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AROMATIZANTE *

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Proveedores de:Aromatizante 

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    México Recursos Materiales Para Industrias AROMATIZANTE TUTI Aromatizante ambiental líquido aroma tutifruti, AROMATIZANTE CHANNEL Aromatizante ambiental líquido aroma channel Condominio 10 - 37 Col.Rancho San Lucas
    52172 Metepec, Estado de México
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    México BONDEX Aromatizante, Aromatizante ambiental nordiko, Aromatizante ambiental manzana, Aromatizante ambiental Chanel JARDINES No.93 BOD.M.13 ENTRE AV. PEÑUELAS y CALLE CUAUHTEMOC Col.ZONA IND. PEÑUELAS
    76198 Quéretaro, Querétaro
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    México Easy & Easy Aromatizante, Aromatizante ambiental, Aromatizante ambiental (zacaroma), Aromatizante ambiental (zacaroma) Convento de Actopan Mz.41 Col.Col. Jardines de sta. Mónica
    54050 Tlanepantla, Estado de México
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    México Sglup Aromatizante, Aromatizantes c 16 # 156 Col.fovisste
    0 Cholu, Yucatan
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    México 2mas Desarrollo Aromatizante, Aromatizantes Cultura Prehispánica #144 Col.Granjas San Antonio
    09070 D.F., D.F.
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    México AsLim aromatizante .. Col...
    00 .., ..
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    México Todo Facil Aromatizante Av. Revolución 104 Nte. Col.Buenos Aires
    0 Monterrey, Nuevo León
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    México International Clean Aromatizante ejido del jazmin 12 Col.hacienda de cristo
    53138 Naucalpan, Edo. de Méx.
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    México Quimica Fraalsi aromatizante calzada del hueso 773 Col.rinconada coapa
    14330 tlalpan, d.f.
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    México Industrias Singemex, S.A. de C.V. Aromatizante, Aromatizante (varios aromas) Camino Nacional #9 Col.San Luis Tlatilco
    53630 Naucalpan, Edo. de Méx.
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    México PRODUCTOS ROGA Aromatizante, Aromatizante de ambiente RECREO # 10-A Col.EL RECREO
    2070 D.F., México
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    México QUINMAR de México Aromatizante, Aromatizante ambiental Priv. Lerdo de Tejada No 702 Ote Col.Centro
    27000 Torreon, Coahuila
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    México Loregil Aromatizante, Aromatizante ambiental Hacienda de la Llave 541-301 Col.Fracc. hacienda del Parque
    54769 México, México, D.F.
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    México INDUSTRIAS JABOSA Aromatizante, Aromatizante corporal Av. de la Manzana no.39 Col.San Miguel Xochimanga
    54020 Mexico, EDO. MEXICO
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    Colombia Mantenitec E.U. Aromatizante, Aromatizante Carrera 65 C # 13F31 Col.Bosques del Limonar
    000 Valle del Cauca, Cali
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    Solicitudes de productos relacionados con:Aromatizante 

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  • IDProductoConsumoPais del clienteEstadoPuestoObservaciones
    5835 aromatizante saborizante 10000 Toneladas
    Anual
    México distrito federal representante
    6142 aromatizante y saborizante 10000 Litros
    Anual
    México PUEBLA DUEÑO
    6519 aromatizante 500 Kilogramos
    Anual
    México Veracruz Gerente de Producciòn Para fabricaciòn de limpiadores, detergentes, suavizantes, jabones, etc
    6770 AROMATIZANTE 50 Kilogramos
    Anual
    México GUANAJUATO JEFE DE DISEÑO URGE LOCALIZAR AROMATIZANTE QUE PUEDA SER APLICADO YA SEA EN LA FIBRA TEXTIL O BIEN EN ...
    9418 aromatizante saborizante 2 Litros
    Anual
    México D.F ninguno
    9930 aromatizante y saborizante 1000 Kilogramos
    Anual
    México VERACRUZ PROPIETARIO
    10038 aromatizante ambiental liquido 0 Toneladas
    Anual
    México México Compras Requiero aromatizante ambiental en liquido y pastilla
    11274 JABON CONCENTRADO PARA MANOS Y AROMATIZANTE LIQUIDO CONCENTRADO 150 Kilogramos
    Anual
    México SONORA COMPRAS SOLICITO INFORMACION DE JABON PARA MANOS Y AROMATIZANTE AMBIENTAL, PCTOS. CONCENTRADOS QUE ...
    11850 alcanfor 3 Toneladas
    Anual
    México Gerente Formulaciones
    13362 paradiclorobenceno 80 Toneladas
    Anual
    México Baja California Director Comercial Solicito cotización por contenedor y especificaciones de empaque para compra inmediata

       
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    11-Septiembre-2007
    Alertan por tóxico en palomitas de maíz para microondas
      
         Industria: Alimenticia, Hogar
         Tipo: Descubrimientos e investigaciones científicas
         Por:  El Diario de El Paso  /  Fuente:  QuimiNet

    De acuerdo a un estudio de la Food and Drug Administration (FDA por sus siglas en inglés), se encontró que algunos paquetes de palomitas de maíz listos para prepararse en hornos de microondas, podrían contener una sustancia tóxica (diacetil) que puede provocar enfermedades respiratorias, así como graves dolencias pulmonares.

    El diacetil, es un líquido amarillento que se mezcla con otros ingredientes para producir un aroma con sabor a mantequilla. La inhalación de este aromatizante durante la preparación del producto provoca dolor pulmonar y otros problemas respiratorios.

    El descubrimiento se dio cuando varios empleados de fábricas a escala mundial, donde se produce el diacetil, sufrieran de dichos síntomas, planeando demandas en contra de las compañías que procesan las palomitas de maíz, debido a que aseguran que éste químico está vinculado con las graves enfermedades que padecen.

    La FDA trata de identificar y cuantificar las emisiones químicas causadas en el proceso de abrir y cocinar las palomitas de maíz en el microondas, sin embargo, no se ha aclarado cómo las emisiones químicas afectan a los pulmones.

    Debido a esto, la compañía Pop Weaver, establecida en Indianápolis, tomó la iniciativa de producir palomitas de maíz para microondas sin el químico diacetil, así mismo representantes de Over Baked y Act II, declararon a la FDA que harán los cambios pertinentes de acuerdo al informe final de la FDA, eliminando el ingrediente de sus productos y limitando a sus trabajadores a esta sustancia química.

     

    23-Agosto-2006
    En la mira Conar por lío Cloralex - Clorox y Reckitt Benckiser lo amaga con acciones penales
      
         Industria: Artículos para el Hogar, Textil, Tiendas y autoservicios
         Tipo: Demandas y procesos legales, Participación de mercado
         Fuente:  Intélite

    Hay muchas compañías que no son famosas y se explica en que su influencia la han descargado en sus marcas. Reckitt Benckiser, firma anglogermana es de esas, pero casi todos reconocen sus limpiadores Brasso, Easy Off, Harpic, el lustrador Nugget, el quitamanchas Vanish, el aromatizante Lysol, el depilador Veet, Clearasil y Disprina.

    • La firma es producto de un par de fusiones. La primera en 1938 con Coleman y Reckitt & Sons que en 1888 era ya pública en el London Stock Exchange y la segunda con Benckiser en 1999.

    • Comandada por Bart Becht opera en 60 países y tiene ventas por diez  mil mdd: su último golpe fue la compra de la también británica BHI en 2005 con la que reforzó su presencia en salud y cuidado personal, que representa 25% de sus ventas.

    • En nuestro país, le empresa está encabezada por Vincenzo Bocchi. Llegó en 1966 a Atizapán, Edomex,  en donde aún se ubica su factoría.

    • Recién trascendió su problemática por un lío publicitario con Alen, de Enrique García Gamboa y Alfonso García Hernández, dueña de Cloralex, y Clorox de Mike Rytokoski.

    • Reckitt inició una campaña de Vanish en la que se destacaba los beneficios de tratar la ropa con un producto más sofisticado que el cloro.

    • Alen y Clorox se inconformaron en CONAR, órgano de autorregulación publicitaria que preside el ejecutivo de Modelo Raúl Rodríguez. Su director es Benjamín Díaz y Díaz.

    • Tras un dictamen de CONAR en su contra, Reckitt optó por sacar su campaña del aire, aún cuando sus mensajes se referían al cloro como genérico.

    • En diciembre aparecieron campañas de Cloralex y Clorox, validando las "supuestas" bondades del cloro para lavar ropa.

    • Reckitt se inconformó en CONAR, pero para su sorpresa el falló volvió a serle adverso.

