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W/M LABEL PANEL 16 OZ 424 ML *

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Proveedores de:W/m label panel 16 oz 424 ml 

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    México Plaforma panel W, panel de yeso Av. Ruiz Cortines Nº 604 Ote. Col.Victoria
    00000 Monterrey, N.L.
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    México Comercial Mexicana de Pinturas Ok Panel Mix alejandro dumas 243 Col.Polanco
    11560 MEXICO, Edo. de Méx.
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    México Alfa Gama Panel na Col.na
    00000 México, D.F.
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    México Prisma Envase W/m label panel 16 oz 424 ml Bolivar 760 Col.Alamos
    3400 DF, D.F.
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    México Energetica Servicios de Ingenieria Panel de visualización, HMI (Paneles De Visualización), Paneles de visualización Viveros de Cocoyoc No. 4 Int.2 Col.Viveros de la Loma
    54080 Tlalnepnatla, Estado de México
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    México Rexcel panel wood, panelart Bosque de Ciruelos 180- piso 2 Col.Bosques de las Lomas
    11700 MEXICO, D.F.
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    México Filtros y Telas Filtros Panel Lago Muritz 27 Col.Anahuac
    11320 DF, D.F.
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    México DEACERO PANEL GANADERO, PANEL PORCICOLA Av. Lazaro Cardenas # 2333 Ote. Col.Valle Ote
    66260 SAN PEDRO GARZA GARCIA, N.L.
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    Colombia SERCON Panel de Yeso Cra 40 C No. 12-95 Col.Departamental
    0 Cali, Valle del Cauca
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    México Mecano Logistics estante con panel na Col.n
    000na na, na
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    México Estiromat Panel Estructural Paseo de la Alteña No. 169-18 Centro Comercial La Alteña I Col.Lomas Verdes
    53120 México, Edo. de Méx.
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    México Comercializ.de Instrumentación Analítica Panel view San Marcos #128 Col.Fracc. Rinconadas de San Fco.
    42184 Mineral de la Reforma, Hgo.
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    México Spirol tuercas panel Carretera a Laredo KM 16.5 Interior E Col.Apodaca
    66613 Apodaca, N.L.
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    México Amnsa Panel con puerta, Panel para corral Futuro Nogalar No. 860 Col.-
    64040 Monterrey, N.L.
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    Estados Unidos Dosatron North and Central America Sistemas en panel 2090 Sunnydale Blvd. Col.Clearwater
    33765 Clearwater,
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    4816 LIQUIDO DIELECTRICO 250 L
    Anual
    México df gerente general
    6132 baterías recargables 15 Unidad
    Anual
    México TABASCO ADMINISTRADOR
    10596 todo tipo de paneles estructurales de yeso, cemento u otro material para la construción 25000 Unidad
    Anual
    México Guanajuato Dir. de Proyectos Especiales
    11319 goma guar 5000 kg
    Anual
    México SAN LUIS POTOSI PROPIETARIO solicito información técnica para su uso, costo, aumento en rendimiento, distribuidora ...
    11657 Cinturon de hule 80000 Unidad
    Anual
    México Queretaro Comprador El cinturon de hule grabado sostiene bolsa de herramientas en el panel de cajuela de autos
    13129 polimetacrilato 10000 kg
    Anual
    Chile Regin Metropolitana Jefe de Calidad
    15277 rejillas 1 Unidad
    Anual
    México Tabasco Jefe de Depto. Analisis de proyectos Rejillas de inyeccion 10*10" , 11*11", 9*9", 12*9" 15*15" RH con panel marca vermont Rejillas ...
    18847 analizador de silica modelo 60000 1 Unidad
    Anual
    México CAMPECHE tecnico E, I.
    18919 adhesivos 3000 L
    Anual
    Chile octava región gerente de adquisiciones Quisiera consultarles si ustedes tienen a la venta pegamento, con el compuesto fenol folmardehido. ...
    19573 Paneles solares 15 Unidad
    Anual
    México Nuevo Leon Propietario

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    Estados Unidos Q- Panel Lab. Products 800 Canterbury Rd. Col.
    Cleveland, Oh
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    México Lami panel Suministro Y Colocación Dr. Erazo No. 85 Desp. 410 Col.Doctores
    14100 México, D.F.
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    29-Agosto-2006
    DuPont invierte US$50 millones para aumentar la producción de películas de PVF
      
         Fuente:  Boletín de Prensa DuPont

    DuPont anunció un aumento de la producción de las películas de fluoruro de polivinil (PVF) Tedlar®. La nueva instalación, con una inversión estimada de $50 millones de dólares, estará lista para el 2007.

