el manufacturero o distribuidor del cosmético violador. Además, la FDA también puede iniciar acción criminal contra una persona violando la ley. Ejemplos de productos detenidos son preparaciones para las uñas conteniendo metilo metacrilato o formaldehido, algunos productos para teñir cejas y pestañas conteniendo combinaciones prohibidas de tintes de carbón-alquitrán y productos contaminados con microorganismos peligrosos.

    Información adicional relacionada con los requisitos para el mercadeo de cosméticos debe ser dirigida a la Administración de Drogas y Alimentos, División de Colores y Cosméticos (HFF-440) 200 C Street SW, Washington, DC 20204. Preguntas con respecto a los requisitos para el mercadeo de productos que a la vez son cosméticos y drogas, también deben ser dirigidas a: Division of Drug Labeling, OTC Compliance Branch (HFN-312), 5600 Fishers Lane, Rockville, MD 20857.

    Información obtenida de

    Administración de Drogas y Alimentos de los Estados Unidos
    Centro de Seguridad de Alimentos y Nutrición Aplicada
    IAS* Folleto: 1992
    http://www.cfsan.fda.gov/~mow/scos-hdb.html

     

     

    12-05-2005
    Usos y aplicaciones del carbonato de calcio
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Hules y cauchos, Pinturas y Recubrimientos, Plásticos |

    Usos y aplicaciones del carbonato de calcio

    El carbonato cálcico o carbonato de calcio es el producto obtenido por molienda fina o micronización de calizas extremadamente puras, por lo general con más del 98.5% de contenido en CaCO3.

    La Asociación de Productores de Caliza Pulverizada de Estados Unidos (PLA), lo define como un producto procedente de la molienda de caliza o dolomía con una pureza mínima del 97% y un tamaño de grano inferior a 45 mm. En idioma inglés se le conoce por GCC (ground calcium carbonate), en contraposición con el carbonato cálcico artificial, o PCC (precipitated calcium carbonate).

    En Europa no se considera como tal el producto procedente de las dolomías, por lo que las materias primas para la fabricación de carbonato cálcico son calizas, mármol o cretas.

    Las aplicaciones industriales del Carbonato de Calcio son incontables.

    En términos generales se utiliza como carga para papel (en sustitución del caolín) y plásticos (mejora la velocidad de extrusión y las propiedades mecánicas del plástico), en la industria química básica, en la de pinturas y adhesivos, en la del vidrio, cerámica, para cosmética y en la industria farmacéutica. En las industrias agropecuarias se utiliza para alimentación animal y para el refino de azúcar.

    El carbonato cálcico compite ventajosamente con otros minerales utilizados para cargas, por su precio mucho más bajo que la sílice micronizada, el talco, el caolín, la mica y la wollastonita. Constantemente se le abren nuevos campos de aplicación.

    Los productos industriales del carbonato de calcio son casi tan variados como sus aplicaciones. El tamaño de grano es determinante en el precio. Para cargas se exige, en general, una elevada blancura y tamaño de grano comprendido entre 40-20 mm (masillas, brea de calafatear, sellantes, adhesivos) y 10-0.7 mm (papel, pinturas, plásticos, caucho).

    También hay especificaciones referentes a la absorción de aceite, superficie específica y peso específico aparente.

    Para fabricar vidrio las especificaciones se refieren, sobre todo, a la composición química y al control de los elementos. En el refino de azúcar, a la pureza y ausencia de sílice. En farmacia, la ausencia de As, Pb, Hg, y bajo contenido en Fe y otros metales pesados son los factores determinantes.

    APLICACIONES DEL CARBONATO DE CALCIO EN HULES y PLÁSTICOS

    En general, el carbonato de calcio es el mineral más importante para la industria del plástico.

    El carbonato de calcio se caracteriza por las siguientes propiedades:

    •  Alta pureza, lo que deja de lado cualquier efecto catalítico adverso en el envejecimiento de los polímeros

    •  Alto grado de blancura

    •  Bajo índice de refracción, permitiendo tonos pastel y blancos

    •  Baja abrasividad, mejorando el tiempo de vida de las máquinas y equipos

    •  Buena dispersabilidad (particularmente en los grados recubiertos)

    •  Bajo costo

    Las aplicaciones más importantes se dan en:

    •  PVC plastificado

    •  Plastisoles de PVC

    •  PVC rígido

    •  Polipropileno

    •  Polietileno

    •  Resinas de poliéster no saturadas

    El carbonato de calcio es utilizado extensivamente en hules y plásticos, especialmente en PVC plastificado, rígido y poliolefinas. El tratamiento superficial del carbonato de calcio brinda las ventajas de baja absorción de plastificante y mejor dispersión.