    • Tras la dudosa actuación de Conar, Reckitt optó por dejar el organismo, siguiendo los pasos de otras como Wal Mart y regresó con otra campaña.

    • Hace unos días CONAR publicó un desplegado acusando a Reckitt de infringir el código de ética al "denigrar los productos hechos a base de cloro".

    • El primer sorprendido de la reacción de CONAR fue Reckitt. Vanish ha utilizado en otros países el mismo mensaje fundamentado en pruebas científicas; además, en las etiquetas de lavado de 98% de la ropa se advierte el riesgo de usar cloro.

    • El tema ha subido de tono y recién el área jurídica de Reckitt requirió a CONAR  suspender la campaña en su contra "que lejos de informar al consumidor, lo desinforma".

    • Son miembros del consejo de CONAR Gerardo Ancira de Diageo, Claudia Ortega de Genomma Lab, Jorge Terrazas de Bacardi, Jorge Juraidini de Cuauhtemoc-Moctezuma, Antonio Sánchez de Cigatam, Lucía Dourritzague de Coca Cola, Antonio Olivas de L´oreal, Jorge Bracero de Pfizer, Francisco Espinosa de los Reyes de Philips Morris, Sonia Bozzi de Kraft, Ernesto Flores de Movistar, Jonás Ortega de Unilever, así como Alfonso Vázquez y Mónica Cárdenas de Industrias Alen.

     

    08-Octubre-2002
    H-24 apelará fusión Bayer-SC Johnson
      
         Fuente:  Intélite
    Ahora que Bayer AG acaba de vender su negocio de insecticidas a SC Johnson & Son, ya brincó la primera empresa que busca que esa concentración no se concrete en México. Nos referimos a Industrias H-24, que tiene como presidente a Mark James McGuiness. Por lo que ha trascendido, esa petición se hará en unos días a la CFC, que preside Fernando Sánchez.  

    • Raid. Por lo que se refiere a Industrias H-24, le podemos decir que es una firma ciento por ciento de capital mexicano con más de 500 empleados, la cual mantiene la tercer posición en ese negocio.
    • Synkro y fue subastada en 1998 por el IPAB para ser adquirida por Grupo Xenon, que también participa en aromatizantes y limpiadores. 
     

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    18-08-2008
    El origen de la cocoa
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia, Cosmética |

    El origen de la cocoa

    El cacao, base del chocolate, tiene su origen probablemente en la región amazónica y comprende países como Colombia, Ecuador, Perú, Bolivia y Brasil. No se sabe si su extensión de Sudamérica a México fue de manera natural o con ayuda del hombre.

    El cacao está clasificado en el género Theobroma, en la familia Malvaceae (antes en la sterculiaceae) con 22 especies descritas, ubicadas principalmente en Sudamérica y partes de Centroamérica. El género Theobroma se encuentra en estado natural en las selvas húmedas de América tropical.

    Theobroma se deriva del griego theós, dios, y bróma, alimento, lo que significa alimento de los dioses, que concuerda con la leyenda Azteca que consideraba la semilla del cacao de origen divino. Además, en tiempos prehispánicos la semilla de cacao se usó como moneda.

    Usos y aplicaciones del cacao

    • Aromatizante: La semilla encierra un aceite esencial que da un sabor aromático particular.
    • Cosmética: La mantequilla de cocoa se usa para elaborar cosméticos, perfumería. Las semillas contienen hasta 50 % de aceite. El aceite esencial contiene 50 % de linalol, un ácido alifático y algunos ésteres.
    • Estimulante: El contenido de alcaloides tales como teobromina (1.5 a 3%) y cafeína, le confiere propiedades estimulantes.
    • Medicinal: Las semillas, hojas y raíces contienen los alcaloides teobromina y cafeína que tiene propiedades diuréticas y vasodilatadoras.
    • Comestible: Las semillas se muelen y tuestan para obtener la cocoa y el chocolate, sustancias apreciadas en la fabricación de dulces, confituras, helados y bebidas.

    Proveedores de cocoa

    Para buscar proveedores o empresas que venden cocoa, solicitar una cotización o precio de cocoa o más información, visite nuestro buscador de la industria.

    A continuación le presentamos a Ancla International Limited, proveedor de cocoa:

    Ancla International Limited, es una empresa con amplia experiencia en la distribución y facilitando la adquisición de materias primas (insumos), dentro de los cuales encontrará químicos y productos terminados directamente de las fabricas chinas. Dentro de las materias primas que distribuyen se encuentra la cocoa y polvo de cocoa.

    El polvo de cocoa de Ancla International Limited es obtenido de la semilla de cacao Theobroma, apropiado para consumo humano. Sus productos no contienen ingredientes, aditivos o conservadores peligrosos.

                 

    Polvo de cocoa alcalinizado (AS01) y polvo de cocoa negro (BS01)

    El AS01 es un polvo de cocoa fino hecho por medio de la alcalinización de la de las semillas enteras de la cocoa. Las semillas son tostadas en un tambor rotatorio, molidas con la fineza requerida. Después es presionada y desgrasada en una prensa hidráulica de alta presión y finalmente molidas nuevamente bajo condiciones controladas. El ingrediente utilizado para su alcalinización en Carbonato de potasio grado alimenticio.

    Polvo de cocoa natural (NL01) y (NS01)

    El AS01 es un polvo de cocoa fino hecho por medio de la alcalinización de  semillas enteras de cocoa. Las semillas son tostadas en un tambor rotatorio y molidas con la fineza requerida. Después es presionada y desgrasada en una prensa hidráulica de alta presión y finalmente molidas nuevamente bajo condiciones controladas.

    Polvo de cocoa rojizo Rojizas (RS01)

    El AS01 es un polvo de cocoa fino hecho por medio de la alcalinización de las semillas enteras. Las semillas son tostadas en un tambor rotatorio, molidas con la fineza requerida. Después es presionada y desgrasada en una prensa hidráulica de alta presión y finalmente molidas nuevamente bajo condiciones controladas. El ingrediente utilizado para su alcalinización en Carbonato de potasio grado alimenticio.

    Conozca el Perfil, Productos, Dirección y Teléfono de Ancla International Limited.

    O bien, haga contacto directo con Ancla International Limited para solicitar mayor información sobre el polvo de cocoa que manejan, dando clic en el producto de su interés.

     

    02-02-2006
    Guia de Productos químicos comunes (Primera parte)
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Petroquímica, Química |

    Productos químicos comunes:

    Nombres, Fórmula, Peso molecular, Código armonizado, Densidad, Punto de ebullición, Propiedades, Peligros, Usos comunes, Obtención, Transporte y almacenamiento

    Lista de substancias

    ACIDO BUTILICO NORMAL
    ACETATO ETILICO
    ACETATO ISOPROPILICO
    ACETONA
    ACIDO ACETICO
    ACIDO N-ACETILANTRANILICO
    ACIDO ANTRANILICO
    ACIDO CLORHIDRICO
    ACIDO FENILACETICO
    ACIDO FORMICO
    ACIDO LISERGICO
    ACIDO SULFURICO
    ACIDO TARTARICO
    ACIDO YODHIDRICO
    ALCOHOL BUTILICO NORMAL
    ALCOHOL BUTILICO SECUNDARIO
    ALCOHOL ETILICO
    ANHIDRIDO PROPIONICO
    BENCENO
    ALCOHOL ISOBUTILICO
    ALCOHOL ISOPROPILICO
    ALCOHOL METILICO
    ANHIDRIDO ACETICO
    BENZALDEHIDO
    BICARBONATO DE SODIO
    BICROMATO DE POTASIO
    BICROMATO DE SODIO
    CARBONATO DE CALCIO
    CARBONATO DE POTASIO
    CARBONATO DE SODIO
    CIANURO DE BENCILO
    CIANURO DE POTASIO
    CIANURO DE SODIO
    CICLOHEXANO
    CICLOHEXANONA
    CLOROFORMO
    CLORURO DE ACETILO
    CLORURO DE AMONIO
    CLORURO DE BENCILO
    CLORURO DE TIONILO
    DIACETATO DE ETILIDENO
    DIACETONA ALCOHOL
    DICLOROMETANO
    DIETILAMINA
    ERGOTAMINA
    ETER DE PETROLEO
    ETER ETILICO
    ETILAMINA
    FENILPROPANOLAMINA
    FORMAMIDA
    FORMIATO DE AMONIO
    FOSFORO ROJO
    HEXANO
    HIDROXIDO DE AMONIO
    HIDROXIDO DE CALCIO
    HIDROXIDO DE POTASIO
    HIDROXIDO DE SODIO
    HIPOCLORITO DE SODIO
    ISOSAFROL
    METILAMINA
    METILETILCETONA
    METILISOBUTILCETONA
    NITROETANO
    OXIDO DE CALCIO
    PERMANGANATO DE POTASIO
    PEROXIDO DE HIDROGENO
    PIPERIDINA
    PIPERONAL
    KEROSENE
    SAFROL
    SULFATO DE SODIO
    TIOSULFATO DE SODIO
    TOLUENO
    ORTO-TOLUIDINA
    TRICLOROETILENO
    UREA
    XILENOS
    YODO

    ACIDO BUTILICO NORMAL

    Otros nombres: Ester butílico del ácido acético, acetato de N-butilo.