    La compañía también anunció el lanzamiento de películas Tedlar® de la serie PV2100, parte de una línea de productos extendida usada en los protectores de los paneles solares, los cuales son críticos en eficiencia, tiempo de vida y operación total. Las películas de Tedlar® de la serie PV2100 proporcionan un aumento en la estabilidad dimensional, resistencia al rasgado y la abrasión y alta reflexión, que mejora su eficiencia.

     

    21-Julio-2006
    Células embrionarias contra enfermedades
      
         Industria: Artículos médicos, Sector salud
         Tipo: Gobierno, Descubrimientos e investigaciones científicas
         Fuente:  Intélite

    La controversia desatada tras el veto del presidente estadounidense George W. Bush, para no apoyar con fondos federales la investigación con células troncales en su país, ha causado un gran revuelo en todo el mundo.

    • Por un lado se encuentran los grupos que como Bush, opinan que estas células embrionarias son potenciales seres humanos, por otro, los científicos que argumentan que sólo se trata de cultivos celulares cuyo estudio puede dar la cura de diversas enfermedades.

    • De acuerdo con un texto firmado por 67 academias de ciencias de diversos países del mundo, las células troncales son las que pueden reproducirse a sí mismas y también generar células especializadas mientras se multiplican.

    • Las células troncales se podrían utilizar para generar células y tejidos de reemplazo para tratar muchas enfermedades y lesiones, incluyendo la enfermedad de Parkinson, la leucemia, la diabetes, la lesión traumática de la médula espinal, la embolia cerebral y lesiones de la piel, incluyendo quemaduras.

    • Los órganos o los tejidos dañados serían poblados con suficientes células normales, derivadas de las células troncales, para restaurar su fisiología o acelerar la reparación, o bien se podrían reemplazar los órganos dañados implantando células troncales que proporcionen un molde o andamiaje para su reconstrucción.

    • El Panel InterAcademy que agrupa a estas asociaciones científicas indica que los resultados que se han publicado hasta ahora no apoyan esta conclusión y, por consiguiente, la investigación tanto en células troncales de adulto como embrionarias debe seguir para evaluar el potencial de cada una.

     

    22-Junio-2006
    Proveedores de mobiliario y equipo de oficina
      
         Industria: Artículos de oficina, Muebles
         Tipo: Situación del mercado, Economía, Industria en general, Estadísticas
         Fuente:  Intélite

    El valor total del mercado de mobiliario y equipo para oficina es de 350 mdd, de los cuales la mitad (175 mdd) corresponde a páneles y mamparas, 20% (70 mdd) para todo tipo de sillas, 15% (52.5 mdd) corresponde a escritorios y mesas, y el resto, 15% (52.5 mdd) se compone de archiveros y áreas para almacenar, de acuerdo con datos de la Asociación Nacional de Fabricantes de Muebles para Oficinas (ANIMO).

    Otros actores:

    Televisa

    Grupo Posadas

    Grupo Modelo

    Sabritas

    Coca Cola

    Telefónica Movistar

    Danone

    Comex

    TV Azteca

    Nestlé

    Hoteles Camino Real

     

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    01-09-2006
    LOS CONTROLADORES LÓGICOS PROGRAMABLES (PLCs)
    Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Petroquímica | Productos y Servicios relacionados: Automatización y control

    LOS CONTROLADORES LÓGICOS PROGRAMABLES (PLCs)

    El desarrollo e introducción de los relés, hace muchos años, fue un paso gigantesco hacia la automatización e incremento de la producción. La aplicación de los relés hizo posible añadir una serie de lógica a la operación de las máquinas y de esa manera reducir la carga de trabajo en el operador, y en algunos casos eliminar la necesidad de operadores humanos.