    El carbonato de calcio es un producto de alta blancura, baja absorción de aceite y buenas características de dispersión, que lo hacen una excelente carga mineral general. Este producto es utilizado en plásticos, hule, recubrimientos y selladores donde un producto uniforme sin partículas grandes es importante.

    Su uso en compuestos de poliéster no saturado (SMC, VMC, TMC) brinda a las partes terminadas excelentes propiedades físicas y de superficie. Es utilizado extensivamente en pinturas donde se busca balancear las propiedades ofrecidas por cargas más finas y más gruesas.

    APLICACIONES DEL CARBONATO DE CALCIO EN LA INDUSTRIA DE JABONES Y DETERGENTES

    El Carbonato de Calcio se usan como relleno mineral para lograr una alta retención de humedad, mejorar la consistencia y secado de la masa final, mejorar el aspecto de los jabones y controlar el peso final del producto. Además, no altera las propiedades físicas y químicas de los productos jabonosos, ni la viscosidad de la mezcla.

    El carbonato de calcio mejora la acción de limpieza de jabones y detergentes debido a un adecuado grado de abrasividad. No es retenidos por la fibras textiles ni daña la ropa, puesto que no contienen silica en estado libre.

    APLICACIONES DEL CARBONATO DE CALCIO EN LA INDUSTRIA DEL CAUCHO

    El Carbonato de Calcio se usa en la producción de cauchos naturales y sintéticos, manteniendo la flexibilidad, aumentando la resistencia a la torsión y a la tracción, mejorando las características mecánicas y eléctricas del caucho reduciendo costos.

    Los Carbonatos disminuyen el envejecimiento del caucho, la fatiga del material, no cambian su aspecto, no lo calientan y le evitan rupturas. Su consistencia y alta pureza química le permiten a los rellenos minerales poder ser usados independientemente o mezclados, dependiendo de la formulación de resina y de las necesidades del usuario. Los Carbonatos tienen la ventaja de reducir el costo de las resinas.

    APLICACIONES DEL CARBONATO DE CALCIO EN LA INDUSTRIA DE PINTURAS

    El Carbonato de Calcio proporciona mayor poder de cobertura, aumentando así el rendimiento en pinturas de alta calidad, sintéticas de aceite y en otros revestimientos. Los Carbonatos son de gran blancura y al no interferir en el color de la pintura, contribuyen a su opacidad y a que la pintura cubra, sin chorrear, las superficies.

    También son utilizados en sistemas de recubrimientos y pinturas ofreciendo un excelente brillo, buenos valores de Hegman, con alta velocidad de incorporación y buenas propiedades de superficie en sistemas a base solvente y agua.

    El carbonato de calcio ofrece a las pinturas un tratamiento superficial que hace que sus partículas sean hidrofóbicas, de forma que incrementen su compatibilidad en un medio orgánico facilitando su dispersión.

    El carbonato de calcio tiene gran aplicación como extendedores o cargas en pinturas a base de agua y de solvente. Se utilzan en la producción de fibra de vidrio, hules, poliuretanos y plastisoles, adhesivos, acabados texturizados y selladores.

    APLICACIONES DEL CARBONATO DE CALCIO EN NUTRICION ANIMAL

    El Carbonato de Calcio se utiliza para mejorar los rendimientos de todo tipo de alimento para animales. La integridad de la cáscara del huevo de las gallinas ponedoras y la fortaleza ósea de todos los animales, es clave para la producción de carne y huevos de calidad. Carbonatos con alto contenido de calcio, esto es, que contengan como mínimo un 38% de calcio elemental (Ca), son la fuente primaria de calcio en los alimentos para animales.

    Trade Chemicals & Products, expertos en Carbonato de Calcio de alta pureza puede asesorarlo en encontrar el carbonato de calcio más adecuado a su aplicación. ¡Permítanos ponernos en contacto con usted!

     

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