    Fórmula: CH3COO(CH2)3CH3

    Peso molecular: 116,16 (C6H12O2)

    Código armonizado: 2915.33.0000

    Densidad: 0,88

    Punto de ebullición: 125-126¼C

    Propiedades: Líquido incoloro de olor agradable.

    Peligros: Los vapores irritan el sistema respiratorio y causan dolor de cabeza y náuseas; el líquido irrita los ojos y la piel, y causa conjuntivitis y dermatitis; si se ingiere, deprime el sistema nervioso central.

    Usos comúnes: En la fabricación de laca, cuero artificial, película fotográfica, plásticos, vidrio inastillable.

    Obtención: Reacción del ácido acético con el alcohol butílico normal.

    Transporte y Almacenamiento: Garrafas de vidrio, barriles o bidones metálicos; vagones cisterna; vagones de carga provisto de válvulas de seguridad.

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    ACETATO ETILICO

    Otros Nombres: Aceto de etilo, éter acético; éster etílico del ácido acético; éster etiloacético; etoanato de etilo.

    Fórmula: CH3COO.CH2 CH3

    Peso molecular: 88,1 (C4H8O2)

    Código armonizado: 2915.31.0000

    Densidad: 0,90

    Punto de ebullición: 77¼C

    Propiedades: Líquido incoloro y volátil, de olor agradable a fruta.

    Peligros: Es sumamente inflamable, el vapor irrita los ojos y el sistema respiratorio; el líquido irrita los ojos y las membranas mucosas; la inhalación prolongada puede afectar a los riñones e hígado.

    Usos comúnes: Solvente de diversas sustancias (nitrocelulosa, barnices, lacas); en la preparación de aromas artificiales de frutas; en la fabricación de pólvora sin humo, de cuero y seda artificiales, y de perfumes.

    Obtención: Por reacción de oxidorreducción del acetaldehido en presencia de alcóxidos de aluminio o sodio. Subproducto de la oxidación del butano y de la formación del polivinil butiral. Por estirificación directa del ácido acético.

    Transporte y almacenamiento: Garrafas de vidrio o bidones o barriles o bidones métalicos; vagones cisterna, vagones de carga provistos de válvulas de seguridad.

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    ACETATO ISOPROPILICO

    Otros nombres: Acetato 2-propílico; éster isopropílico del ácido acético.

    Fórmula molecular: CH3COOO.CH(CH3)2

    Peso molecular: 102,13 (C5H10O2)

    Código armonizado: 2915.39.4550

    Densidad: 0,87

    Punto de ebullición: 89¼C

    Propiedades: Líquido incoloro, de ligero olor a fruta.

    Obtención: Por estirificación del ácido acético con alcohol isopropílico, utilizando el ácido sulfúrico como catalizador.

    Transporte y almacenamiento: En recipientes de acero o aluminio, o bajo nitrógeno en vagones cisterna.

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    ACETONA

    Otros nombres: Dimetilcetona; propanona; 2-propanona.

    Fórmula molecular: (CH3)2CO

    Peso molecular: 58,08 (C3H6O)

    Código armonizado: 2914.11.1000

    Densidad: 0,79

    Punto de ebullición: 56,5 ¼C

    Propiedades: Líquido incoloro, movedizo e inflamable, de olor algo penetrante y aromático.

    Peligros: Es sumamente inflamable; el vapor en concentraciones elevadas, irrita los ojos y la nariz y su inhalación causa mareos, narcosis y coma; el líquido irrita los ojos y puede afectarlos gravemente; la ingestión del líquido causa irritación gástrica, narcosis y coma.

    Usos comúnes: Solvente e intermedio en la elaboración de una gran variedad de sustancias: plásticos, pinturas, lubricantes, fármacos, cosméticos, productos agrícolas, grasas, aceites, ceras, resinas, caucho, lacas , barnices y pegamentos de caucho. También se emplea para la producción de metilisobutilcetona, óxido de mesitilo, ácido acético, diacetona alcohol, cloroformo, bromoformo, yodoformo, explosivos, rayón, película fotográfica e isopreno.

    Obtención: Por fermentación del almidón de maíz y de la melaza. Por síntesis química, a partir del isopropanol o a partir del cumeno. Subproducto de la obtención del fenol. Por oxidación del propeno.

    Transporte y almacenamiento: La acetona se transporta en bidones de acero, camiones cisterna y vagones de carga. Se almacena en recipientes cerrados en lugares con ventilación abundante, alejados de las llamas, las chispas y el calor.

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    ACIDO ACETICO

    Otros nombres: Acido etanoico, ácido metanocarboxílico; ácido del vinagre.

    Fórmula: CH3COOH

    Peso molecular: 60,05 (C2H4O2)

    Código armonizado: 2915.21.0000

    Densidad: 1,05

    Punto de ebullición: 118¼C

    Punto de congelación: 16,6¼C

    Propiedades: Líquido incoloro y corrosivo, de olor penetrante. La solución acuosa al 5-6% forma el vinagre; la solución muy concentrada (no menos del 99,5% de ácido acético) se llama ácido acético glacial.

    Peligros: Es inflamable; el vapor irrita el sistema respiratorio, los ojos y la piel; causa quemaduras graves de los ojos y la piel; la ingestión produce irritación y lesiones.

    Usos comúnes: Fabricación de acetato de vinilo (45%), acetato de celulosa (20%), anhídrido acético, fibra de acetato, plásticos y caucho; en curtidurías; en el estampado del percal y teñido de la seda; en la conservación de alimentos; solvente de gomas, resinas, aceites esenciales y muchas otras sustancias; en diversas síntesis orgánicas.

    Obtención: Por reacción catalítica del metanol con monóxido de carbono. Por oxidación directa de hidrocarburos saturados. Por oxidación del acetaldehido.

    Transporte y almacenamiento: En recipientes forrados de acero inoxidable, vidrio o polietileno.

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    ACIDO N-ACETILANTRANILICO

    Otros nombres: Acido orto-acetilaminobenzoico; ácido N-acetil-2-aminobenzoico.

    Fórmula molecular: (CH3CONH)C6H4(COOH)

    Peso molecular: 179,18 (C9H9O3)

    Código armonizado: 2924.29.4700

    Punto de fusión: 184-186¼C.

    Propiedades: Polvo cristalino fino, de color blanco o amarillento y sabor dulzón.

    Peligros: La ingestión es dañina.

    Usos comúnes: Intermedio en la fabricación de fármacos, productos químicos especializados y plásticos.

    Obtención: Reacción del ácido antranílico con el anhídrido acético.

    Transporte y almacenamiento: Se transporta en bidones de fibra de 45 kilogramos (100 libras). Se almacena en recipientes herméticos, en lugares frescos y secos.

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    ACIDO ANTRANILICO

    Otros nombres: Acido ortoaminobenzoico, 1-amino-2-carboxibenceno, vitamina L1; ácido 2-aminobenzoico; orto-carboxianilina.

    Fórmula molecular: (NH2)C6H4(COOH)

    Peso molecular: 137,13 (C7H7NO2)

    Código armonizado: 2922.49.3700.

    Densidad: 1,41

    Punto de fusión: 144-146¼C

    Propiedades: Polvo cristalino, blanco o amarillento, de sabor dulzón.

    Peligros: La ingestión es dañina.

    Usos comúnes: Intermedio en la fabricación de tintes (añil), fármacos y perfumes; en síntesis orgánicas.

    Obtención: Por reacción del anhídrido isatoico con álcalis. Por reducción del ácido orto-nitrobenzoico

    Transporte y almacenamiento: En bidones de fibra de 68 kg (150 lb); también en polvo a granel. Se guarda en recipientes herméticos en lugares secos y frescos.

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    ACIDO CLORHIDRICO

    Otros nombres: Acido muriático, cloruro de hidrógeno (en solución acuosa).