    Por ejemplo, los relés hicieron posible establecer automáticamente una secuencia de operaciones, programar tiempos de retardo, conteo de eventos o hacer un evento dependiente de que ocurrieran otros.

    Los relés con todas sus ventajas, tienen también naturalmente sus desventajas, tienen sólo un período de vida; su naturaleza electromecánica dictamina, que después de un tiempo de uso serán inservibles, sus partes conductores de corriente pueden en un momento quemarse o fundirse, desbaratando la lógica establecida y requiriendo su reemplazo.

    Tal vez la inconveniencia más importante de la lógica con relés es su naturaleza fija. La lógica de un panel de relés es establecida por los ingenieros de diseño, se implementa entonces colocando relés en el panel y se alambra como se prescribe.

    Mientras que la máquina dirigida por el panel de relés continua llevando a cabo los mismos pasos en la misma secuencia, todo está perfecto, pero cuando existe un re diseño en el producto o un cambio de producción en las operaciones de esa máquina o en su secuencia, la lógica del panel debe ser re diseñada. Si el cambio es lo suficientemente grande, una opción más económica puede ser desechar el panel actual y construir uno nuevo.

    Este fue el problema encarado por los productores de automóviles a mediados de los setenta. A lo largo de los años se habían altamente automatizado las operaciones de producción mediante el uso de los relés, cada vez que se necesitaba un cambio, se invertía en él una gran cantidad de trabajo, tiempo y material, sin tomar en cuenta la gran cantidad de tiempo de producción perdido.

    La computadora ya existía en esos tiempos y se le dio la idea a los fabricantes de que la clase de control que ellos necesitaban podría ser llevado a cabo con algo similar a la computadora. Las computadoras en sí mismas, no eran deseables para esta aplicación por un buen número de razones. La comunidad electrónica estaba frente a un gran reto: diseñar un artefacto que, como una computadora, pudiese efectuar el control y pudiese fácilmente ser re programada, pero adecuado para el ambiente industrial. El reto fue enfrentado y alrededor de 1969, se entregó el primer controlador programable en las plantas ensambladoras de automóviles de Detroit, Estados Unidos.

    De acuerdo con la definición de la "Nema" (National Electrical Manufacturers Association) un controlador programable es: "Un aparato electrónico operado digitalmente, que usa una memoria programable para el almacenamiento interno de instrucciones para implementar funciones específicas, tales como lógica, secuenciación, registro y control de tiempos, conteo y operaciones aritméticas para controlar, a través de módulos de entrada/salida digitales (ON/OFF) o analógicos (1 5 VDC, 4 20 mA, etc.), varios tipos de máquinas o procesos.

    Los Controladores Lógicos Programables o PLC (Programmable Logic Controller) son dispositivos electrónicos muy usados en Automatización Industrial.

    Los PLC no sólo controlan la lógica de funcionamiento de máquinas, plantas y procesos industriales, sino que también pueden realizar operaciones aritméticas, manejar señales analógicas para realizar estrategias de control, tales como controladores proporcional integral derivativo (PID).

    Los PLC actuales pueden comunicarse con otros controladores y computadoras en redes de área local, y son una parte fundamental de los modernos sistemas de control distribuido.

    Los PLCs están bien adaptados para un amplio rango de tareas de automatización. Estos son típicamente procesos industriales en la manufactura donde el costo de desarrollo y mantenimiento de un sistema de automatización es relativamente alto contra el costo de la automatización, y donde existirán cambios al sistema durante toda su vida operacional.

    Los PLCs contienen todo lo necesario para manejar altas cargas de potencia; se requiere poco diseño eléctrico y el problema de diseño se centra en expresar las operaciones y sequencias en la lógica de escalera (o diagramas de funciones).

    ENERGÉTICA SERVICIOS DE INGENIERÍA, además de desarrollar las Aplicaciones, le ofrece la venta de los siguientes equipos y refacciones SIEMENS:

    • PLC´s S7-200 (Comunicativos, compactos y modulares)
    • PLC´s S7-300 (Robustos, modulares, amplias capacidades de comunicación y soporte TIA-Totally Integrated Automation)
    • PLC´s S7-400 (El PLC más poderoso en el mercado mundial para las industrias de Procesos y de producción).
    • ET-200 (Soluciones para periferia descentralizada con E/S distribuidas hasta con grado de protección IP67)
    • Sensores BERO (Inductivos, Inteligentes, capacitivos, ultrasónicos, fotoeléctricos, mecánicos, etc).
    • Buses de Campo: Potentes sistemas que permiten una intercomunicación fluida (Profibus, Profinet, AS-i, Fibra óptica, etc.)
    • Barreras de seguridad: Sistemas de protección para humanos y máquinas
    • Sistemas de identificación mediante Radio Frecuencia (RFID- Sensors).
    • Fuentes de Poder SITOP (Fuentes para sistemas de Control de CD con salidas desde los 5VCD hasta los 48VCD y de 0.5 a 40 A) e inclusive módulos de respaldo UPS.
    • Paneles de Visualización y Operación (HMI´s)
    • Contactores SIRIUS.
    • Licencias de Software SIMATIC tales como: WinCC, Step 7, MicroWin, Simatic-Net, Doc-Pro, entre otros.

    Si desea saber más de esta u otras soluciones que Energética Servicios de Ingeniería puede ofrecerle contáctenos haciendo click aquí

    Para conocer más sobre nuestra empresa visite nuestro showroom haciendo click aquí

     

     

    01-01-2006
    Requisitos Regulatorios Para el Mercadeo de Cosméticos en los Estados Unidos de Norte América
    Por: FDA / Fuente: QuimiNet | Sectores relacionados: Cosmética, Farmacéutica |

    Requisitos Regulatorios Para el Mercadeo de Cosméticos en los Estados Unidos de Norte América

    Los cosméticos vendidos o distribuidos en los Estados Unidos, manufacturados en el país o importados, deben estar de acuerdo con las estipulaciones de la Ley Federal de Drogas, Alimentos y Cosméticos (FD&C Act), la Ley Justa de Empaquetado y Rotulación, (Fair Packaging and Labeling Act (FPLA), y las regulaciones publicadas bajo la autoridad de estas leyes.

    Las regulaciones publicadas por la Administración de Drogas y Alimentos (FDA) están codificadas en el Título 21 del Código de Regulaciones Federales (21 CFR). Las regulaciones pertinentes a los cosméticos están indicadas en el 21 CFR, partes 700 a 740 (21 CFR 700 to 740). Las regulaciones sobre colores añadidos a los cosméticos se encuentran en el 21 CFR 73, 74 y 82. Copias de los volúmenes del 21 CFR que contienen estas regulaciones pueden obtenerse a precio corriente del Superintendente de Documentos, U.S. Government Printing Office, Washington DC 20402, teléfono (202) 783-3238.

    La ley Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos (FD&C Act) define los cosméticos como artículos para ser aplicados en el cuerpo humano para limpiar, embellecer, aumentar el atractivo físico o alterar la apariencia sin afectar la estructura del cuerpo o sus funciones. Incluidos en esta definición hay productos como las cremas para la piel, lociones, perfumes, lápices para los labios, esmaltes para las uñas, preparaciones para el maquillaje de la cara y los ojos, champúes para el lavado del cabello, ondulados permanentes, tinturas de colores para el pelo, dentífricos, desodorantes y cualquier otro material deseado como ingrediente de un producto cosmético. Productos de jabón que consisten principalmente de una sal alcalina de un ácido graso, que en su etiqueta no hacen ninguna afirmación fuera de la de limpiar el cuerpo humano, bajo la ley, no son considerados como cosméticos.

    Cosméticos que También son Drogas

    Los productos que son cosméticos y a la vez se usan para tratar o prevenir una enfermedad, o que de alguna manera afectan la estructura o las funciones del cuerpo humano, son considerados como drogas y deben cumplir, no solamente con las estipulaciones de los cosméticos, sino también con las de las drogas. Ejemplos de algunos de ellos, son los dentífricos anticaries, (e.g., cremas dentales con fluoruro) cremas con hormonas, preparaciones para protegerse contra las quemaduras de los rayos solares, antisudorales que a la vez son desodorantes y champúes para el cabello que al mismo tiempo combaten la caspa.