    Fórmula Molecular: HCl

    Peso molecular: 36,46

    Código de la CSA: 6545

    Código armonizado: 2806.10.0000

    Densidad: 1,20 (Solución al 39,1% de HCl)

    Punto de ebullición: 108,6 ¼C (al 20,2% de HCl)

    Propiedades: Consiste en una solución acuosa de cloruro de hidrógeno gaseoso (HCl puro), corrosiva, incolora (pero a veces amarillenta, por la presencia de rastros de hierro, cloro y materia orgánica) y fumante. La calidad de reactivo contiene del 36,5 al 39% de HCl. También se vende el cloruro de hidrógeno gaseoso.

    Peligros: La inhalación provoca la tos o la asfixia, y la inflamación y ulceración de las vías respiratorias. El contacto con las soluciones concentradas causa quemaduras graves. Es muy corrosivo e irrita los ojos, las membranas mucosas y las vías respiratorias. Los vapores provocan el edema pulmonar e incluso la muerte.

    Obtención: Industrialmente, por reacción del cloruro de sodio con el ácido sulfúrico; también, a partir de cloruro de sodio , dióxido de azufre, aire y vapor de agua. Es subproducto de la síntesis de los hidrocarburos clorados.

    Transporte y almacenamiento: En concentraciones no superiores al 20% de HCl, en garrafas que se transportan en cajas, o en cubetas portátiles de acero forradas de polietileno. En concentraciones no superiores al 30%, en vagones cisterna. En concentraciones aún mayores, en vagones de carga forrados de caucho o algún material de parecida resistencia a los ácidos. Se guarda en damajuanas herméticas de vidrio u otro material inerte, a temperaturas inferiores a los 30¼C.

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    ACIDO FENILACETICO

    Otros nombres: Acido bencenoacético; ácido alfa-toluico.

    Fórmula molecular: C6H5(CH2COOH)

    Peso molecular: 136,14 (C8H8O2)

    Código armonizado: 2916.33.1000

    Densidad: 1,09

    Punto de Fusión: 76-77¼C

    Punto de ebullición: 265,5¼C

    Propiedades: Polvo blanco cristalino de olor penetrante y muy desagrable. Se suele repartir en forma de sus sales de sodio o potasio, en solución acuosa al 50%. Soluble en alcohol y éter, ligeramente soluble en agua. Combustible.

    Peligros: La ingestión es moderadamente tóxica; es teratógeno en animales experimentales; al calentarse hasta la descomposición, emite un humo acre e irritante.

    Usos comúnes: Fabricación de perfumes , ésteres fenilacéticos, herbicidas, penicilina y diversos fármacos, aromatizante de bebidas y alimentos edulcorantes.

    Obtención: Hidrólisis del cianuro de bencilo por medio del ácido sulfúrico o clorhídrico diluido.

    Transporte y almacenamiento: Se suele distribuir en partidas de 15.400 litros (400 galones), que se envían a granel en vagones o camiones cisterna. También se reparte en forma de la sal de sodio o de potasio en bidones de acero al carbono de 208 litros (55 galones). La sal de odio puede requerir calefacción, pues se congela a los 10¼C. El ácido fenilacético como tal debe almacenarse en botellas de vidrio oscuro y en lugar seco y fresco.

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    ACIDO FORMICO

    Otros nombres: Acido metanoico; ácido hidrógeno carbixílico, ácido amínico.

    Fórmula molecular: HCOOH

    Peso molecular: 46,02 (CH2O2)

    Código armonizado: 2915.11.0000

    Densidad: 1,22

    Punto de ebullicion: 100,5¼C

    Punto de congelación: 8,3¼C

    Propiedades: Líquido incoloro de olor penetrante; poderoso agente reductor.

    Peligros: El vapor irrita el sistema respiratorio y los ojos; el líquido quema los ojos y la piel; la ingestión causa irritación y lesiones internas serias; la absorción crónica provoca albuminuria y hematuria.

    Usos comúnes: Agente desencalados; agente reductor en el teñido indeleble de la lana; en curtidos, en la depilación e hinchamiento de los pellejos; en galvanizado; en la coagulación del látex natural, en la regeneración del caucho usado; en análisis químico.

    Obtención: Por reacción entre el monóxido de carbono y el hidróxido de sodio, al calor y bajo presión; el formiato de sodio resultante se descompone por medio del ácido sulfúrico.

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    ACIDO LISERGICO

    Otros nombres: Acido 9,10-dideshidro-6-metilergolín-8-carboxílico; ácido hexahidro-7-metilindolquinoleín-9- carboxílico.

    Fórmula Empírica: C16H16N2O2

    Peso molecular: 268,32

    Código armonizado: 2939.60.0000

    Punto de fusión: 240¼C (con descomposición)

    Propiedades: Material cristalino, poco soluble en agua y en solventes orgánicos neutros.

    Usos comúnes: En síntesis orgánica y de ergonivina; investigaciones médicas.

    Obtención: Por hidrólisis alcalina de los alcaloides del cornezuelo, como la ergotamina o ergonovina. Por fermentación de cultivos de Claviceps purpurea o de Aspergillus clavatus.

    Transporte y almacenamiento: Se guarda en recipientes herméticos en lugares frescos, protegido de la luz.

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    ACIDO SULFURICO

    Otros nombres: Aceite de vitriolo, sulfato de hidrógeno.

    Fórmula molecular: H2SO4

    Peso molecular: 98,08

    Código de la CSA: 6552

    Código armonizado: 2807.00.0000

    El ácido sulfúrico concentrado al 98% presenta las siguientes constantes:

    Punto de ebullición: 330¼C

    Punto de congelación: 3¼C

    Densidad: 1,84

    Propiedades: Líquido aceitoso, transparente, incoloro e inodoro, bastante más viscoso que el agua. El ácido sulfúrico concentrado es una solución acuosa cuyo contenido de H2SO4 varía entre el 93 y 98%.

    Peligros: El ácido sulfúrico concentrado corroe la piel y quema los tejidos vorazmente. Cuando se mezcla con otros líquidos , debe añadirse lentamente, con agitación constante; si se diluye, añádase siempre el agua y nunca viceversa; reacciona con el agua o vapor con generación de calor.

    Usos comúnes: En la fabricación de abonos, explosivos, tintes, otros ácidos, papel y cola; en la purificación del petróleo; en la oxidación de metales y otros materiales; como secante. Ingrediente de los detergentes para baños, limpiadores de cañerías y metales, compuestos antioxidantes, y fluidos de los acumuladores de automóviles.

    Obtención: Por oxidación catalítica del dióxido de azufre en trióxido de azufre, que a su vez se convierte en ácido sulfúrico por el “método de contacto" (reacción con el agua). Por reacción entre el dióxido de azufre, oxígeno, vapor de agua y óxidos de nitrógeno en cámaras de plomo.

    Transporte y almacenamiento: Sustancia corrosiva. Se transporta en garrafas de vidrio metidas en cajas; cubetas portátiles de acero; camiones y vagones cisterna, y en barriles y bidones de metal, según la concentración del ácido sulfúrico. Se guarda en recipientes herméticos de vidrio u otro material inerte.

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    ACIDO TARTARICO

    Otros nombres: Acido dihidroxisuccínico, ácido 2,3-dihidroxibutanodioico.

    Fórmula molecular: (COOH)(OH)HCCH(OH)(COOH)

    Peso molecular: 150,09 (C4H6O6)

    Código armonizado: 2918.12.0000

    Punto de fusión: 167-169¼C (dextro- y levo-tártarico); 206¼C (racémico); 140¼C (meso-tartárico).

    Propiedades: Cristales transparentes o polvo cristalino blanco, de fino a granular; inodoro; fuerte sabor ácido. Se presenta en cuatro formas (isómeros ópticos): dextro-tartárico, levo-tartárico, meso-tartárico y tartárico racémico.

    Peligros: Moderadamente tóxico por vía intravenosa; ligeramente tóxico por ingestión oral.

    Usos comúnes: En la elaboración de gaseosas, dulces, pan, postres de gelatina; en fotografía, curtiduría y alfarería; en la preparación de tartratos; en productos farmacéuticos, como tampón.

    Obtención: El ácido levo-tartárico se presenta naturalmente en muchas frutas, se deposita en forma de la sal de potasio en la fermentación de la uva. El ácido tartárico seprepara a partir de esa sal, por neutralización con carbonato de calcio y tratamiento posterior con ácido sulfúrico.

    Transporte y almacenamiento: Sustancia considerada inocua que se reparte en bidones y sacos de 22,5 y 45 kg (50 y 100 libras, respectivamente).

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    ACIDO YODHIDRICO

    Otro nombres: Yoduro de hidrógeno en solución acuosa.

    Fórmula molecular: HI

    Peso molecular: 127,91

    Código armonizado: 2811.19.6050

    Densidad: 1,5 (al 47%); 1,7 (al 57%)

    Punto de ebullición: 127¼C (al 57%)

    Propiedades: Líquido corrosivo; es incoloro cuando está recién preparado pero al exponerse a la luz y al aire se vuelve amarillento y pardusco. Consiste en una solución de yoduro de hidrógeno gaseoso en agua; se produce comercialmente en varias concentraciones, entre ellas, al 47 y al 57% de HI.

    Peligros: El vapor irrita el sistema respiratorio, la piel y los ojos; el líquido causa quemaduras graves de los ojos y la piel; la ingestión causa irritación interna y lesiones graves.

    Usos comúnes: Síntesis de compuestos orgánicos e inorgánicos del yodo; desinfectante; en química como reactivo; en farmacia, como suplemento (jarabe de ácido yodhídrico) de las dietas deficientes en yodo.

    Obtención: Por reacción de los gases de yodo e hidrógeno en presencia de un catalizador, y posterior absorción en agua. Por tratamiento del yodo con ácido sulfhídrico en solución acuosa. Por reacción del yodo con fósforo rojo y agua.

    Transporte y almacenamiento: Guárdese al abrigo del aire y de la luz, a temperaturas inferiores a 30¼C.

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    ALCOHOL BUTILICO NORMAL

    Otros nombres: Alcohol butílico; 1-butanol; n-butanol; hidróxido butílico; 1-hidroxibutano; n-propilcarbinol.

    Fórmula molecular: CH3(CH2)3OH

    Peso molecular: 74,12 (C4H10O)

    Código armonizado: 2905.13.0000

    Densidad: 0,81

    Punto de ebullición: 117-118¼C

    Propiedades: Líquido incoloro de vapor irritante.

    Peligros: Tóxico por contacto con la piel, por ingestión y por vía subcutánea; irrita seriamente los ojos y la piel.

    Usos comúnes: Solvente de grasas, ceras, resinas, gomas laca, barnices y gomas; se usa en la fabricación de lacas, rayón y detergentes.

    Obtención: Por hidrogenación del butiraldehido normal; por reducción del butiraldehido normal con borohidruro de sodio.

    Transporte y almacenamiento: En bidones de acero dulce sin tratar, de acero esmaltado o, a veces, de acero inoxidable.

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    ALCOHOL BUTILICO SECUNDARIO

    Otros nombres: 2-butanol; 2-hidroxibutano; metiletilcarbinol.

    Fórmula: CH3CH2CH(OH)CH3

    Peso molecular: 74,12 (C4H10O)

    Código armonizado: 2905.13.0000

    Densidad: 0,80

    Punto de ebullición: 98-99,5¼C

    Propiedades: Líquido incoloro de vapor irritante.

    Peligros: Inflamable; el vapor irrita el sistema respiratorio y los ojos; el líquido irrita los ojos y, a veces, la piel; la ingestión causa dolor de cabeza, mareo, modorra y narcosis.

    Usos comúnes: Síntesis de la metiletilcetona; preparación de agentes de flotación, sabores, perfumes, tintes, humectantes; fabricación de detergentes industriales y de quitapinturas; solvente de resinas naturales y de aceites de linaza y ricino.

    Obtención: Por hidratación del 2-buteno

    Transporte y almacenamiento: En bidones de acero dulce sin tratar, de acero esmaltado o, a veces, de acero inoxidable.

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    ALCOHOL ETILICO

    Otros nombres: Etanol; alcohol; alcohol anhidro; hidróxido de etilo, metilcarbinol.

    Fórmula molecular: CH3CH2OH (También, C2H5OH)

    Peso molecular: 46,07 (C2H6O)

    Código armonizado: 2207.10.6000 / 2207.20.0000

    Densidad: 0,79

    Punto de ebullición: 78,5¼C

    Propiedades: Líquido incoloro, transparente e inflamable, de olor agradable.

    Peligros: Sumamente inflamable; ingerido en cantidades importantes afecta a la percepción y la coordinación.

    Usos comúnes: Bebidas alcohólicas, solvente industrial; aditivo antidetonante de la gasolina; en perfumería, síntesis orgánica, y la elaboración de productos farmacéuticos.

    Obtención: Por fermentación de almidón, azúcar y otros hidratos de carbono. Por hidratación del etileno.

    Transporte y almacenamiento: Vagones y camiones cisterna; bidones y recipientes más pequeños de vidrio o de metal; en ciertos casos, los bidones van forrados de resina fenólica.

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    ANHIDRIDO PROPIONICO

    Otros nombres: Anhídrido del ácido propiónico, Anhídrido propanoico, anhídrido metilacético.

    Fórmula molecular: (CH3CH2CO)2O

    Peso molecular: 130,14 (C6H10O3)

    Código de CSA: 8320

    Código armonizado: 2915.90.5000

    Densidad: 1,01

    Punto de ebullición: 167¼C

    Propiedades: Líquido incoloro y tóxico de olor picante; soluble en alcohol, éter y cloroformo; insoluble en agua; combustible.

    Peligros: Moderadamente tóxico si se ingiere; levemente tóxico en contacto con la piel; irritante corrosivo para la piel, los ojos y las membranas mucosas.

    Usos comúnes: Esterificante de la celulosa, los aceites de perfumería, las grasas y sobre todo, de la celulosa; en la producción de resinas alquídicas, tintes y fármacos; deshidratante en reacciones de sulfonación y nitración.

    Obtención: Por deshidratación del ácido propiónico. Por carbonilación de ésteres del ácido propiónico. Por oxidación catalítica del propanal. A partir del monóxido de carbono y el etanol.

    Transporte y almacenamiento: En recipientes oscuros, secos y cerrados herméticamente, para prevenir la descomposición que causa la humedad; en vagones cisterna.

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    BENCENO

    Otros nombres: Benzol; ciclohexanotrieno.

    Fórmula molecular: C6H6 [ cíclica]

    Peso molecular: 78,11

    Códigos armonizados: 2902.20.0000 (>90%) / 2707.10.0120 (<90%)

    Densidad: 0,88

    Punto de ebullición: 80,1¼C

    Propiedades: Líquido transparente, incoloro y sumamente inflamable.

    Peligros: El vapor causa mareo, dolor de cabeza, excitación y en concentraciones elevadas, desvanecimiento. El vapor irrita los ojos y las membranas mucosas; el líquido es venenoso sise absorbe por la piel o se ingiere; la inhalación frecuente en baja concentración puede ser causa de enfermedades graves de la sangre, por ejemplo, de leucemia o anemia aplástica; se sospecha que es carcinógeno.

    Usos comúnes: Solvente de ceras, resinas y aceites; preparación de etilbenceno, cumeno y ciclohexano; fabricación de barnices y lacas; ingrediente de ciertos combustibles de motores.

    Obtención: Por descomposición térmica de la nafta a presión, en presencia de catalizador de platino. Por hidrogenación (con separación del azufre) de la gasolina de pirólisis (a su vez, subproducto de la obtención del etileno). En pequeña escala, por coquización del carbón. Por hidrodesalquilación y transalquilación del tolueno.

    Transporte y almacenamiento: En bidones y cisternas de acero, previstos de la debida ventilación.

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    01-07-2005
    NOM Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Alimenticia, Empaque, Envase y Embalaje |

    SECRETARIA DE SALUD

    NORMA Oficial Mexicana NOM-189-SSA1/SCFI-2002, Productos y servicios. Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

    NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-189-SSA1/SCFI-2002, PRODUCTOS Y SERVICIOS. ETIQUETADO Y ENVASADO PARA PRODUCTOS DE ASEO DE USO DOMESTICO.

    ERNESTO ENRIQUEZ RUBIO, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con fundamento en los artículos 34 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o. fracción XXII, 13 apartado A) fracción I, 194 fracción I, 195, 197, 210, 273, 274 y demás aplicables de la Ley General de Salud; 38 fracciones II y VII, 39 fracción V y 40 fracciones I, V, XI y XII, 41, 43, 47 fracción IV y 53 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 31 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 4o., 8o., 15, 25, 198 y quinto transitorio y demás aplicables del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios; 2 literal C fracción II, 34 y 36 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 23 del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y 2 fracciones II y III, 7 fracción XVI, y 11 fracciones I y II del Decreto por el que se crea la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la siguiente Norma Oficial Mexicana NOM-189-SSA1/SCFI-2002. Productos y servicios. Etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico, y

    CONSIDERANDO

    Que con fecha 9 agosto de 1999, en el cumplimiento de lo previsto en el artículo 46 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Dirección General de Calidad Sanitaria de Bienes y Servicios, ahora Dirección General de Control Sanitario de Productos y Servicios, presentó al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, el anteproyecto de la presente Norma
    Oficial Mexicana.