    Los cosméticos más comunes que también son drogas, se venden sin receta médica o sobre el mostrador. Muchas son drogas nuevas cuya seguridad y efectividad hubo de ser comprobada por la agencia antes de ser puesta al mercado. Una droga nueva es una que generalmente no es reconocida por los expertos como segura y efectiva bajo las condiciones del uso deseado, o que ha sido reconocida pero no usada hasta tal punto o tiempo bajo ciertas condiciones.

    Las condiciones regulatorias para drogas son más extensas que las condiciones para los cosméticos. Por ejemplo, el Acto Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos exige que los manufactureros de drogas se registren con la FDA cada año y actualicen sus listas de todas las drogas manufacturadas dos veces por año. Véase 21 CFR 207. Además las drogas deben ser manufacturadas de acuerdo a las buenas prácticas y regulaciones acostumbradas y codificadas en 21 CFR 210 y 211.

    Cosméticos Adulterados o Falsamente Marcados

    El Acto Federal de Alimentos Drogas y Cosméticos prohíbe la distribución de cosméticos que han sido adulterados o falsamente marcados. Un cosmético se considera adulterado o falsamente marcado si contiene una substancia que pueda convertir el producto en algo peligroso o perjudicial para los consumidores bajo condiciones de uso normal; si el producto contiene una substancia sucia, podrida o en estado de putrefacción; si el envase está hecho de una substancia peligrosa; si ha sido manufacturado o mantenido bajo condiciones antihigiénicas, en donde haya podido contaminarse con suciedad, convirtiéndose en un peligro para los consumidores; o si no es una tintura para el cabello que contiene un colorante añadido de un color no permitido.

    Tinturas de alquitrán para el cabello con una advertencia prescrita por la ley en la etiqueta, ilustraciones y una "prueba de emplasto" para determinar la sensibilidad alérgica, están libres de la estipulación de adulteración, aún si causan irritación en la piel o de otra manera son perjudiciales para el cuerpo humano. Las tinturas para las pestañas y las cejas no están incluidas en esta exención. Todas las tinturas en los productos para el teñido de pestañas y cejas, deben ser aprobados por la FDA para tales usos.

    Un cosmético se considera falsamente marcado cuando su etiqueta o rótulo es falso o engañoso, no tiene la información requerida o está incompleta, o si el recipiente o envase ha sido manufacturado o llenado de manera fraudulenta.

    La Seguridad de los Cosméticos

    Aunque el Acto Federal de Drogas, Alimentos y Cosméticos no exige a los manufactureros de cosméticos ni sus distribuidores prueba de la seguridad de sus productos, la FDA recomienda enfáticamente a los primeros, llevar a cabo pruebas toxicológicas y de otra índole, apropiadas para comprobar la seguridad de sus cosméticos. Si la seguridad de un cosmético no es adecuadamente comprobada, el producto será considerado como falsamente marcado y puede ser sujeto a medidas regulatorias, a menos que su rótulo exhiba la siguiente manifestación de alarma: "Advertencia - La seguridad de este producto no ha sido determinada. Véase 21 CFR 740.10.

    Con la excepción de colorantes añadidos y unos pocos ingredientes prohibidos, los manufactureros de cosméticos pueden, bajo responsabilidad personal, usar esencialmente cualquier materia o substancia cruda como ingrediente de un cosmético y lanzar el producto al mercado sin aprobación alguna. La ley exige que los colorantes añadidos a alimentos, drogas y cosméticos deben ser verificados y aprobados por la FDA en cuanto a seguridad, según sea su uso en el futuro. Un cosmético con un colorante añadido que no pertenezca a la lista y no ha sido aprobado por la FDA para un uso definido, es considerado alterado y sujeto a acción reguladora. La lista de los aditivos aprobados para el uso de los cosméticos está en el 21 CFR 73, 74 y 82.

    El uso de los siguientes ingredientes en los cosméticos es restringido o prohibido: bitional, compuestos de mercurio, cloruro de vinilo, salicilanilides halogenados, complejos de zirconio en cosméticos de aerosol, cloroformo, cloruro de metileno, propulsantes de clorofluorocarburo y exaclorofeno. Véase 21 CFR 700.11 a 700.23 y 250.250. La agencia también considera como cosméticos adulterados, productos para las uñas que contengan metilo metacrilato monóme o aquellos con más de 5% de formaldehido. Aunque no prohibido por ley o la regulación, los manufactureros de productos de fragancias cosméticas voluntariamente han acordado no usar, o por lo menos limitar, el uso máximo de niveles de ciertos ingredientes escogidos que son causa de despigmentación y reacciones alérgicas irritantes, neurotóxicas o fototóxicas.

    Registro Voluntario

    Aunque el Acto Federal de Alimentos, Drogas y Cosméticos no exige a las firmas de cosméticos que registren con la FDA los establecimientos de manufactura ni las formulaciones, o hace asequible datos sobre seguridad o cualquier otra información, antes de que un producto salga al mercado en los Estados Unidos, los manufactureros y distribuidores de cosméticos pueden rendir esta información voluntariamente. El registro voluntario de una firma o producto y la asignación de un número de registro por la agencia, no significa que ha sido aprobado por la FDA . Cualquier uso del número de un registro en la rotulación debe estar acompañado de una carta de renuncia muy clara como lo prescribe la regulación. Véase 21 CFR 710, 720 y 730.

    Rotulación de Cosméticos

    Los cosméticos distribuidos en los Estados Unidos deben cumplir las regulaciones de la rotulación publicadas por la FDA, bajo la autoridad del FD&C Act y el FPLA. La rotulación significa todos los rótulos, etiquetas, material escrito, impreso, ilustrado en el empaque o acompañando un producto. Las afirmaciones exigidas bajo la autoridad del Acto FD&C deben aparecer en la parte interior lo mismo que en cualquier envase exterior o envoltura del producto. Los requisitos del FPLA, por ejemplo, la rotulación acerca de los ingredientes y la declaración de la cantidad neta del contenido en el panel principal, solamente corresponden a la etiqueta del envase exterior. Las demandas del rotulado están codificadas en el 21 CFR 701 y 740. Cosméticos llevando información falsa o engañosa o de cualquier manera no siendo rotulados de acuerdo con los requisitos, pueden ser catalogados como marcados falsamente y sujetos a acción reguladora.

    El panel principal de exhibición, por ejemplo, es la parte del rótulo seguramente más exhibida o examinada bajo circunstancias normales de venta, (21 CFR 701.10) y generalmente lleva el nombre del producto. Este panel debe identificar describiendo por el nombre o por una ilustración, la naturaleza o uso del producto y ofrecer una descripción precisa de la cantidad neta del contenido del cosmético en el paquete en términos de peso, unidad de medida, o una combinación de unidad de medida y peso. La declaración debe ser clara y precisa, tal como lo ordena la regulación.

    La cantidad neta de contenidos de un cosmético sólido, semisólido o viscoso, debe ser en términos de libras y onzas y una afirmación de medida líquida debe ser en los términos del galón norteamericano (U.S. gallon) de 231 pulgadas cúbicas, cuarto, pinta y subdivisiones de onza fluida de ahí en adelante. Si la cantidad neta del contenido sobrepasa una libra o una onza, debe ser expresada en onzas, seguida de un paréntesis ( ) por una declaración de la unidad entera más larga (por ejemplo, libras y onzas o cuartos y pintas y onzas). La cantidad neta del contenido, puede además manifestarse in términos del sistema métrico de pesos y medidas.

    El nombre y dirección de la firma distribuyendo el producto, debe figurar en un panel de información del rótulo (21 CFR 701.12. La dirección debe ser completa con nombre de la calle, ciudad, estado y código postal (zip code). Si la firma aparece en la lista de una ciudad corriente o directorio telefónico, la dirección de la calle puede ser omitida. Si el distribuidor no es el manufacturero o empacador, esta información debe figurar en el rótulo por medio de la frase "Manufacturado por ..." o "Distribuido por ..." o un lenguaje similar.

    La Ley de Tarifas o Legislación Arancelaria de 1930 (19 U.S.C. 1304) exige que todos los artículos importados mencionen en el rótulo, el nombre del país de origen en el idioma inglés. (Véase también 19 CFR 134)

    Todo el lenguaje y afirmaciones requeridas por las regulaciones deben ser presentadas en el idioma inglés y deben ser colocadas en los rótulos con claridad y prominencia, de manera que sean fácilmente vistos y comprendidos por los consumidores, bajo las acostumbradas condiciones de compra. (21 CFR 701.2).