    Que con fecha 19 de junio de 2000, en el cumplimiento de lo previsto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de la siguiente Norma Oficial Mexicana a efecto de que los interesados dentro de los siguientes sesenta días naturales posteriores a dicha publicación, presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Regulación y Fomento Sanitario.

    Que con fecha previa, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las respuestas a los comentarios recibidos por el mencionado Comité, en los términos del artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

    Que en atención a las anteriores consideraciones, contando con la aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, se expide la siguiente:

    NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-189-SSA1/SCFI-2002, PRODUCTOS Y SERVICIOS. ETIQUETADO
    Y ENVASADO PARA PRODUCTOS DE ASEO DE USO DOMESTICO

    PREFACIO

    En la elaboración de la presente Norma participaron los siguientes organismos e instituciones:

    SECRETARIA DE SALUD
    Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
    Dirección General de Control Sanitario de Productos y Servicios
    Dirección General de Salud Ambiental

    SECRETARIA DE ECONOMIA
    Dirección General de Normas
    Dirección General de Política de Comercio Interior

    PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
    Coordinación General de Investigación

    CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA TRANSFORMACION

    CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE ACEITES, GRASAS, JABONES Y DETERGENTES

    AMWAY DE MEXICO, S.A. DE C.V.

    COLGATE-PALMOLIVE, S.A. DE C.V.

    CENTRO DERMATOLOGICO D. LADISLAO DE LA PASCUA

    DETERGENTES INDUSTRIALES MEXICANOS, S.A. DE C.V.

    INDUSTRIAS ALEN, S.A. DE C.V.

    PROCTER & GAMBLE DE MEXICO, S.A. DE C.V.

    MARVIL MEXICANA, S.A. DE C.V.

    SC JOHNSON AND SON, S.A. DE C.V.

    INDICE

    1. Objetivo y campo de aplicación

    2. Referencias

    3. Definiciones

    4. Símbolos y abreviaturas

    5. Clasificación

    6. Requisitos de etiquetado

    7. Requisitos de envasado

    8. Presentación de la información

    9. Declaraciones no permitidas

    10. Concordancia con normas internacionales y mexicanas

    11. Bibliografía

    12. Observancia de la Norma

    13. Vigencia

    1. Objetivo y campo de aplicación

    1.1 Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer los requisitos de información sanitaria y comercial que deben contener las etiquetas de los productos de aseo de uso doméstico, para elegir una mejor opción de compra, así como los lineamientos sanitarios para su envasado y así evitar que su uso represente un riesgo a la salud.

    1.2 Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en el territorio nacional para las personas físicas y morales que se dedican a su proceso o importación.

    2. Referencias

    Esta Norma se complementa con las siguientes normas vigentes:

    2.1     NOM-002-SCFI-1993       Productos preenvasados. Contenido neto, tolerancias y métodos de verificación.

    2.1     NOM-008-SCFI-1993       Sistema General de Unidades de Medida.

    2.2     NOM-030-SCFI-1993       Información comercial-Declaración de cantidad en la etiqueta-Especificaciones.

    3. Definiciones

    Para fines de esta Norma se entiende por:

    3.1 Coadyuvante o ayudas de procesos, a la sustancia o materia, excluidos aparatos, utensilios y aditivos, que no se considera como ingrediente por sí mismo en el producto y se emplea intencionalmente en la elaboración de materias primas, productos o sus ingredientes, para lograr una finalidad tecnológica durante el tratamiento o la elaboración que puede dar lugar a la presencia no intencionada, pero inevitable de residuos o derivados en el producto final.

    3.2 Consumidor , a la persona física o moral que adquiere o disfruta como usuario final los productos de aseo de uso doméstico.

    3.3 Denominación específica , al nombre particular que recibe un producto y que se encuentra asociado a la(s) característica(s) que lo distinguen dentro de una clasificación general y lo restringen en aplicación, efecto, estructura, función y uso particular.

    3.4 Denominación genérica , al nombre que recibe un grupo de productos, que en función de su uso tienen características comunes y que representa cada uno de los distintos tipos o clases en que se
    pueden ordenar.

    3.5 Embalaje , al material que envuelve, contiene y protege debidamente los envases primarios o envases secundarios en su caso, que facilita y resiste las operaciones de almacenamiento y transporte, no destinado para su venta al consumidor en dicha presentación.

    3.6 Envase colectivo , al recipiente o envoltura en el que se encuentran contenidos dos o más variedades diferentes de productos preenvasados, destinados para su venta al consumidor en dicha presentación.

    3.7 Envase múltiple , al recipiente o envoltura en el que se encuentran contenidos dos o más productos preenvasados iguales en su composición, que sólo varían en sus propiedades sensoriales o de tamaño, y destinados para su venta al consumidor en dicha presentación.

    3.8 Envase presurizado , al envasado a presión provisto de una válvula de mando que con un gas propulsor permite proyectar en el aire al producto en diferentes formas.

    3.9 Envase primario , al recipiente destinado a contener un producto y que entra en contacto directo con el mismo, conservando su integridad física, química y sanitaria.

    3.10 Envase resistente a niños , al envase diseñado o construido de tal manera que presente dificultad para ser abierto por niños de cinco años.

    3.11 Envase secundario , al que contiene al envase primario de manera individual.

    3.12 Etiqueta , al marbete, rótulo, inscripción, marca, imagen gráfica u otra forma descriptiva que se haya escrito, impreso, estarcido, marcado, en relieve o en hueco, grabado, adherido, precintado o anexado al empaque o envase del producto.

    3.13 Ingrediente , a la sustancia que forma parte de la composición o fórmula del producto terminado.

    3.14 Leyendas precautorias , al texto o representación gráfica que informe y, en su caso, prevenga al consumidor, sobre los posibles daños a la salud que ocasione la presencia de un ingrediente específico o el mal uso o aplicación del producto.

    3.15 Lote , a la cantidad de un producto elaborado en un mismo ciclo, integrado por unidades homogéneas.

    3.16 Proceso , al conjunto de actividades relativas a la obtención, elaboración, fabricación, preparación, conservación, mezclado, acondicionamiento, envasado, manipulación, transporte, distribución, almacenamiento y expendio o suministro al público de productos.

    3.17 Producto a granel , al producto que debe pesarse, medirse o contarse en presencia del consumidor por no encontrarse preenvasado al momento de su venta.

    3.18 Producto corrosivo , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso causa destrucción o alteraciones irreversibles en el tejido vivo por acción química en el sitio de contacto.

    3.19 Producto de aseo de uso doméstico , a los productos definidos en el numeral 3.20 y cuya formulación y comercialización está destinada a los consumidores que los usan o aplican en las diferentes áreas del hogar o instalaciones similares, tales como: oficinas, escuelas y hospitales, entre otros.

    3.20 Productos de aseo , a las sustancias o mezclas de sustancias que se emplean de forma directa o indirecta, independientemente de su estado físico, destinadas a: la limpieza, lavado e higiene de objetos, superficies y fibras textiles y que tienen por objeto desprender o eliminar la suciedad y las manchas; proporcionar un determinado aroma o eliminar malos olores del ambiente; impartir un acabado lustroso a objetos y superficies, modificar y acondicionar la textura o cualquier otra característica de las telas; desobstruir los ductos sanitarios de las aguas residuales y pluviales y los demás con fines análogos que determine la Secretaría.

    3.21 Productos especiales para textiles , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que facilitan el aseo y mantenimiento de fibras textiles al modificar o acondicionar la textura o cualquier otra característica de las telas. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes productos: almidones o aprestos, blanqueadores, productos para el planchado, prelavadores, desmanchadores y suavizantes.

    3.22 Producto inflamable , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso tiene un punto de inflamación menor o igual a 37,8ºC, prende fácilmente y se quema rápidamente, generalmente
    de forma violenta.

    3.23 Producto irritante , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso causa un efecto inflamatorio reversible en el tejido vivo por acción química en el sitio de contacto.

    3.24 Productos multifuncionales , a los productos de aseo de uso doméstico que debido a su formulación pueden tener varias de las funciones tecnológicas descritas en los numerales 3.21, 3.25, 3.26, 3.27, 3.28 y 3.29, así como alguna otra función tecnológica diferente de las anteriores pero que no es la función principal.

    3.25 Productos para desobstruir conductos sanitarios, a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias cuya acción química o biológica remueve materia presente en los conductos sanitarios de las aguas residuales y pluviales que pudieran obstruirlas. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los destapacaños.