    Declaración de Ingredientes

    Los cosméticos producidos o distribuidos al por menor a consumidores para su cuidado personal, deben llevar una declaración de ingredientes (21 CFR 701.3). Los cosméticos no distribuidos comúnmente en ventas al por menor, por ejemplo, preparaciones para el cabello o productos de maquillaje usados por profesionales en los consumidores en sus establecimientos, o limpiadores de la piel obtenibles por la clientela en sus sitios de empleo, están exentos de este requisito, siempre y cuando los productos no sean vendidos también en establecimientos profesionales, o lugares de trabajo para su consumo en el hogar.

    La presentación de los ingredientes debe ser prominente, clara de manera fácil de ver y leer al comprarla. Puede aparecer en uno de los paneles de información del envase exterior, por ejemplo, en un panel de información del cartón plegadizo, caja o envoltorio si el envase inmediato está empacado así. Si no ha sido empacado en un envase exterior, debe aparecer en un panel de información del frasco, tubo o botella conteniendo el producto. La presentación de los ingredientes también puede aparecer en una etiqueta, cinta o tarjeta firmemente adherida al envase exterior. Las letras no deben medir menos de 1/16 pulgada de altura (21 CFR 701.3 (b). Si el total de la superficie disponible para lleval el rotulado es menos de 12 pulgadas cuadradas, las letras no pueden ser menos de 1/32 de pulgada en altura, (21 CFR 701.3 (p) ). La rotulación de ingredientes fuera del empaque es permitido cuando el cosmético ha sido mantenido en anaqueles o charoles, o herméticamente empacado en un cartón plegadizo cuya superficie de empaque es menor de 12 pulgadas cuadradas (21 CFR 701.3 (i) ).

    Los ingredientes deben ser explicados en orden descendiente de importancia. Colorantes añadidos (21 VFR 701.3 (f) (3) e ingredientes presentes al uno por ciento o menos (21 CFR 701.3 (f) (2) ) pueden ser mencionados después de los ingredientes presentes, en concentraciones excediendo el uno por ciento sin tener en cuenta el predominio. Los ingredientes deben ser identificados por los nombres establecidos o adoptados por regulación (21 CFR 701.3 (c); aquellos aceptados por la FDA como exentos de información pública pueden ser mencionados como "y otros ingredientes" (21 CFR 701.3 (a) ).

    Los cosméticos que a la vez son drogas deben identificar primero los ingredientes medicinales (si es más de uno), como "ingredientes activos" antes de enumerar los ingredientes de los cosméticos (21 CFR 701.3 (d) )

    Advertencias en el Rótulo

    Cosméticos potencialmente peligrosos para los consumidores cuando son erróneamente usados deben exhibir advertencias apropiadas en el rótulo o etiqueta, a más de las instrucciones de seguridad para su uso. Las advertencias deben ser vistosas y aparecer en lugar prominente. Algunas cosméticos requieren advertencias y sugieren cautela en la manera prescrita por las regulaciones (21 CFR 740). Cosméticos en empaques a presión (aerosol) rociadores de desodorantes femeninos y ampollas para hacer burbujas de jabón para los bebés, son ejemplos de productos que deben llevar este tipo de advertencias.

    Paquetes a Prueba de Violación

    Productos para la higiene oral (enjuagues refrescantes para la boca) y todos los productos cosméticos vaginales (duchas, tabletas) deben ser empaquetados a prueba de violación al ser vendidos al por menor. Un paquete es considerado a prueba de violencia cuando tiene un indicador o barrera de entrada (una cinta selladora, un cartón sellado, tubo, bolsa o recipiente aerosol), el cual al ser fracturado a la fuerza, alerta al consumidor que una violación ha ocurrido. El indicador deberá tener un diseño claro e inconfundible (tapa rompible, ampolla plástica) o apariencia (palabra, viñeta o ilustración) para imposibilitar la substitución. El distintivo a prueba de violación puede envolver el producto inmediato, el envase exterior o ambos. El paquete también debe mostrar en forma prominente una advertencia alertando al consumidor acerca del distintivo. Esta advertencia debe permanecer sin daño alguno aunque el distintivo sea destrozado o removido. Véase 21 CFR 700.25.

    Autoridad Para el Cumplimiento de la Ley

    Para el cumplimiento de la ley, la FDA puede llevar a cabo exámenes e investigaciones, inspeccionar establecimientos en donde los productos han sido manufacturados o retenidos y embargar cosméticos adulterados (perjudiciales), falsamente marcados (incorrectamente, engañosamente rotulados o envasados). A productos extranjeros adulterados o falsamente marcados, les será rehusada la entrada a los Estados Unidos. Para prevenir futuros cargamentos de productos adulterados o falsamente marcados, la agencia tiene el derecho de solicitar de una corte de distrito federal, una orden de restricción contra el manufacturero o distribuidor del cosmético violador. Además, la FDA también puede iniciar acción criminal contra una persona violando la ley. Ejemplos de productos detenidos son preparaciones para las uñas conteniendo metilo metacrilato o formaldehido, algunos productos para teñir cejas y pestañas conteniendo combinaciones prohibidas de tintes de carbón-alquitrán y productos contaminados con microorganismos peligrosos.

    Información adicional relacionada con los requisitos para el mercadeo de cosméticos debe ser dirigida a la Administración de Drogas y Alimentos, División de Colores y Cosméticos (HFF-440) 200 C Street SW, Washington, DC 20204. Preguntas con respecto a los requisitos para el mercadeo de productos que a la vez son cosméticos y drogas, también deben ser dirigidas a: Division of Drug Labeling, OTC Compliance Branch (HFN-312), 5600 Fishers Lane, Rockville, MD 20857.

    Información obtenida de

    Administración de Drogas y Alimentos de los Estados Unidos
    Centro de Seguridad de Alimentos y Nutrición Aplicada
    IAS* Folleto: 1992
    http://www.cfsan.fda.gov/~mow/scos-hdb.html

     

     

    02-08-2006
    Los Multímetros digitales

    Los Multímetros digitales

    Un multímetro, a veces también denominado polímetro, es un instrumento electrónico de medida que combina varias funciones en una sola unidad. Las funciones más comunes integradas en un multímetro son las de voltímetro, amperímetro y ohmetro. Hay dos tipos de multímetros: los analógicos y los digitales

    Los multímetros analógicos son fáciles de identificar por una aguja que al moverse sobre una escala indica del valor de la magnitud medida

    Electrónica Unicrom - El multímetro (VOM) analógico

    Multímetro analógico

    Electrónica Unicrom - El multímetro (VOM) digital

    Multímetro digital

    Los multímetros digitales se identifican principalmente por un panel numérico para leer los valores medidos, la ausencia de la escala que es común el los analógicos. Lo que si tienen es un selector de función y un selector de escala (algunos no tienen selector de escala pues el VOM la determina automáticamente). Algunos tienen en un solo selector central.

    El selector de funciones sirve para escoger el tipo de medida que se realizará. Ejemplo:

    Voltaje A.C. (ACV) Voltaje en corriente alterna (en voltios)
    Voltaje DC (DCV)  Voltaje en corriente directa (en voltios)
    Corriente AC (AC-mA) Corriente alterna (en miliamperios)
    Corriente DC (DC-mA) Corriente directa (en miliamperios)
    Resistencia (?) Resistencia (en ohmios / ohms)

    Para satisfacer las necesidades de medición de equipos y sistemas eléctricos en AT y BT, LOVATO ofrece multímetros digitales serie DMK, que brindan lecturas precisas y estables a precios competitivos.

    Estos verdaderos analizadores de redes proporcionan mediciones de 47 a 251 parámetros eléctricos (según el modelo), incluyendo valores de corriente y voltaje entre líneas y fase, frecuencia, potencia activa, reactiva y aparente, desplazamiento del factor de potencia, energía consumida y generada, armónicos hasta Nº22, demanda máxima y memorización de valores promedios, mínimos y máximos.

    Además, pueden automatizar sistemas de protección mediante salidas digitales programables, con funciones de máximo y mínimo de los parámetros monitoreados.

    Lovato Electric de México ofrece multímetros y una gran variedad de componentes eléctricos para automatización industrial.

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