    3.26 Productos para el ambiente , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias usados con el objeto de impartir un aroma al ambiente o prevenir o enmascarar o eliminar malos olores. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes productos: aromatizantes, desodorantes, enmascarantes y los eliminadores
    o controladores de malos olores del ambiente.

    3.27 Productos para higiene , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que disminuye el desarrollo de microorganismos de la superficie donde se aplique.
    En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los desinfectantes.

    3.28 Productos para la limpieza , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias que eliminan o disminuyen la suciedad orgánica e inorgánica de las superficies donde se aplica. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa
    los siguientes productos: detergentes, jabones de lavandería, desengrasantes, limpiadores, desmanchadores y removedores.

    3.29 Productos para protección o acabado lustroso , a los productos de aseo de uso doméstico elaborados con una sustancia o mezcla de sustancias de origen natural o sintético que proporcionan a una superficie un acabado protector o reparador, estético, brillante o una combinación de ellos. En esta categoría se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes productos: ceras, lustradores, abrillantadores y selladores.

    3.30 Productos preenvasados , a los productos que cuando son colocados en un envase de cualquier naturaleza, no se encuentra presente el consumidor y la cantidad de producto contenido en él no puede ser alterada, a menos que el envase sea abierto o modificado perceptiblemente.

    3.31 Producto tóxico , al producto que en estado sólido, líquido o gaseoso y que en función de la concentración, vía de administración y tiempo de exposición puede causar trastornos estructurales o funcionales que provoquen daños a la salud o la muerte.

    3.32 Superficie de información , al área del envase primario o secundario, distinta a la superficie principal de exhibición.

    3.33 Superficie principal de exhibición , a la parte de la etiqueta o envase a la que se le da mayor importancia por ostentar el nombre, la marca comercial, y la denominación genérica o, en su caso, específica, excluyendo las tapas y fondos de las latas y frascos; y los hombros y cuellos de botellas.

    4. Símbolos y abreviaturas

    Cuando en esta Norma se haga referencia a los siguientes símbolos y abreviaturas se entiende por:

    °C      grados Celsius

    Cuando en la presente Norma se mencione a la Secretaría, debe entenderse que se trata de la Secretaría de Salud.

    5. Clasificación

    Los productos objeto de esta Norma con base a su función tecnológica se clasifican en:

    5.1 Productos especiales para textiles

    5.2 Productos multifuncionales

    5.3 Productos para desobstruir conductos sanitarios

    5.4 Productos para el ambiente

    5.5 Productos para higiene

    5.6 Productos para la limpieza

    5.7 Productos para protección o acabado lustroso

    y otros que determine la Secretaría.

    6. Requisitos de etiquetado

    6.1 Etiquetado sanitario

    6.1.1 Denominación genérica y específica del producto.

    6.1.1.1 En la superficie principal de exhibición del envase primario o secundario de los productos preenvasados objeto de esta Norma, debe figurar la denominación genérica y, en su caso, específica.

    6.1.1.2 La denominación genérica se podrá establecer haciendo referencia a la presentación o función
    del producto.

    6.1.1.3 La denominación específica se podrá establecer haciendo referencia al lugar donde se aplicará
    el producto.

    6.1.2 Identificación del responsable del proceso.

    6.1.2.1 En los productos nacionales, debe figurar el nombre, la denominación o la razón social y domicilio (calle, número, código postal, ciudad y estado) del productor o responsable de la fabricación. En el caso de productos importados, esta información debe ser proporcionada por el importador a la autoridad competente, a solicitud de ésta.

    6.1.2.2 Para el producto nacional que sea maquilado, la leyenda “Hecho para” seguido del nombre y domicilio de la persona física o moral, licenciatario o causahabiente propietario de la marca.

    6.1.2.3 Tratándose de productos importados debe figurar el nombre, la denominación o la razón social y el domicilio del importador (calle, número, código postal, ciudad y estado), mismos que podrán incorporarse en la etiqueta del producto, en el territorio nacional después del despacho aduanero y antes de su comercialización.

    6.1.2.4 Para los productos de importación que hayan sido envasados en México deben dar cumplimento a lo dispuesto en los numerales 6.1.2.3 y 6.2.2.1.

    6.1.3 Declaración de la lista de ingredientes.

    6.1.3.1 La lista de ingredientes de los productos objeto de esta Norma debe figurar en la superficie de información del envase primario o, en su caso, envase secundario. La declaración debe hacerse de la siguiente manera:

    6.1.3.1.1 Debe ir precedida por el término “ingredientes” y enlistarse por orden cuantitativo decreciente.

    6.1.3.1.2 Los ingredientes activos, solventes, propelentes, sustancias corrosivas y aquellas que den origen a las leyendas precautorias, deben declararse con el nombre químico o técnico más comúnmente usado o utilizar una nomenclatura química internacionalmente reconocida.

    6.1.3.1.3 Los demás ingredientes deben declararse y, para ello, podrá emplearse la denominación genérica, la denominación química para grupos o familias ya establecidas o la denominación funcional del ingrediente, entre los que se encuentran de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes:

    -         Fosfatos

    -         Fosfonatos

    -         Tensoactivos aniónicos

    -         Tensoactivos catiónicos

    -         Tensoactivos anfotéricos

    -         Tensoactivos no iónicos

    -         Blanqueadores base oxígeno

    -         Blanqueadores base cloro

    -         EDTA

    -         Acido nitrilotriacético

    -         Fenoles y fenoles halogenados

    -         Hidrocarburos aromáticos

    -         Hidrocarburos alifáticos

    -         Hidrocarburos halogenados

    -         Ceras

    -         Silicones

    -         Sulfatos

    -         Carbonatos

    -         Silicatos

    -         Zeolitas

    -         Policarboxilatos

    6.1.3.1.4 En el caso de que una empresa haya desarrollado un ingrediente o una mezcla de ingredientes que promuevan una innovación en el mercado de los productos objeto de esta Norma, podrán declararse utilizando el nombre patentado o registrado por ejemplo: Bitrex®, Teflon®, etc. Los documentos que avalen la patente o el registro estarán a disposición de la Secretaría, cuando ésta lo solicite.

    6.1.3.1.5 Las enzimas, colorantes, aromas, fragancias y coadyuvantes o ayudas de proceso se podrán incluir con sus nombres genéricos, a menos que sean las causantes del riesgo del producto, de ser este el caso se cumplirá con lo indicado en el numeral 6.1.3.1.2.

    6.1.4 Instrucciones de uso.

    6.1.4.1 Cuando el uso, manejo o conservación del producto requiera de instrucciones, por las características del mismo, dicha información debe presentarse en la superficie de información de la etiqueta del envase primario o en su caso, del envase secundario. En caso de no existir espacio suficiente, las instrucciones de uso podrán ir impresas en un instructivo anexo al envase y en este último se indicará en la superficie de información el siguiente texto: “Léase instructivo anexo”.

    6.1.5 Declaración del lote.

    6.1.5.1 En cualquier parte del envase primario o secundario, debe figurar en todos los productos objeto de esta Norma, la identificación del lote o dato que permita la rastreabilidad del producto con una indicación en clave o en lenguaje claro, ya sea grabado, marcado con tinta indeleble o de cualquier otro modo similar.

    6.1.6 Leyendas precautorias y recomendaciones.

    De acuerdo al tipo de producto, el fabricante debe incluir en la etiqueta, cuando menos, las leyendas precautorias o recomendaciones de seguridad referidas a los aspectos que se mencionan en este apartado de manera contrastante y visibles en condiciones normales de compra y uso y cuya redacción debe ser clara y que no induzca error al consumidor.

    6.1.6.1 En los productos tóxicos debe figurar:

    6.1.6.1.1 Que contiene sustancias tóxicas cuya ingestión, inhalación o contacto directo inmediato o prolongado, según corresponda, pueden originar graves daños a la salud.

    6.1.6.1.2 Que no se deje al alcance de los niños.

    6.1.6.1.3 Incluir el símbolo que identifica a una sustancia con propiedades venenosas, de manera contrastante y de tamaño proporcional a la capacidad del envase (véase figura 1).

    6.1.6.2 En los productos corrosivos debe figurar:

    6.1.6.2.1 En la superficie principal de exhibición: “Lea la etiqueta antes de usar este producto”.

    6.1.6.2.2 Que no reutilice el envase y que una vez terminado el contenido se deseche el mismo.

    6.1.6.2.3 Que para su empleo utilice guantes.

    6.1.6.2.4 Lo dispuesto en el numeral 6.1.6.1.2, así como la inclusión del siguiente símbolo que identifica a una sustancia con propiedades corrosivas, de manera contrastante y de tamaño proporcional a la capacidad del envase (véase figura 2).

    6.1.6.2.5 La palabra “corrosivo” en un tamaño proporcional a la capacidad del envase.

    6.1.6.2.6 Leyendas que señalen:

    Las acciones a seguir en caso de ingesta, mal uso o mala aplicación del producto, por ejemplo:

    6.1.6.2.6.1 Que en caso de ingestión accidental, no se provoque vómito y se obtenga ayuda médica
    de inmediato.

    6.1.6.2.6.2 Que en caso de contacto con la piel o con los ojos, enjuague con abundante agua y obtenga ayuda médica.

    6.1.6.3 En los productos inflamables debe figurar:

    6.1.6.3.1 Los textos: “inflamable” en un tamaño proporcional a la capacidad del envase y “Mantener lejos del fuego y de instalaciones eléctricas”.

    6.1.6.3.2 Las demás leyendas señaladas en los numerales 6.1.6.1 y 6.1.6.2 que sean aplicables de acuerdo a la fórmula del producto.

    6.1.6.4 Los productos que se expendan en envases presurizados, deben presentar las siguientes leyendas:

    6.1.6.4.1 Que no se use cerca de los ojos o flama.

    6.1.6.4.2 Que no se queme o perfore el envase.

    6.1.6.4.3 Que no se exponga al calor.

    6.1.6.4.4 Lo dispuesto en el numeral 6.1.6.1.2.

    6.1.6.5 Cuando la composición de la fórmula no permita la mezcla con otras sustancias por representar un riesgo a la salud se debe manifestar dicha acción de manera clara.

    6.1.6.6 En los productos en cuya formulación intervengan sustancias o compuestos, tales como enzimas y oxidantes, entre otros, que por su concentración y características en producto terminado presenten problemas de irritación o sensibilización en piel o en mucosa bajo condiciones normales de uso harán figurar leyendas que se refieran a los siguientes aspectos: Que puede provocar irritación en la piel y en mucosas,
    y que se usen guantes si se presenta irritación.

    6.2 Etiquetado comercial

    6.2.1 Nombre o marca comercial del producto.

    6.2.2 País de origen.

    6.2.2.1 Leyenda que identifique el país de origen del producto o gentilicio, por ejemplo: “producto de...”, o “producto...”, “Hecho en ...”, “Manufacturado en ...” u otros análogos, sujeta a lo dispuesto en los tratados internacionales de los cuales México sea parte.

    6.2.3 Indicación de cantidad.

    6.2.3.1 El etiquetado de los productos de aseo debe cumplir con lo que establecen las normas oficiales mexicanas NOM-030-SCFI-1993, Informació n comercial-Declaración de cantidad en la etiqueta-Especificaciones y NOM-008-SCFI-1993, Sistema General de Unidades de Medida, vigentes. La unidad de medida puede adicionalmente figurar en otro sistema de unidades de medida con el mismo tipo de letra y por lo menos con el mismo tamaño.

    6.3 Generalidades

    6.3.1 Para la comercialización de los productos objeto de este ordenamiento que se encuentren en envase múltiple o colectivo, éste debe ostentar cuando menos la siguiente información: marca, denominación e indicación de cantidad, a menos que los materiales del envase múltiple o colectivo permita leer la
    etiqueta individual.

    6.3.2 Para la comercialización de los productos objeto de este ordenamiento que se encuentren en un envase múltiple o colectivo, cuyas presentaciones individuales sean utilizadas en una sola aplicación, toda la información a que se refiere la presenta Norma Oficial Mexicana, debe estar contenida en éste, e incluir además, la instrucción que se conserve el envase hasta agotar el producto. Asimismo, la presentación individual o el envase múltiple o colectivo debe ostentar la leyenda: “No etiquetado para su venta individual”. Lo anterior no será necesario en caso de que las presentaciones individuales ostenten la información correspondiente en la presente Norma, por lo que el etiquetado del envase múltiple o colectivo debe cumplir con lo establecido en el numeral 6.3.1.

    6.3.3 La presentación individual debe contener el etiquetado completo de acuerdo con la presente Norma Oficial Mexicana, a excepción del caso mencionado en el numeral 6.3.2.

    6.3.4 El fabricante o comercializador de los productos de aseo de uso doméstico que se expenden a granel deben garantizar que el producto suministrado al consumidor ostente una etiqueta que cumpla con las disposiciones establecidas en este ordenamiento.

    6.4 Características de la etiqueta:

    6.4.1 Todas las etiquetas deben ser diseñadas, elaboradas y fijadas de tal forma que la información contenida en las mismas permanezca disponible durante el uso normal del producto.

    7. Requisitos de envasado

    7.1 Los envases de los productos objeto de este ordenamiento deben cumplir con lo siguiente:

    7.1.1 Los productos objeto de esta Norma, que representen un riesgo a la salud por su acción tóxica, corrosiva o inflamable deben contar con dispositivos de seguridad y estar contenidos en envases resistentes a niños.

    7.1.2 Los aromatizantes sólidos o pastillas desodorantes deben contar con un envase primario que sea de un material resistente que no permita su fácil apertura por los niños o contar con un envase secundario para su comercialización.

    7.1.3 El comercializador de los productos de aseo de uso doméstico que se expenden a granel debe garantizar que el envase en el que se suministra el producto al consumidor cumpla con las disposiciones establecidas en este ordenamiento, siendo responsabilidad del comercializador que los envases que se utilizan para contener alimentos preenvasados no se empleen para la venta de productos de aseo a granel.

    8. Presentación de la información

    8.1 La información que debe aparecer en la etiqueta de los productos objeto de esta Norma, debe indicarse con caracteres claros, visibles, indelebles y fáciles de leer por el consumidor en circunstancias normales de compra y uso.

    8.2 Los productos destinados a ser comercializados en el mercado nacional, deben ostentar una etiqueta con la información a que se refiere esta Norma en idioma español, independientemente de que también pueda estar en otros idiomas, cuidando de que los caracteres sean al menos iguales en tamaño, proporcionalidad tipográfica y colores iguales o similares a aquellos en los que se presente la información en otros idiomas.

    8.3 Los términos champú y espray como presentaciones de los productos de aseo, podrán declararse en idioma inglés sin traducción.

    9. Declaraciones no permitidas

    9.1 No se deben declarar propiedades que no puedan comprobarse.

    10. Concordancia con normas internacionales y mexicanas

    10.1 Esta Norma no es equivalente a ninguna norma internacional ni mexicana por no existir al momento de su elaboración.

    11. Bibliografía

    11.1 Secretaría de Comercio y Fomento Industrial. 1992. Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Diario Oficial de la Federación . México, D.F.

    11.2 Secretaría de Salud. 1991. Ley General de Salud. Diario Oficial de la Federación . México, D.F., y sus reformas de 1997.

    11.3 Secretaría de Salud. 1999. Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios. Diario Oficial de la Federación . México, D.F.

    11.4 Secretaría de Salud. 1988. Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios. Diario Oficial de la Federación . México, D.F.

    11.5 Recomendaciones Relativas al Transporte de Mercancías Peligrosas emitidas por la Organización de las Naciones Unidas. Edición novena. Nueva York y Ginebra 1995.

    11.6 Code of Federal Regulations. Consumer Products Safety Commission. 1700.20 Testing Procedure for special packaging.

    11.7 Joseph F. Hanlon. 1992. Handbook of packaged engineering. Technomic. Publishing Company, Inc. Lancaster. USA. p. 13-9 y 13-11.

    11.8 Ing. José Antonio Rodríguez Tarango. 1991. Introducción a la Ingeniería de Empaques para la Industria de los Alimentos, Farmacéutica, Química y de Cosméticos. Edición particular. México, D.F.
    p. 116-143.

    12. Observancia de la Norma

    12.1 La vigilancia en el cumplimiento de las especificaciones sanitarias de la presente Norma corresponde a la Secretaría de Salud.

    12.2 La vigilancia en el cumplimiento de las especificaciones comerciales de la presente Norma corresponde a la Secretaría de Economía, a la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) y a las Unidades de Verificación acreditadas para tal efecto.

    13. Vigencia

    13.1 La presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor a los 365 días siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación , salvo las disposiciones sobre la declaración de lote, que entrarán en vigor a los seis meses, en el punto de venta, contados a partir de la entrada en vigor del presente instrumento.

    México, D.F., a 1 de agosto de 2002.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, Ernesto Enríquez Rubio .- Rúbrica.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Información Comercial, Seguridad al Usuario y Prácticas de Comercio,
    Miguel Aguilar Romo .- Rúbrica.

     

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